TRIBUNALES

La Audiencia de Alicante condena a 5 acusados y absuelve a otros 3 por el caso de las basuras de Calpe

Torrevieja
Fachada de la Audiencia Provincial de Alicante.
Ignacio Martínez

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante ha condenado a 5 acusados y absuelto a otros 3 por el pago y cobro de sobornos, entre otras irregularidades, en la adjudicación del contrato de las basuras en Calpe. Una de las piezas separadas del denominado caso Brugal. La sentencia no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

La sentencia, impone al ex alcalde Javier Morató y 2 ex concejales sendas penas que suman 2 años, 6 meses y 1 día además de 13 años de inhabilitación especial y el pago de multas, como autores de un delito continuado de cohecho, un delito de prevaricación y otro de fraude a la Administración.

Por su parte, el empresario de la adjudicataria del servicio el empresario Ángel Fenoll, ha sido condenado a 2 años y un día de prisión, 8 años de inhabilitación y a multas como autor de un delito continuado de cohecho, inductor de un delito de prevaricación y cooperador necesario del delito de fraude.

También, ha condenado al cuñado del citado concejal a 2 años de cárcel y 10 años de inhabilitación como cooperador necesario del delito de cohecho e inductor al delito de prevaricación. Otros 3 acusados, han sido absueltos por falta de pruebas en torno a los supuestos delitos que la Fiscalía les atribuía en la causa. La sala ha apreciado, también, en todos los penados y por todos los delitos la concurrencia de atenuantes de dilaciones indebidas como muy cualificadas por los retrasos en la tramitación del procedimiento.

La sentencia

La sentencia considera probado que el empresario pagó al entonces alcalde de Calpe y al concejal de Hacienda y al de Turismo, Playas, Agua y Protección Civil 100 millones de las antiguas pesetas (poco más de 600.000 euros) a cambio de la adjudicación a su mercantil -Colsur- de la concesión del servicio de tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos.

Así, según reza la sentencia: «Tras diversos encuentros y negociaciones se llegó a un acuerdo consistente en la entrega por parte de Ángel F. P. en diversos plazos de un total de 100 millones de pesetas, destinados a retribuir a Francisco Javier M. V., Fernando P. M. y Juan R. M., entre otras personas no identificadas».»Por su parte, el acusado Francisco A. T. percibió de Ángel F. P. por sus servicios de intermediación al menos 4 millones de pesetas (24.040 euros)», dice la sentencia.

Según se explica en la sentencia: «En el mes de noviembre de 1998, como la facturación del servicio de CTERSU no resultaba suficiente para hacer frente a las cantidades que se comprometió a pagar Ángel F. P. a M.P.R. y otros no identificados relacionados con el Ayuntamiento de Calpe, se llegó a plantear por F.P. y A.T. la posibilidad de efectuar una ampliación del CTERSU para hacer frente al pago de las diversas cantidades acordadas mediante el incremento del número de toneladas entradas en la planta de tratamiento, obteniendo así Colsur mayores ganancias».

En julio de 2000, la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Calpe aprobó dicha ampliación, consistente en la derivación a la planta de tratamientos de residuos de algas provenientes de las playas del municipio.

Para el Tribunal, esa ampliación se produjo  «sin cumplir los trámites exigidos legalmente, sin que solicitaran informes técnicos y sin que haya quedado acreditada su necesidad ni la existencia de un interés público. la sala entiende también que no ha quedado acreditada que la adjudicataria facturara «una cantidad económica y cuantificable» en el desarrollo del contrato «no correspondiente a los servicios prestados por el Ayuntamiento».

 

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