Los padres de Marta del Castillo encuentran un «error» en la sentencia absolutoria de ‘El Cuco’
La familia de la joven pide una aclaración del fallo que dejó sin castigo a 'El Cuco' y a su madre por mentir en el juicio
Los padres de Marta del Castillo han solicitado una aclaración de la sentencia de la Audiencia de Sevilla que días atrás absolvió a Francisco Javier García El Cuco y a su madre del delito de falso testimonio por el que fueron condenados a dos años de prisión. La abogada de la familia ha presentado un escrito ante el tribunal reclamando el «complemento y subsanación» de los «errores» que recoge el fallo judicial.
Tras quedar ambos sin castigo por mentir en el juicio por el asesinato de su hija, Antonio del Castillo, padre de Marta, dejó claro que «los enemigos ya no son ni Carcaño ni El Cuco», sino «los jueces» de la Audiencia de Sevilla. Ahora, la abogada de la familia, Inmaculada Torres, señala que la sentencia contiene un «error» a la hora de reflejar la situación de El Cuco cuando declaró como testigo en el juicio contra los adultos, en 2011.
En ese momento, Francisco Javier García «estaba terminando de cumplir» la medida impuesta por el juzgado de Menores por encubrir el crimen -dos años y 11 meses de internamiento en centro cerrado y un mes en régimen de libertad vigilada-, ya había satisfecho el régimen de internamiento cerrado y, por ende, lo que declarase ante aquel tribunal no le afectaría.
Además, como ha adelantado Diario de Sevilla y ha informado la abogada de la familia, los padres de Marta del Castillo solicitan a la Sección Primera de la Audiencia un «complemento» de su resolución judicial, donde se estipule que ambos acusados, en el juicio celebrado en su contra por el Juzgado de lo Penal nº 7, no sólo reconocieron los hechos recogidos en el escrito de acusación del Ministerio Fiscal para luego negarse a contestar otras preguntas. La resolución debería incluir que tanto El Cuco como su madre «reconocieron todos los hechos, tanto los del escrito de acusación del Ministerio Fiscal como de las distintas acusaciones, particular y popular».
«Se omiten en los hechos probados cuáles fueron los hechos reconocidos por los acusados, hechos que no han sido controvertidos en cuanto ambas defensas comienzan sus recursos expresando que respetan y están de acuerdo con los hechos declarados probados recogidos en la sentencia que se recurre, consistiendo los motivos de ambos recursos, única y exclusivamente en infracción de ley», recalca el escrito.
La modificación de los hechos probados por parte de la Sala «no es óbice para que pueda completar los mismos con los hechos que se declararon probados en la sentencia recurrida», ya que «son hechos que vienen a complementar los declarados probados por la Sala», añade.
Los recursos
La defensa de El Cuco planteaba en su recurso que su representado no debía declarar en condición testigo en el juicio de los adultos ya que estaba inmerso en un procedimiento penal en el Juzgado de Menores por los mismos hechos.
La Audiencia de Sevilla estimó los recursos de apelación presentados por las defensas El Cuco y su madre y revocó la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 7 que los condenó a dos años de prisión, al pago de una multa de 1.440 euros y a indemnizar de forma conjunta y solidaria a los padres de la joven con un total de 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil.
El tribunal declaró la absolución de El Cuco porque la figura del testigo coimputado «no se encuentra regulada» legalmente y no se han determinado por el Tribunal Supremo las consecuencias de faltar a la verdad en su declaración. También decidió absolver a su madre, Rosalía Inmaculada G. C., porque «no mintió en cuestiones trascendentales» para la resolución del caso y, además, no fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.
Los magistrados de la Sección Primera no aceptaron los hechos probados por el Juzgado de lo Penal y apuntaron, en su lugar, que El Cuco fue investigado como partícipe en el asesinato de Marta del Castillo, siendo condenado por el Juzgado de Menores nº 3 por un delito de encubrimiento por su participación en los hechos posteriores a la muerte de la joven, «ayudando a su amigo Miguel a deshacerse de su cadáver y evitar su descubrimiento».
En octubre de 2011, Francisco Javier García, que ya había alcanzado la mayoría de edad, declaró como testigo en el juicio contra los adultos, y al inicio de su interrogatorio se le apercibió de juramento o promesa de decir verdad, con la consecuencia de poder incurrir en un delito de falso testimonio. Fue interrogado sobre los mismos hechos que ante el Juzgado de Menores y «mantuvo su versión exculpatoria».
La Audiencia señala que El Cuco «debió ser llamado necesariamente en la causa de mayores en calidad de testigo», pero precisan que «no estamos ante un testigo al uso, pues ya no es coacusado, ni un imputado, al haber recaído sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero, en virtud del Pleno, se le cita como testigo».