Coronavirus

Las 3 nuevas medidas anti-COVID publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Se extiende el uso obligatorio de la mascarilla en bares y restaurantes

Las 3 nuevas medidas anti-COVID publicadas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Mascarilla

Este viernes el Gobierno de Andalucía ha extendido a Sevilla, Jaén y Córdoba capital, además de a otros 13 municipios de la comunidad, las medidas anti-COVID que ya se vienen aplicando en Granada y su área metropolitana. Los establecimientos de hostelería deben adelantar su cierre a las 22:00 y en los próximos días se harán cribados masivos. Además, el Ejecutivo ha anunciado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una serie de medidas relacionadas con el uso obligatorio de mascarilla.

Uso obligatorio de mascarilla en establecimientos de hostelería

El uso obligatorio de mascarilla se extiende a los clientes en bares y restantes, excepto en el momento de comer o beber algo.

Práctica deportiva no federada

En cuanto a la práctica de actividades deportivas no federadas, el Gobierno andaluz establece que el uso de la mascarilla es obligatorio si no se puede mantener la distancia de seguridad interpersonal.

Actividades deportivas de ocio y de competición que no son oficiales federadas

Los organizadores de actividades deportivas de ocio y de competición que no sean oficiales federadas , deben hacer uso de los protocolos aprobados a las federaciones deportivas de Andalucía. En cualquier caso, los participantes deben utilizar la mascarilla si no pueden mantener la distancia de seguridad interpersonal en todo momento.

Competiciones deportivas oficiales

En cuanto a las competiciones deportivas oficiales de carácter estatal y no profesional y en las competiciones deportivas internacionales que estén bajo el mando organizativo de federaciones deportivas españolas que se lleven a cabo en Andalucía, se aplicará el Protocolo de actuación elaborado por el Consejo Superior de Deportes.

El incumplimiento de las medidas preventivas recogidas en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía queda recogido en el régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto.

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