Audiencia de Málaga

‘El Melillero’, condenado a 41 años de prisión por desfigurar con ácido a su ex novia y una amiga

El Melillero
'El Melillero', en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Málaga (EFE).

La Audiencia de Málaga ha condenado a 41 años y tres meses de prisión a José Arcadio D. N., alias El Melillero, por intentar asesinar con ácido a su ex novia y una amiga en Cártama (Málaga) en enero de 2021. Además, se condena a otros dos acusados y se absuelve a tres procesados en esta causa.

Según la sentencia, se condena a El Melillero por dos delitos de asesinato en grado de tentativa -con la agravante de género en ambos casos y de parentesco en cuanto a su ex pareja-, un delito de maltrato habitual, otro de acoso y dos de amenazas. Se le absuelve del delito de pertenencia a organización criminal. La Fiscalía pedía para él un total de 51 años y medio de prisión.

Aunque la condena suma 41 años y tres meses de cárcel, la Sala señala en el fallo que «no podrá cumplir por el total de las penas de prisión impuestas más de 25 años». Además, se prorroga la situación de privación de libertad en la que se encuentra desde su detención hasta enero de 2033. Las víctimas tendrán que ser indemnizadas con más de 1,4 millones de euros.

Durante el juicio, que arrancó el pasado 13 de noviembre en la Sección Octava de la Audiencia de Málaga, El Melillero, hijo de un senegalés y una marroquí nacionalizada española, negó que quisiera matar a su ex pareja o causarle ningún daño: «La intención era darle un susto», afirmó.

No obstante, el tribunal rechaza esta versión y considera probado que ese día, el acusado, que mantuvo una relación sentimental con Sandra de mayo a diciembre de 2020, sabía por dónde iba a pasar el vehículo en el que iban su ex y la amiga de ésta, por lo que aguardó la llegada de ambas acompañado de otro acusado, conocido como El Poti, que iba de copiloto y portaba el bote de ácido sulfúrico de 98% de pureza «que le había entregado José Arcadio».

El Melillero «se reía mientras las miraba antes de darse a la fuga», dice la sentencia, en la que se detallan todas las quemaduras y lesiones que presentan ambas mujeres: Sandra resultó con un 45% de la superficie total corporal quemada y ha precisado de 12 intervenciones quirúrgicas. La amiga, un 20% y dos operaciones. Ambas tienen secuelas.

Para el tribunal, «queda acreditado el dolo homicida a partir de la naturaleza radicalmente peligrosa del producto empleado». «Verter sobre una persona una considerable cantidad de líquido, con la más alta concentración de ácido sulfúrico posible, 98%, es causa probable de su muerte», señala, incidiendo en la cantidad utilizada y en el carácter sorpresivo del ataque.

1,4 millones de indemnización

La Audiencia le condena a 17 años por el intento de asesinato de su ex novia y a 16 años por el de la amiga. Se aplica la agravante de género, ya que para el tribunal no hay duda de que usar un ácido «elegido por su virtualidad para, entre otros efectos, desfigurar el aspecto físico de la mujer» lo justifica, aludiendo al «absoluto desprecio de la posición de igualdad» que tenía éste. Se le impone el alejamiento de su ex pareja durante 73 años.

En cuanto al acompañante, le condena a 16 y 15 años de cárcel respectivamente y también por amenazas. Asimismo, se insta a que ambos indemnicen a Sandra por los daños y perjuicios con 1,1 millones de euros y a la otra víctima con 312.522 euros.

También considera acreditado que, días antes del ataque, El Melillero le encargó a otro acusado la compra de un bote de ácido sulfúrico con la máxima concentración posible, apuntando la sentencia que «no era la primera vez que accedía» a realizar encargos. Éste ha sido condenado como cómplice de los dos delitos de tentativa de asesinato a la pena de diez años de prisión.

Malos tratos y acoso

Asimismo, para la Sala, José Arcadio «desarrolló una celotipia incontrolada que le hacía sospechar de forma injustificada de supuestas infidelidades» de su pareja, considerando que la presionó para que se fuera a vivir con él a fin «de tenerla más controlada». Además, «llevado por la obsesión» de saber con quién se relacionaba, pretendió acceder a su móvil.

En una ocasión, cuando ella le recriminó que hubiera mirado su teléfono, el acusado «reaccionó dándole un bofetón que determinó a Sandra a coger un cuchillo y exhibírselo, siendo sujetada con fuerza por la espalda por él, que la desarmó», dice la sentencia. En otro momento, intentó por la fuerza que la mujer desbloquease el móvil y en otra ocasión, al no querer dárselo, «la cogió del cuello apretando con fuerza».

Asimismo, «controlaba los lugares a los que aquella acudía», concluyendo el tribunal que «ese afán de control generó numerosas discusiones entre la pareja», momentos en los que él la insultaba y descalificaba diciendo, por ejemplo, «eres lo más bajo de la Costa del Sol». «Esta situación de control y dominación permanente fue generando en la mujer de forma progresiva gran temor hacia Arcadio», detalla la sentencia.

También le quitaba las llaves para que no saliese de casa y «le decía que si no estaba con él no iba a estar con nadie», y que si lo dejaba o denunciaba «iba a causarle un daño a ella y a su familia», un miedo que llegó a ser tal que Sandra decidió romper la relación en diciembre de 2020.

«No obstante, José Arcadio, obsesionado, no la dejó en paz, con continuas llamadas -en las que la presionaba para volver con él si no quería sufrir ningún daño- y acercamientos físicos al domicilio de la amiga con la que se fue a vivir -la otra víctima del ataque-», señala la resolución, en la que también se detallan los mensajes «con expresiones amenazadoras» que enviaba.

Según la Audiencia, «Arcadio creó un clima de control y temor en su pareja», apuntando que «los episodios vividos han provocado un ambiente irrespirable para Sandra, originado por la idea del hombre de que la mujer le pertenecía, atribuyéndose el derecho de controlar a dónde va, en compañía de quién o con quién se relacionaba en las redes sociales, y no sólo empleaba para ello una violencia psicológica de dominación, sino que llegaba en numerosas ocasiones a la violencia física y verbal».

Además, instaló en el coche de ella y en el de la amiga dos balizas de geolocalización para «controlar sus movimientos», de forma que se presentaba en los lugares en que ambas se encontraban. Unos días antes de los hechos, las localizó en una gasolinera y le dijo a Sandra que «la iba a matar, que le iba a hundir la vida y que le iba destrozar la cara tan bonita que tenía».

Para la Sala están claros los delitos por los que le condena, apuntando que «la perturbación de la tranquilidad de Sandra ha de considerarse grave» e incidiendo en el contexto «de absoluto control y dominio que pretendía ejercer sobre ella, con uso frecuente de la violencia física, llegando a atemorizarla hasta tal punto que no sólo puso fin a la relación, sino que intentó ocultar su rastro».

Ya el día antes de los hechos, tanto José Arcadio como El Poti, portando el bote de ácido, se acercaron al vehículo de la amiga, en el que viajaba como copiloto Sandra, y el primero le dijo: «Éste se va a encargar de ti, te va a matar», tras lo que el otro hizo la señal de degüello.

En cuanto a los otros tres procesados, la Sala no les considera responsables de los delitos acusados, entre ellos el de pertenencia a organización criminal, del que también absuelve a El Melillero, al entender que «no se ha acreditado que exista una estructura estable ni tampoco un reparto de tareas y un mínimo acuerdo».

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