Autónomos

Autónomos: ¿Cuánto pagan el primer año?

Autónomos: ¿Cuánto pagan el primer año?
Autónomos.

Un autónomo es aquel profesional mayor de 18 años que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin estar sujeto a un contrato de trabajo. En España hay más de tres millones de trabajadores autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), pero no todos tienen las mismas características.

En concreto, España cuenta con cerca de 3,2 millones de registrados en el RETA. Un número que apenas ha crecido en los últimos años y sigue siendo casi el mismo desde que estalló la crisis financiera a finales de 2008. Una cifra que supone una disminución de 1.562 personas (-0,05%) con respecto al mismo mes de 2019.

No obstante, los más de tres millones de autónomos que existen en nuestro país se ven obligados a hacer frente a un número elevado de gastos que comienzan desde el primer año. ¿Cuánto paga un autónomo el primer año?

Los costes de los autónomos

Uno de los costes fijos que todo autónomo debe respetar es la cuota de autónomos desde el primer año, suele ser unos 283 euros al mes (base mínima), excepto para empresas que con bonificaciones. Esta tarifa es independiente a las ganancias.

No obstante, hay autónomos que disfrutan de alguna bonificación. Una de ellas es la tarifa plana, una cuota de 60 euros mensuales el primer año que también tendrá que hacer frente según pasan los años.

Otros costes a los que tendrá que hacer frente el autónomo son los impuestos: el IVA y el IRPF. En concreto, el IVA es un porcentaje para el gobierno. Cuenta con realizar cada tres meses la declaración del mismo, mientras que el IRPF también se declara trimestralmente, pero no es como el IVA. Gestoría, alquiler y alta de trabajadores son otros gastos a los que tendrá que hacer frente el trabajador por cuenta propia.

¿Cómo formalizarlo?

En primer lugar, hay que inscribir tu negocio en el censo de empresarios de Hacienda, presentando el Modelo 036 o bien el 037. Luego, desde el día en que hayas completado este paso, tienes un mes para realizar el alta como autónomo en la Seguridad Social. Sin coste si lo haces tú. Además, puede realizar este proceso una asesoría.Tendrás que ponerte en contacto con los profesionales de Hacienda en caso de realizar la baja del registro o con tu gestoría.

¿Qué debemos cotizar?

La base de cotización de dicho régimen es la que elige el propio trabajador entre la base mínima y la máxima que corresponda. Hay que pensar en factores como la edad del trabajador, el sector de la empresa, la pluriactividad y aspectos de diversa índole para saber cuál será la base de tu cotización.

Cabe destacar que es obligatorio presentar la declaración de la renta para todos los autónomos, aunque de renta mínima no. No importa los meses trabajados, hay que calcular los ingresos de facturación del año.

Existen tres modelos para realizar la declaración de tu empresa. El modelo 130 es para aquellos que autoliquidan el pago fraccionado del IRPF. Si ha pagado de más ese año, le devolverán el excedente. Además, el modelo 131 es solo para autónomos que tributan en el régimen de estimación objetiva. Por último, con el modelo 100 se realiza la devolución o ingreso del IRPF.

Deducciones de gastos de autónomos

Un punto clave en un plan de ahorro y reducción de gastos de un trabajador por cuenta propia es saber qué desembolsos son deducibles según la legislación. En este sentido, desde hace algunos meses puedes deducirte el IRPF de las dietas y la manutención, siempre y cuando sea un gasto vinculado a la actividad y generado en días laborables, se presente la factura asociada al gasto y el abono se haya realizado de forma telemática.

Pero los de dietas no son los únicos gastos del autónomo deducibles: la cuota, los gastos bancarios, algunos tributos, las primas de seguros, los salarios o los asociados a contratos mercantiles, todos ellos sin necesidad de factura. Otros gastos deducibles que sí deberán contar con justificante son: el alquiler del local, los gastos de mantenimiento y conservación, los asociados a profesionales externos o el teléfono móvil, entre otros.

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