los escándalos del nuevo plan general

El Ayuntamiento socialista de Palma ilegaliza una urbanización de 300 viviendas aprobada hace 40 años

Convierte las 44 hectáreas urbanizadas de Puntiró en suelo rústico y no dará indemnización alguna a sus propietarios

Justifica la medida por su lejanía de la trama urbana y el coste de mantenimiento de los servicios públicos

Multa histórica al Govern de Baleares de 63 millones por proteger un terreno en Sóller que era urbano

Palma viviendas
Palma viviendas
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Cuarenta años después de aprobar la urbanización de las 44,5 hectáreas de la segunda fase de Puntiró, el Ayuntamiento de Palma presidido por el alcalde socialista, José Hila, desclasifica esta parcela ya urbanizada, la convierte en suelo rústico, prohíbe la construcción de los 300 chalés previstos en este entorno rural del extrarradio de la capital balear y todo ello sin pagar indemnización alguna a los propietarios. 

Así se recoge en el nuevo Plan General, redactado por el área de Modelo de Ciudad, liderada por la independentista Neus Truyol,  que justifica esta decisión, cuya resolución acabará en los tribunales ante el notable perjuicio que causa a los propietarios de solares afectados, por «ser una alternativa congruente con las características naturales de los terrenos», y «evitar la generación de un nuevo núcleo de población en posición aislada». 

Una forma de proceder arbitraria y que puede tener un coste notable para los contribuyentes palmesanos. La semana pasada, sin ir más lejos, la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) condenaba al Govern a pagar 63 millones de euros por incumplir un acuerdo transaccional con la entidad Birdie Son Vida en el que reconocía la calificación de suelo urbano de los terrenos de Muleta II de Sóller.

Un fallo judicial que no ha sido tenido en cuenta por el Consistorio palmesano que considera que la urbanización de Puntiró, está desconectada de la trama urbana de Palma, lo que «ha dificultado las acciones para dotarla de una depuradora o de conexión a la misma».  

No obstante, esta extensa parcela ahora convertida en suelo rústico, tiene ejecutado todo el eje viario de más de tres kilómetros y medio de calles, y cuenta con conexión con la carretera de Sineu. Según la memoria justificativa de la decisión unilateral municipal, mantener la situación urbanística actual, supondría un fuerte impacto ambiental y paisajístico y un incremento del riesgo de incendios. 

Palma ilegaliza urbanización
Imagen de los terrenos de la segunda fase de la urbanización de Puntiró.

De la misma forma considera que la zona tiene «una eficiencia territorial nula» y «un desarrollo residencial de muy baja densidad», ya que para generar 287 parcelas edificables precisa transformar 44,5 hectáreas junto a un nivel muy bajo en materia de movilidad sostenible, porque su desconexión, hace a la población dependiente del uso del automóvil privado.

Por todo ello, concluye, el coste de mantenimiento de los servicios públicos, una vez ejecutada la urbanización sería excesivamente alto, en proporción a los ingresos por recursos ordinarios, y el coste de implantación de infraestructuras, también se estima elevado.

El informe municipal critica, incluso, el hecho de que la urbanización no incorpore usos diversificados que contribuyan a la creación de empleo, al establecer el monopolio del uso residencial.

La clasificación de suelo rústico, para el gobierno municipal de Palma, es congruente con las condiciones naturales de los terrenos, de naturaleza forestal, y con la estructura general del territorio, dado que es una urbanización de ámbito aislado, desconectada de la trama urbana.

Según el Ayuntamiento,  la pérdida de una oferta residencial de baja densidad con una edificabilidad desajustada, no supone ningún impacto negativo en la satisfacción de la demanda de vivienda de primera residencia.

Además, remarca el documento, como consecuencia del incumplimiento de la obligación de urbanizar en los plazos otorgados por su Plan Parcial y el PGOU de 1998, no existe responsabilidad patrimonial de la Administración ni, correlativamente, derecho de indemnización de los propietarios.  

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