TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Conde-Pumpido acelera para dejar ‘amnistiada’ la prevaricación de Chaves y Griñán en julio

Los recursos de amparo de los condenados de los ERE se resolverán en los plenos del mes de julio

cándido conde-pumpido

El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, llevará en los próximos plenos del mes de julio los recursos de amparo de los condenados por el caso ERE entre los que se encuentran los ex presidentes de Andalucía José Antonio Griñán y Manuel Chaves. Fuentes consultadas señalan que se estimaran los recursos en cuanto a la prevaricación que provocó que los políticos socialistas fueran inhabilitados de sus cargos. Conde-Pumpido ha decidido posponer la resolución de estos recursos para no interferir en las elecciones europeas y tiene previstos resolverlos antes del mes de agosto, fechas en las que la Corte de Garantías funciona con tres magistrados perdiendo la mayoría del bloque izquierdista.

El Constitucional de Cándido Conde-Pumpido continuará con el estudio y deliberación de los recursos de amparo de los condenados en el caso de los ERE de Andalucía. La cúpula de los socialistas andaluces fue condenada tras producirse un saqueo de 680 millones de euros de las arcas públicas. Los condenados recurrieron el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla –que fue confirmado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo– ante la Corte de Garantías.

Más de una década más tarde, el Constitucional de Cándido Conde-Pumpido les perdonará parte de la condenada a los involucrados en el caso ERE. Lo hace tras un año y medio de estudio en el que un grupo de cinco letrados, bajo la ponencia de la vicepresidenta Inmaculada Montalbán, ha elaborado una sentencia para cada recurso de amparo interpuesto. El primer perdón llegó para la ex ministra del PSOE Magdalena Álvarez, a quien se le ha anulado su condenada por prevaricación que le supuso la inhabilitación. 

El próximo 2 de julio será el turno de decidir sobre los recursos de amparo interpuestos por Francisco Vallejo Serrano, Antonio Fernández García, Jesús María Rodríguez Román, Miguel Ángel Serrano Aguilar y Carmen Martínez Aguayo. Los recurrentes mencionados fueron condenados por la Audiencia Provincial de Sevilla a penas de prisión e inhabilitación por delitos de prevaricación continuada en concurso medial con malversación. 

Tras ello, en el siguiente Pleno que se celebrará el 16 de julio, se resolverán sobre los recursos de amparo de Manuel Chaves, Gaspar Zarrías y Antonio Vicente Lozano, condenados a inhabilitación por delitos de prevaricación. También se estudiarán las demandas de amparo de José Antonio Griñán y Juan Márquez Contreras, condenados por delitos de prevaricación y malversación. Fuentes consultadas señalan que se estimarán parcialmente los recursos para perdonarles la prevaricación, como ya ha ocurrido con Magdalena Álvarez.

La decisión de la Corte de Garantías llega más de un año después desde que se decidiera la admisión a trámite de estos recursos. Las distintas citas electorales convocadas por el Ejecutivo han aplazado esta decisión. El tribunal de Cándido Conde-Pumpido aplicó la norma no escrita de no pronunciarse sobre asuntos políticos durante las contiendas electorales para no amparar a los condenados socialistas, entre los que se encuentran Griñán y Chaves.

Votos particulares

La estimación parcial de estos recursos no tendrá unanimidad. Los magistrados César Tolosa, Concepción Espejel, Ricardo Enríquez y Enrique Arnaldo han emitido votos particulares en contra de la «amnistía» a los ERE que pretende Conde-Pumpido. El primer voto particular lo firma el magistrado César Tolosa y expone que la condena de Magdalena Álvarez «no vulneró su derecho a la legalidad penal». A su juicio, el fallo en el que se anula la condena de Álvarez «ha devastado los límites de la jurisdicción constitucional, al irrumpir en el ámbito reservado a la jurisdicción ordinaria y suplantar la función del Tribunal Supremo como máximo intérprete de la ley».

Concepción Espejel, Ricardo Enríquez y Enrique Arnaldo se han adherido a este voto particular y han emitido también un nuevo voto particular sobre la formalidad de la sentencia. Los tres magistrados exponen que se han producido descalificaciones gratuitas al Supremo y a la Audiencia Provincial de Sevilla al considerar que el Constitucional ha utilizado un tono reprobable para dirigirse a las actuaciones de sendos tribunales. «No es razonable suponer que todo el mundo se equivoca y que ocho magistrados veteranos (de ocho que intervinieron en el caso, y por tanto el cien por cien de ellos) desconocen tan elementales principios», señalan los magistrados al ver cuestionado en la sentencia el fallo ratificado por el Supremo.

«Consideramos que las sentencias recurridas en amparo han efectuado una interpretación razonada de los elementos del delito de prevaricación y su aplicación al caso que supera el canon de control referido a la prohibición de interpretaciones «ilógicas» o «arbitrarias» que impone el art. 25.1 Constitución Española, conforme a la doctrina consolidada de este Tribunal», concluyen los magistrados.  

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