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La DGT no da tregua: te puede poner un multazo por llevar esta pegatina

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Existen algunas normas de tráfico que muchos conductores desconocen, como por ejemplo la prohibición de llevar esta pegatina en el coche, tal y como establece la DGT. Para que los agentes de tráfico puedan certificar que un vehículo se encuentra en condiciones de circular con seguridad, debe pasar cada cierto tiempo la ITV.

Pegatina de la ITV

Una vez superada la revisión, en la misma estación hacen entrega de una nueva pegatina en la que se especifica la fecha en la que el vehículo ha superado la ITV y la validez de la misma. Es obligatorio llevar la pegatina en la parte superior derecha del parabrisas, ya que, de lo contrario, conlleva una multa de entre 80 y 100 euros.

Si no llevas la pegatina de la ITV porque está caducada y todavía no has ido a pasar la inspección, la multa asciende a 200 euros. Además, en este caso, la sanción puede ser doble, por no llevar la pegatina y por tener la ITV caducada.

La cosa va a peor cuando la razón por la que no llevas la pegatina es que el vehículo ha obtenido un resultado desfavorable en la estación de la ITV. La multa es de 500 euros e incluso puede suponer la inmovilización del vehículo.

A todo esto hay que sumar la importancia de retirar las pegatinas antiguas de la ITV y dejar solamente la nueva. ¿Qué ocurre si acumulas demasiadas y te paran en un control de tráfico? Si los agentes consideran que afectan de alguna manera a tu campo de visión, tendrás que pagar una multa de hasta 200 euros.

El artículo 19 del Reglamento General de Circulación determina lo siguiente: «La superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor, sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. Solo se permite circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias».

Nuevas pruebas

A partir del 20 de mayo de 2023, a todos los vehículos matriculados después del 31 de marzo de 2018 se les hará un control del sistema eCall en la ITV. Este es el encargado de alertar después de haber sufrido el vehículo un accidente.

Además, este mes se añade otra nueva prueba: la recogida de datos de la centralita del vehículo a través del OBD (On Board Diagnostics). Solo será obligatoria para los vehículos matriculados después del 1 de enero de 2021.

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