INMERSIÓN LINGÜÍSTICA

El TSJ valenciano ordena a un colegio usar el castellano como lengua vehicular en el 25% de sus clases

La medida fue solicitada con carácter cautelar por el padre de una niña que cursa ESO en un centro de El Puig, en Valencia

La decisión del TSJ valenciano no sólo afecta a la niña sino a sus compañeros en el CEIP Guillem d'Entença valenciano

castellano 25%
Alumnos se dirigen al colegio.
Ignacio Martínez

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha ordenado al Colegio CEIP Guillem d’Entença, de la localidad valenciana de El Puig, que adopte las medidas necesarias para que una de sus alumnas, que cursa Educación Primaria, junto al resto de sus compañeros, reciba una enseñanza bilingüe en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular al menos en el 25% del horario lectivo. La familia de la menor afectada ha contado en este caso con la colaboración de la asociación Hablamos Español.

La decisión del Alto Tribunal valenciano contrasta con la adoptada recientemente por el TSJ balear, que dictó una sentencia en contra de un niño del municipio de Calviá, que solicitaba lo mismo que esta menor valenciana. Pero, en el caso del Alto Tribunal balear, el resultado fue desestimatorio.

En el caso valenciano, el TSJ de esta Comunidad adopta esta medida con carácter cautelar. Y lo hace a instancias del padre de una alumna que cursa Educación Secundaria Obligatoria (ESO) en el citado centro educativo.

La Sala ha adoptado esta decisión mientras se tramita el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el recurrente este 19 de enero. Y lo hace en aplicación del principio fumus boni iuris o apariencia del buen derecho, según al propio TSJCV. No obstante, la decisión del Alto Tribunal valenciano no es firme y frente a ella puede presentarse recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles.

Según el auto del TSJ valenciano, al que ha tenido acceso OKDIARIO, el padre de la niña había presentado este 19 de febrero de 2024 un recurso contencioso administrativo para que el proyecto educativo del citado CEIP se adecuase a la legalidad «reconociendo el carácter del castellano/español como lengua vehicular en la escuela y con un mínimo del 25% de las clases en castellano».

Como medida cautelar, el padre de la niña solicitó que el Tribunal ordenara a la demandada, en este caso el citado CEIP; que se adoptasen las medidas necesarias para que «mientras se tramita» el recurso, la hija del recurrente, «juntamente con sus compañeros» tuvieran acceso a una enseñanza bilingüe. «Esto es, una enseñanza conjunta en la que el castellano sea utilizado como lengua vehicular al menos en el 25% del horario lectivo».

El caso balear: fallo en contra

Se da la circunstancia, según ha publicado OKDIARIO este 23 de mayo, que otro Tribunal Superior de Justicia (TSJ), en concreto el de Baleares, siguiendo la línea marcada por el Govern de Marga Prohens contra la enseñanza en la lengua oficial del Estado, dictó una sentencia en la que desestimaba el recurso presentado por un padre de un colegio de Mallorca, concretamente de Calviá, que solicitaba al Govern que su hijo recibiera al menos el 25% de las asignaturas troncales usando el español como lengua vehicular, tanto en el curso que estaba estudiando como en los siguientes.

La petición de este padre, según publicó entonces también OKDIARIO Baleares, ya fue rechazada sorprendentemente el pasado mes de enero por el Govern de Marga Prohens que había prometido acabar con la inmersión lingüística en catalán.

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