Caso Juana Rivas

El Supremo de Italia ordena repetir el juicio por la custodia de los hijos de Juana Rivas

La justicia italiana separó a los hermanos el año pasado y dictó que cada uno viviese con un progenitor

Ahora, la Corte de Casación considera que se ignoraron el interés superior de los menores y varios convenios internacionales

Juana Rivas
Juana Rivas acudiendo a declarar en sede judicial en 2017. (Foto: EP)
David García de Lomana

El Tribunal Supremo de Italia ha ordenado repetir el juicio civil que hace un año separó a los dos hijos de Francesco Arcuri y Juana Rivas, entonces menores de edad, quedando cada hermano bajo la custodia de un progenitor. La sentencia dictó que cada uno de ellos viviera en un país distinto, el mayor en España con su madre y el menor en Italia con su padre. Ahora, la Corte di Cassazione ha admitido el recurso presentado por Juana Rivas al entender que se vulneraron el interés superior de los menores y varios convenios internacionales.

Esta madre de Maracena (Granada) fue condenada por el Tribunal Supremo por la sustracción de sus dos hijos menores en el verano de 2017. Tras pasar unos días con ellos en España, se negó a devolverlos a Italia con su padre. El caso tuvo un dilatado proceso en la justicia española: en primera instancia, los tribunales andaluces le impusieron cinco años de prisión, pero el Supremo rebajó a la mitad la condena al considerar que, aunque fueron dos los menores sustraídos, cometió un único delito. Finalmente, el Gobierno de Sánchez aprobó su indulto parcial en 2021 y pasó a cumplir la pena en su domicilio con un brazalete de control telemático.

En Italia, los juzgados otorgaron en 2019 a Arcuri la custodia de los dos menores, pero el año pasado, tras el recurso de Rivas, cada uno de los padres quedó a cargo de un hijo, si bien el equipo jurídico español de Rivas ha avanzado en un comunicado este jueves el fallo de la Corte de Casación del Tribunal Supremo italiano que les da la razón.

Repetición del juicio

La sentencia, de una treintena de páginas, anula así el fallo dictado por la Corte de Apelación de Cagliari por la que se separó a los dos hijos de la ex pareja y ordena repetir el juicio civil, ya que el proceso judicial «no aplicó las normas internacionales básicas, incluido el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica», señalan los abogados de Rivas.

En esa misma línea, el fallo apunta varias directivas europeas y normas sobre derechos y protección de víctimas de delitos, una sentencia que se remite además a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para apuntar que el interés superior de los niños debe ser el criterio fundamental en las decisiones sobre custodias.

El Supremo italiano ha resaltado la violación del principio básico de no separación de los hermanos que se materializa cuando el mayor queda a cargo de la madre, en España, y el menor con el padre en Italia, con un régimen de visitas que sólo permitía a la familia verlo en Cerdeña.

El equipo de abogados de Rivas ha anunciado además que el dictamen del Supremo de Italia devuelve la causa a la corte de Cagliari, que deberá contar con una nueva composición de magistrados para que dicten una nueva sentencia.

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