Multas Normas de Tráfico

¿Puede circular por la acera un patinete eléctrico? El nuevo Reglamento de Tráfico es contundente y claro

Una normativa que afectará principalmente a conductores, motoristas, ciclistas, peatones y usuarios de patinetes eléctricos

Imagen de Europa Press.
Imagen de Europa Press.

El nuevo Reglamento General de Circulación traerá consigo cambios notables para aquellas personas que opten por utilizar diariamente el coche, la moto, bicicletas, patinetes eléctricos o incluso para los propios peatones. Esta reforma entrará en vigor el 1 de octubre de 2026 y obligará a adaptar algunos hábitos al volante y en las vías urbanas e interurbanas. Una de las novedades más destacadas de la nueva normativa afectará a los motoristas, ya que la utilización de guantes no será una opción a barajar, sino una obligación que no podrán saltarse.

En el caso de los patinetes eléctricos, endurecerán la obligación de la edad mínima para poder conducir este método de transporte y las medidas de seguridad. A su vez, tanto los conductores como los pasajeros deberán llevar calzado cerrado que cubra los pies al completo y, en el caso de las motocicletas, estarán obligados a llevar un chaleco reflectante. Además, el reglamento recoge que en los momentos de atasco, las motos podrán utilizar excepcionalmente el arcén derecho cuando exista una retención, siempre que se cumplan las condiciones establecidas y sin superar los 30 km/h. 

La novedad para los patinetes eléctricos

Los patinetes eléctricos tendrán nuevas obligaciones de circulación, empezando por la edad mínima de su utilización, que se fijará en 15 años, y el uso del casco homologado pasará a ser obligatorio. A esto hay que añadir que los VMP no podrán circular por las aceras, autopistas, autovías, travesías o túneles urbanos y las multas por incumplir esta normativa se sitúan en torno a los 200 euros. Además, las obligaciones como determinados requisitos de alumbrado dispondrán de un periodo transitorio que durará hasta octubre de 2027.

El caso de los ciclistas

Los conductores deberán garantizar en mayor medida la seguridad a la hora de adelantar bicicletas. Lo anterior se realizará cuando la carretera tenga más de un carril por sentido, utilizando el cambio completo de carril.

Al mismo tiempo, se mantiene la obligación de respetar una distancia lateral mínima de 1,5 metros en los supuestos establecidos. Por otro lado, en algunas vías interurbanas el vehículo deberá reducir su velocidad durante la maniobra.

Otras novedades del reglamento

Otra de las novedades importantes afecta a los atascos en autopistas y autovías. Así que, cuando la circulación se encuentre completamente detenida, serán los propios vehículos los que tendrán que dejar espacio suficiente para crear un carril de emergencia que permita el paso de ambulancias, bomberos y otros servicios prioritarios.

En cuanto a las situaciones de temporales complejos como nieve o lluvias intensas, se prohibirá el adelantamiento debido a la dificultad que ocasionan estos fenómenos en la carretera. Aunque la mayoría de estas medidas comenzarán a aplicarse el 1 de octubre de 2026 o de manera transitoria hasta finales de 2027. Por lo tanto, los conductores deberán conocer estas fechas para evitar incumplimientos que desemboquen en multas y poder adaptarse a las nuevas normas de tráfico.

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