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La Guardia Civil avisa del último error que cometemos todos en carretera y con el que podrían multarte

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Hay infracciones en carretera que son bien conocidas por todos los conductores, como circular por encima de la velocidad máxima permitida o hablar por teléfono al volante. Sin embargo, hay otras que pasan mucho más desapercibidas y que pueden costarte mucho dinero por simple desconocimiento. Esta semana, la Guardia Civil ha recogido un aviso de la Dirección General de Tráfico (DGT) sobre cómo se debe circular por los carriles adicionales.

Este tipo de carriles son comunes en carreteras convencionales que están congestionadas de tráfico, por ejemplo en las operaciones de salida y retorno durante las vacaciones de verano. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado habilitan carriles adicionales en carreteras de doble sentido o con arcenes para descongestionar el tráfico y que los vehículos puedan circular de manera fluida.

¿Cómo circular por carriles adicionales?

El artículo 42 del Reglamento General de Circulación establece lo siguiente: » En las calzadas con doble sentido de la circulación y arcenes, cuando la anchura de la plataforma lo permita, la Autoridad encargada de la regulación del tráfico podrá habilitar un carril adicional de circulación en uno de los sentidos de la marcha, mediante la utilización de elementos provisionales de señalización y balizamiento, que modifiquen la zona de rodadura de los vehículos en el centro de la calzada».

Los carriles adicionales se establecen para todo tipo de vehículos: turismos, motocicletas, camiones, autobuses… Ahora bien, hay dos reglas fundamentales para circular por ellos en base a la normativa vigente: la velocidad máxima permitida es de entre 60 y 80 kilómetros por hora, y la luz de cruce debe estar encendida en todo momento.

Uno de los principales peligros de este tipo de carriles es que el tamaño de la vía se reduce considerablemente y, en consecuencia, la capacidad de maniobra es mucho menor. Teniendo en cuenta el flujo del tráfico en ambos sentidos, el riesgo de que se produzcan colisiones es alto.

Por esta razón, está terminantemente prohibido el uso de carriles adicionales por bicicletas, ciclomotores, vehículos para personas con movilidad reducida, vehículos de tracción animal y vehículos especiales de hasta 3.500 kilos.

El gran cambio de la DGT

A partir del 1 de noviembre, la DGT dejará de notificar las multas de tráfico en papel a las personas jurídicas. Por este motivo, antes de estas fecha, todas las personas jurídicas que tengan algún permiso de circulación, tendrán que disponer de una Dirección Electrónica Vial (DEV) para recibir las notificaciones de la DGT de manera electrónica.

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