Cambio confirmado en el carnet de conducir en España: afecta a los nacidos entre 1956 y 1961
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido cambios que afectan a los conductores mayores de 65 años. Estas medidas buscan reforzar la seguridad en las carreteras ante el progresivo envejecimiento de la población, con controles más exhaustivos y periodos de renovación más reducidos. La normativa no establece una edad concreta a partir de la cual haya que dejar de conducir.
En su lugar, el sistema se basa en valorar de manera individual las capacidades de cada persona, aumentando la frecuencia de las revisiones conforme avanza la edad. Según los datos de la DGT, en España hay más de un millón de conductores en activo que tienen más de 70 años. Dentro de este grupo, más de 100.000 personas ya han superado los 80 años. Una cifra que previsiblemente seguirá aumentando durante los próximos años, teniendo en cuenta las actuales previsiones demográficas.
Cambio en el carnet de conducir para los nacidos entre 1956 y 1961
De acuerdo con la normativa vigente, son los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados los responsables de determinar si una persona reúne las condiciones necesarias para seguir conduciendo, independientemente de la edad que tenga. En estos centros se realizan los habituales reconocimientos psicotécnicos, en los que se comprueban capacidades como la visión, la audición, la coordinación, los reflejos y diferentes aspectos relacionados con el estado cognitivo.
Siempre que el conductor supere estas pruebas, el permiso se puede seguir renovando sin que exista una edad máxima establecida. Si durante el reconocimiento se detecta alguna circunstancia que pueda afectar a la conducción, el centro médico puede: reducir el periodo de validez del permiso, considerar al conductor «no apto» cuando existan riesgos claros para la seguridad vial o establecer determinadas limitaciones o condiciones para conducir, entre las que se encuentran: conducir sólo por el día, limitar la conducción a una determinada zona geográfica determinada o utilizar obligatoriamente gafas, audífonos u otros dispositivos de apoyo.
Con el paso de los años, es normal que algunas capacidades físicas y sensoriales puedan experimentar cambios, especialmente aquellas relacionadas con la visión, la audición o la capacidad de reacción. Sin embargo, mientras el conductor conserve las aptitudes necesarias y cumpla los requisitos establecidos en el reconocimiento médico, podrá continuar conduciendo.
«Basta con ver, oír y pasar una prueba psicotécnica de coordinación básica. No hay evaluaciones cognitivas profundas, ni análisis sobre reflejos, ni mucho menos simulaciones de conducción. En otras palabras: el sistema asume que el conductor sénior es competente… salvo que él mismo diga lo contrario», señalan la Fundación Mapfre y el European Transport Safety Council (ETSC).
La cuestión no se limita únicamente a España. En países como Japón, donde el envejecimiento de la población es todavía más acusado, se han puesto en marcha medidas para animar a las personas mayores a entregar voluntariamente su permiso de conducir. Entre ellas se incluyen descuentos en el transporte público y ventajas para acceder a determinados servicios. En Reino Unido, los conductores deben renovar el permiso cada tres años una vez cumplidos los 70, aunque no están obligados a realizar un examen práctico. En Austria y Suiza, por el contrario, se requiere una certificación médica periódica.
Procedimiento
Según la DGT, estos son los pasos para renovar el permiso de conducir siendo una persona mayor de 65 años:
- Acude a uno de los Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado e indica que quieres renovar tu permiso de conducir.
- Allí podrás realizar la renovación completa, incluso te harán la foto en el momento. Te cobrarán un importe por el reconocimiento médico y la tasa de tráfico. Si eres mayor de 70 años estás exento de pagar la tasa.
- En el momento de realizar el trámite del duplicado, te entregarán un permiso provisional con el que podrás circular por nuestro país hasta que te entreguemos el definitivo.
- En aproximadamente mes y medio, recibirás tu permiso en tu domicilio sin que tengas que realizar ningún otro trámite ni abonar ninguna tasa.
Plazos para renovar el permiso
Según establece la DGT, los permisos de conducción para turismos y motocicletas tienen los siguientes periodos máximos de vigencia:
- Hasta los 65 años: renovación cada 10 años.
- A partir de los 65 años: renovación cada 5 años.
En el caso de los permisos destinados a conductores profesionales (C, C1, D, D1, EC, ED…), los periodos de renovación son más reducidos y se sitúan en 3 años. Esta diferencia está relacionada principalmente con las características y exigencias del permiso profesional, y no únicamente con la edad del conductor.
La renovación del carnet de conducir implica el abono de la tasa 4.3 establecida por la DGT, cuyo importe es de 24,58 euros. Sin embargo, los conductores mayores de 70 años están exentos de pagar esta tasa y, además, pueden realizar el trámite directamente en Tráfico sin necesidad de solicitar cita previa. Eso sí, esta exención no incluye el coste del reconocimiento médico, que debe ser abonado por todos los conductores, independientemente de su edad.
