Admitida la querella contra la vicepresidenta de la Comisión Permanente del Consejo General de Médicos

Agresiones médicos
Fachada del Colegio Oficial de Médicos de Alicante.
Ignacio Martínez

El Juzgado de Instrucción Número 1 de Alicante ha admitido a trámite la querella presentada contra la vicepresidenta primera de la Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGCOM) María Isabel Moya, y todos los miembros de la junta directiva del Colegio Oficial de Médicos de Alicante que tomaron parte en la decisión de inhabilitar por 3 meses a otro galeno alicantino que era socio, a su vez, de la Asociación Española de Médicos Integrativos (AESMI), según ha informado esta última organización en un comunicado.

La parte querellante denuncia un presunto delito de prevaricación administrativa al entender que la decisión fue arbitraria. Y ello, por lo que considera la omisión de trámites esenciales. Además, considera coautores de los hechos a todos los que tomaron parte en la adopción de la decisión, excluyendo sólo al miembro que se abstuvo de votar a favor, pero no a otro que, pese a haberse ausentado en el momento de la votación, había actuado antes, supuestamente, como instructor del expediente que dictó la propuesta de resolución, que sería luego confirmada por la Junta Directiva del citado colegio profesional.

Según consta en el comunicado, la denuncia contra el citado médico de AESMI fue presentada ante la Junta Oficial del Colegio de Médicos de Alicante en mayo de 2019 por el tratamiento nutricional complementario aconsejado por el médico socio de la asociación ahora querellante a una de sus pacientes.

La querella admitida a trámite, que fue encargada al abogado barcelonés David Sans Acuña señala, según el citado comunicado, que durante el desarrollo del expediente que inhabilitó al médico alicantino para el ejercicio profesional por 3 meses, se sucedieron lo que califica de innumerables irregularidades y anomalías, incluida, según sostiene, una adulteración de fechas para, dice, alargar el expediente que, según entiende, debió ser archivado por el mero transcurso de los plazos legales.

La querella señala también que la decisión de inhabilitar al doctor resultó arbitraria, a la vista, según explica, de que incluso el instructor del expediente emitió en su momento una propuesta de resolución de forma «manifiestamente inmotivada». Dice, también, que se produjo un cambio de instructor «sin motivo aparente». Asimismo, agrega, que para la valoración del tratamiento aconsejado a la paciente, se realizó una consulta a sociedades de carácter médico científico, entre las que se encontraba una entidad presidida por la propia denunciante, coincidencia que para el querellante arroja la sombra de la duda sobre el cumplimiento de los necesarios criterios de objetividad en la evaluación pretendida.

AESMI agrupa a los médicos integrativos que trabajan la medicina convencional y aquellas terapias complementarias probadas científicamente, según consta en el citado comunicado.

 

 

 

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