Sanidad pide la vuelta a los hospitales de sanitarios con PCR positiva y poca carga viral

Frente a las medidas de Madrid, los equipos de Moncloa no dejan de adoptar indicaciones técnicas claramente más laxas que las regionales

sanitarios PCR
Grupo de sanitarios en el hospital de campaña de Ifema. (Enrique Falcón)
Carlos Cuesta

Los equipos de Pedro Sánchez no dejan de atacar en público a la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, por sus medidas anti-Covid. Según los socialistas y comunistas las medidas madrileñas se quedan cortas, pero lo cierto es que, frente a esas medidas regionales, los equipos de Moncloa no dejan de adoptar indicaciones técnicas claramente más laxas que las regionales, como por ejemplo, sobre sanitarios y pruebas PCR. Tan sólo una medida de Sánchez es más dura: la más drástica de todas ellas. La que exige el cierre pleno de Madrid.

El último documento técnico del Ministerio de Sanidad en materia de tratamiento de los casos de Covid en el «Ámbito laboral» ha vuelto a dejar constancia de esa falta de coherencia. El documento detalla en uno de sus puntos el tratamiento del «Personal sanitario y sociosanitario». Y allí destaca varios puntos.

En primer lugar, que en «el personal sanitario y socio-sanitario que resulten casos confirmados y no requieran ingreso hospitalario serán manejados de la misma forma que la población general en cuanto al aislamiento». Por ello, «estos trabajadores se podrán reincorporar a su puesto de trabajo tras 10 días del inicio de síntomas siempre que permanezcan asintomáticos al menos 3 días y tras la realización de una prueba de diagnóstico que indique ausencia de transmisibilidad».

Ausencia de riesgo de contagio

Pero es a partir de ahí donde el Ministerio de Sanidad describe qué pruebas se deben admitir para esta constatación de la ausencia de riesgo de contagio. El cambio introducido en estos momentos es llamativo. Porque se acepta la vuelta a los hospitales de los sanitarios con PCR positiva en determinados supuestos.

El documento oficial lo describe de la siguiente manera. La prueba de diagnóstico que indique ausencia de transmisibilidad, lo será «bien por una determinación positiva de IgG por una técnica de alto rendimiento o por una PCR negativa o que, aún siendo positiva, lo sea a un umbral de ciclos (Ct) elevado. Por consenso se admite que un Ct>30 equivaldría a una carga viral sin capacidad infectiva».

Traducido, si la carga viral es baja, según el Gobierno, incluso por PCR positiva, los sanitarios pueden volver a los hospitales. Y ese punto, pese a lo que afirma el Gobierno, no cuenta con consenso pleno entre los científicos.

El texto aclara más: «El personal sanitario y sociosanitario que haya requerido ingreso hospitalario podrá recibir el alta hospitalaria si su situación clínica lo permite aunque su PCR siga siendo positiva, pero se deberá mantener aislamiento domiciliario con monitorización de su situación clínica al menos 10 días desde el alta hospitalaria. Para su reincorporación se seguirán los mismos criterios que en el párrafo anterior».

No se trata de la única medida que va en la línea de esa rebaja de requisitos por parte del Gobierno central. De hecho, el nuevo protocolo de manejo de los casos de Covid del Ministerio de Sanidad acaba de permitir, también, la vuelta al trabajo sin PCR de los contagiados que no han sido hospitalizados. Esa vuelta al trabajo sin la confirmación plena de ausencia de enfermedad supone todo un riesgo y, en especial, en plena escalada de los rebrotes y focos de contagio en España.

El punto del protocolo del Ministerio de Sanidad es bastante representativo de lo que aborda: «Manejo de los casos de Covid-19 con infección activa». En ese texto se detalla que «todos los casos sospechosos se mantendrán en aislamiento a la espera del resultado de la PDIA y se iniciará la búsqueda de sus contactos estrechos convivientes». A partir de ahí, «en caso de PDIA negativa, y si no hay una alta sospecha clínica ni epidemiológica, el caso se da por descartado y finaliza el aislamiento».

Atención primaria

El redactado va a más y aborda el ‘Ámbito de atención primaria’. Y allí destaca que en «los casos que no requieran ingreso hospitalario y sean manejados en el ámbito de atención primaria, se indicará aislamiento domiciliario, siempre que pueda garantizarse el aislamiento efectivo. Cuando éste no pueda garantizarse se indicará el aislamiento en hoteles u otras instalaciones habilitadas para tal uso. En las personas desplazadas fuera de su localidad de residencia en el momento del diagnóstico, las autoridades sanitarias podrán valorar otras alternativas siempre que garanticen la seguridad».

Además, añade que «siguiendo las recomendaciones del ECDC y el CDC7, el aislamiento se mantendrá hasta transcurridos tres días desde la resolución de la fiebre y del cuadro clínico con un mínimo de 10 días desde el inicio de los síntomas».

Pero, a partir de ese momento, cambia el criterio clásico español y señala que «no será necesario la realización de una PCR para levantar el aislamiento ni para reincorporarse a la actividad laboral». Con lo que, en ausencia de esa PCR, nadie podrá garantizar que la persona que retorna a su puesto de trabajo o empresa lo esté haciendo libre del coronavirus.

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