Carreteras Motor

En la autopista que une Francia y España entrará en vigor una nueva norma: será absolutamente imprescindible leer las señales

Autopista Francia y España

Este jueves, 1 de octubre de 2026, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha empezado a probar un nuevo sistema de límites de velocidad variables en la AP-7 y la AP-2. La medida no supone eliminar el límite máximo habitual de 120 km/h para turismos y motocicletas en estas autopistas catalanas. La principal novedad es que, en determinados tramos y bajo determinadas circunstancias, la velocidad máxima permitida se podrá reducir de manera temporal. Por lo tanto, los conductores deberán prestar especial atención a los paneles de señalización variable, que informarán en cada momento el límite que deben respetar.

El objetivo de este sistema es adaptar la velocidad a las condiciones reales de la vía. Entre las circunstancias que pueden provocar una reducción de la velocidad máxima permitida se encuentran una elevada densidad de tráfico, un accidente, condiciones meteorológicas adversas, problemas de visibilidad u obstáculos en la calzada. En la AP-7 se instalará un sistema tecnológico capaz de detectar estas situaciones y ajustar el límite de velocidad en función del nivel de riesgo. De este modo, los habituales 120 km/h se podrán reducir temporalmente a 100, 80 o incluso 60 km/h cuando las condiciones lo hagan necesario. Mientras, en la AP-2,  en el tramo comprendido entre Castelldans y les Borges Blanques, cuando la visibilidad sea especialmente reducida debido a los episodios de niebla, el límite podrá bajar hasta los 40 km/h.

La nueva norma en la autopista que une Francia y España

No se trata de una medida nueva en Europa. Países como Alemania, Países Bajos o Reino Unido llevan años aplicando límites de velocidad variables en sus autopistas para gestionar el tráfico y reducir los accidentes. La principal novedad en España es que el sistema se pondrá a prueba en condiciones reales. Los datos obtenidos en la AP-7 y la AP-2 permitirán valorar si esta medida puede extenderse posteriormente a otras vías donde los problemas de niebla o visibilidad sean frecuentes.

Para los conductores, la recomendación es clara: prestar atención a los paneles de señalización variable. La velocidad máxima dejará de ser necesariamente constante y podrá cambiar en función de las condiciones de la calzada. El proyecto piloto comenzó el 1 de octubre y, por el momento, no se ha anunciado una fecha para su finalización. En función de los resultados obtenidos, el sistema podría convertirse en una medida permanente.

Cabe señalar que la AP-7 es una de las principales vías de conexión entre Francia y España y forma parte de una ruta utilizada habitualmente por los conductores que acceden a España a través de la frontera de La Jonquera. Para quienes recorren este trayecto, el cambio puede resultar especialmente llamativo, ya que tendrán que acostumbrarse a que la velocidad máxima no sea necesariamente la misma durante todo el trayecto.

Sanciones por exceso de velocidad

En vías con límite de 60 km/h, superar la velocidad permitida entre 61 y 90 km/h supone una multa de 100 euros sin pérdida de puntos. Si el exceso se sitúa entre 91 y 110 km/h, la sanción asciende a 300 euros y 2 puntos. Entre 111 y 120 km/h de exceso, son 400 euros y 4 puntos; entre 121 y 130 km/h, 500 euros y 6 puntos. Si se superan los 130 km/h de exceso, la multa alcanza los 600 euros, con 6 puntos y posible delito penal.

En vías con límite de 70 km/h, un exceso de entre 71 y 100 km/h se sanciona con 100 euros sin puntos. Entre 101 y 120 km/h de exceso, la multa es de 300 euros y 2 puntos; entre 121 y 130 km/h, 400 euros y 4 puntos; y entre 131 y 140 km/h, 500 euros y 6 puntos. Por encima de 140 km/h de exceso, la sanción es de 600 euros, 6 puntos y posible delito penal.

En vías con límite de 80 km/h, superar la velocidad entre 81 y 110 km/h supone 100 euros sin puntos. Entre 111 y 130 km/h de exceso, la multa es de 300 euros y 2 puntos; entre 131 y 140 km/h, 400 euros y 4 puntos; y entre 141 y 150 km/h, 500 euros y 6 puntos. Cuando el exceso supera los 150 km/h, la sanción alcanza los 600 euros, 6 puntos y posible delito penal.

En vías con límite de 90 km/h, un exceso de entre 91 y 120 km/h se sanciona con 100 euros sin pérdida de puntos. Entre 121 y 140 km/h de exceso, son 300 euros y 2 puntos; entre 141 y 150 km/h, 400 euros y 4 puntos; y entre 151 y 160 km/h, 500 euros y 6 puntos. Si el exceso supera los 160 km/h, la multa es de 600 euros, 6 puntos y posible delito penal.

En vías con límite de 100 km/h, superar la velocidad entre 101 y 130 km/h supone una multa de 100 euros sin puntos. Entre 131 y 150 km/h de exceso, la sanción es de 300 euros y 2 puntos; entre 151 y 160 km/h, 400 euros y 4 puntos; y entre 161 y 170 km/h, 500 euros y 6 puntos. Por encima de 170 km/h de exceso, la multa asciende a 600 euros, 6 puntos y posible delito penal.

En vías con límite de 120 km/h, un exceso de entre 121 y 150 km/h se sanciona con 100 euros sin puntos. Entre 151 y 170 km/h de exceso, son 300 euros y 2 puntos; entre 171 y 180 km/h, 400 euros y 4 puntos; y entre 181 y 190 km/h, 500 euros y 6 puntos. Si se superan los 190 km/h de exceso, la sanción alcanza los 600 euros, 6 puntos y posible delito penal.

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