Tercer juicio de los ERE

Un exconsejero del PSOE-A admite que la Junta otorgó ayudas «a demanda» y «sin convocatoria específica»

El ex consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, José Antonio Viera.
El ex consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, José Antonio Viera.

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha tomado este martes declaración como testigos a los exconsejeros socialistas de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández en el marco del juicio promovido sobre las ayudas de la Junta de Andalucía a empresas vinculadas al sector del corcho.

Recordemos que, entre 2001 y 2007, el Gobierno andaluz del PSOE-A regó con 8,4 millones de euros a entidades como Corchos y Tapones de Andalucía (Cortansa), Corchos de Cazalla, Servicios y Mantenimiento de Cazalla, Enoworld y Corchos Higuera, todo ello con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta con la que eran sufragados los fraudulentos e innecesarios expedientes de regulación de empleo (ERE), además de subvenciones arbitrarias y sin publicidad.

En conjunto, el caso abarca las ayudas concedidas por importe de 8.408.096,42 euros a este grupo de empresas, «prescindiendo absolutamente de los principios y procedimientos legalmente establecidos para ello, sin fiscalización, justificación ni control previo, y, en definitiva, de forma fraudulenta y arbitraria», según apunta el juez instructor José Ignacio Vilaplana.

Cabe mencionar que los citados exconsejeros fueron excluidos de este proceso judicial merced a la aplicación del principio ‘non bis in ídem’, según el cual una persona no puede ser juzgada dos veces por los mismos hechos. Tanto Viera como Fernández figuran ya como condenados en la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla sobre el «procedimiento específico» mediante el cual eran canalizados los fondos de la partida presupuestaria 31L de la Junta, pieza en la que la Audiencia condenó a 19 de los 21 exaltos cargos socialistas juzgados, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y los mencionados exconsejeros.

Fondos de la Junta «a demanda»

Precisamente por ello, el presidente del tribunal, el magistrado Carlos Lledó, les ha recordado que su comparecencia como testigos en este juicio les ponía en una «situación peculiar» y ha recalcado su derecho a no contestar aquellas preguntas que considerasen que pudiesen afectar a su condición en otros procedimientos judiciales relacionados con éste -extremo por el cual ambos han declarado asistidos de sus respectivos abogados-, así como su obligación de decir la verdad en caso de optar por responder.

Así las cosas, y en el ámbito general de los citados fondos autonómicos, Viera ha contestado a la fiscal que «no existía una convocatoria específica» de estas ayudas, sino que la Administración actuaba «a demanda».

Al punto, el que fuera consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico entre los años 2000 y 2004 ha defendido que en aquella época, el «proyecto político» del PSOE contemplaba medidas de apoyo para «empresas en situaciones de dificultad», lo que en el plano de la Junta de Andalucía, gobernada por los socialistas hasta las elecciones autonómicas de 2018, se tradujo en la inclusión de políticas para «atender esas situaciones» en el acuerdo de concertación social firmado entre la Administración andaluza, la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) y los sindicatos mayoritarios.

«Los empresarios lo sabían»

Ante las preguntas de la fiscal sobre el conocimiento general o no de tales ayudas, Viera ha respondido que merced a ese «diálogo social», resultaba «lógico pensar que los empresarios lo sabían». «La CEA lo sabía y firmó ese acuerdo», ha insistido respecto al pacto de concertación social.

Mientras la ya mencionada sentencia de la Sección Primera de la Audiencia declara que las ayudas de la partida 31L de los presupuestos autonómicos fueron concedidas sin «seguir procedimiento administrativo alguno» y omitiendo «la fiscalización previa», Viera ha defendido que los «requisitos» necesarios para optar a estas ayudas «estaban establecidos a partir de una situación de crisis empresarial», citando casos como el del cierre de la mina de Aznalcóllar (Sevilla) o la crisis de la cuenca minera de Huelva.

En ese marco, ha considerado que las «demandas» de ayuda recalarían en la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo, entonces ostentada por Francisco Javier Guerrero, también condenado en la sentencia del «procedimiento específico» y fallecido en octubre de 2020. La Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, a su entender, «tenía competencias para otorgar esas ayudas», idea que contradice la tesis general de la investigación.

Quién se encargó de los documentos

De cualquier modo, Viera ha defendido que como consejero, «en ningún caso» él trabajó con los expedientes y documentos relacionados con las ayudas, pues tal aspecto estaba encomendado a la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, es decir, al ya fallecido Guerrero.

Antonio Fernández, primero viceconsejero de Empleo y después consejero del ramo en sucesión de Viera, ha coincidido en que para la distribución de los fondos de la partida presupuestaria 31L no había «bases publicadas» en ningún «boletín oficial», alegando igualmente que los «elementos» para ello figuraban en el acuerdo de concertación social con la patronal y los sindicatos y la memoria de los proyectos presupuestarios anuales de la Junta de Andalucía, documento este último que incluía, según ha dicho, los programas de «apoyo al mantenimiento de la actividad empresarial».

Así, ha defendido ante la fiscal que las ayudas contaban con «normativa suficiente», asegurando en paralelo que tales subvenciones contaban con un «control y fiscalización permanente» a través del entonces Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), tarea que, según ha asegurado, «se hizo». Así, el exconsejero de Empleo ha negado cualquier «oscurantismo o discriminación» a la hora de gestionar estos fondos.

Fernández ya fue juzgado y condenado por la pieza de esta macrocausa correspondiente a las ayudas públicas destinadas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco), al considerar el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia que aquellos hechos fueron «diferentes» a los del denominado «procedimiento específico».

Lo último en España

Últimas noticias