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Anulan el despido de una empleada del consorcio balear de disminuidos psíquicos con 14 usuarios a cargo

El juez lo declara improcedente porque no pudo atender bien a uno de ellos al tener que cuidar también al resto

El organismo presidido por la consellera independentista Santiago (Més) le pagaba 60 euros por noche, paga extra incluida

Noches de terror en el consorcio balear para disminuidos psíquicos: cuatro cuidadoras para 45 usuarios

Consorcio balear disminuidos psíquicos
Residencia del Govern balear de Son Tugores en Palma.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Los tribunales han revocado la decisión del Consorcio para la Protección y Acogida de las Personas Disminuidas Psíquicas Profundas de las Illes Balears  (APROP) presidido por la consellera independentista de Asuntos Sociales, Fina Santiago (Més per Mallorca) de despedir a una empleada que tenía 14 usuarios a su cargo por la noche, por la supuesta falta de atención a uno de ellos.

En su resolución, la Sala de lo Social del TSJB, sentencia que la medida disciplinaria adoptada de despido, «no es ajustada por lo que debe calificarse de improcedente, en función de todas las circunstancias probadas».

Y es que como queda acreditado, el organismo público que preside Santiago mantiene en una precariedad notable a las empleadas de este ente, en este caso el Hogar Gregal (centro de Son Tugores), con un salario en el caso de esta trabajadora de 60,87 euros diarios, incluida la prorrata de pagas extras, pese a la carga laboral y psicológica que soportan.

Como se expone en el fallo del Juzgado de lo Social, la trabajadora tiene a su cargo 14 usuarios en el turno de noche, atendiéndolos «sola, o con el apoyo puntual de otra trabajadora». Por ello la empleada que lleva más de 21 años en este organismo público y nunca había sido sancionada, «no sólo ha tenido que cuidar del usuario referido, ni puede observar constantemente la cámara de su habitación, pues debe atender a los restantes usuarios».

Un interno que «no sólo tiene problemas de micción, sino de resistencia a ser aseado y vestido», y fue por opinión de la trabajadora, por la que la entidad «decidió contener totalmente al usuario puesto que la contención parcial no era suficiente».

Además de que «no ha quedado acreditado que estuviera mojado durante varias horas en la noche, y que por el visionado de las cámaras es posible que cualquiera no pudiera darse cuenta de esa circunstancia», y «fue la trabajadora la que avisó que no había dormido, y había pasado una mala noche».

El magistrado considera que lo sucedido «debería en su caso conllevar una mejora organizativa» porque «existen dudas de varios trabajadores sobre su idoneidad», actual.

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