'CASO ERE'

El Constitucional planta cara al Supremo 24 horas después y ‘amnistía’ la malversación de los ERE

La ponencia señala que la condena por malversación "carece de soporte constitucional"

Tribunal constitucional ere

El Tribunal Constitucional, presidido por Cándido Conde-Pumpido, planta cara al Supremo y «amnistía» la malversación del ex director general del antiguo Instituto de Fomento de Andalucía (IFA/IDEA) Miguel Ángel Serrano Aguilar, que fue condenado en el caso ERE. El Alto Tribunal consideró ayer mismo que no se podía perdonar un delito de malversación —en el caso del procés— si había existido lucro personal o si los fondos utilizados habían afectado a la financiación de la Unión Europea por lo que no aplicó la amnistía a Carles Puigdemont y al resto de independentistas encausados. El Tribunal Constitucional, por el contrario, sí está a favor de anular las condenas por malversación en casos como los ERE, cuyas sentencias condenatorias fueron ratificadas por el propio Tribunal Supremo en 2022.

Por primera vez, se borra la malversación en un caso que supuso el desfalco de 680 millones de euros publicos. Se hace desoyendo la doctrina del Supremo que, hace tan sólo unas horas, pidió no aplicar la amnistía a los encausados en el procés precisamente por este delito. Así, el Pleno del Tribunal ha acordado estimar parcialmente el recurso interpuesto por Miguel Ángel Serrano que fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla y la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por un delito de prevaricación en concurso medial con un delito de malversación a las penas de seis años, seis meses y un día de prisión e inhabilitación absoluta durante 17 años y un día. El Tribunal Constitucional declara, sin embargo, que se ha vulnerado el derecho a la legalidad penal y su presunción de inocencia en estas sentencias.

«No puede considerarse acorde con las pautas interpretativas generalmente aceptadas entender que una actuación amparada en las leyes de presupuestos, concretamente en el programa 3.1 L, es ilegal cuando esa actuación se lleva a cabo de acuerdo con lo que las memorias de las leyes de presupuestos establecen al respecto», señala la ponencia. Y prosigue: «El recurrente, por el cargo que ostentaba, venía obligado a conocer los programas establecidos en las leyes de presupuestos referentes al organismo en el que ejercía un puesto directivo y no puede ser condenado por actuar conforme a lo que expresamente se disponía en las memorias que determinaban los objetivos del programa, cómo había de ejecutarse y quién debía hacerlo».

La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel. La votación se ha saldado también con un voto concurrente de la magistrada María Luisa Segoviano contra el condenado de los ERE, cuya sentencia ha sido anulada por el Tribunal Constitucional gracias a la mayoría de los magistrados del bloque izquierdista.

Recursos de los ‘ERE’

El Tribunal Constitucional de Conde-Pumpido ha vuelto a perdonar condenas a los ERE, tal y como hiciera hace tan sólo dos semanas, anulando la condena por prevaricación de la ex ministra socialista Magdalena Álvarez. El Pleno de la Corte de Garantías también verá esta semana los recursos interpuestos por el ex consejero de Empleo Antonio Fernández, la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el ex senador socialista Francisco Vallejo Serrano y el ex consejero de Justicia y Administración Pública Jesús María Rodríguez Román. Todos ellos han pasado por prisión.

Los cinco ex cargos participaron de distinta manera en el sistema de concesión de ayudas sociolaborales, por lo que no todas sus condenas fueron iguales ni todos sus recursos los son. Por ende, no todas las ponencias que se han deliberado son iguales. Sin embargo, coinciden en anular parte de las penas y que vuelvan a ser juzgados por los tribunales sevillanos. Los magistrados se apoyan en que la Ley de Presupuestos fue aprobada con transparencia por el Parlamento andaluz, de modo que la mayoría considera que los condenados no pudieron prevaricar o malversar caudales públicos al aplicar dicho texto legal. 

Perdón a la malversación

En el caso del ex consejero de Empleo de Andalucía Antonio Fernández, la ponencia de la vicepresidenta Montalbán también propone exonerarle parte de la malversación. En concreto, plantea anular la sentencia y ordenar a la Audiencia de Sevilla que dicte un nuevo pronunciamiento «exclusivamente» en lo relativo a la posible comisión de un delito de malversación en las modificaciones presupuestarias de 2000 y 2001, lo que se traduciría en una rebaja de su condena porque sí perdona el resto de la malversación. Fernández fue condenado a 7 años y 11 meses de prisión y 19 años y medio de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación.

Montalbán también propone que se exonere toda la malversación de la ex consejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, que fue condenada a seis años y dos días de prisión y a 15 años de inhabilitación absoluta por un delito continuado de prevaricación en concurso medial con un delito continuado de malversación. OKDIARIO ha accedido a esta ponencia en la que se propone que se dicte una nueva sentencia en lo relativo al delito de prevaricación, no así con el de malversación, en el que considera que no hay retroacción posible y aboga por su exoneración.

«En relación con la condena por malversación de caudales públicos, ha de acordarse la íntegra nulidad de las resoluciones impugnadas, sin retroacción alguna, pues los argumentos expresados en los en esta resolución ponen de manifiesto que dicha condena carece de todo soporte constitucional», señala el fallo que ha apoyado la mayoría izquierdista del Constitucional.

Todas estas sentencias se irán votando en los plenos del mes de julio en los que se deliberará sobre el borrado del delito de malversación, al contrario de la doctrina del Supremo, que ha decidido no perdonar este delito al independentismo pese a que la Ley de Amnistía ya ha entrado en vigor.

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