Uso electoralista de La Moncloa

Sánchez paga 1.000 € al PP tras perder su batalla por el uso electoralista de La Moncloa

acuerdo PSOE PP
Pedro Sánchez y Pablo Casado, a las puertas de Moncloa.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

Pedro Sánchez ha ingresado en la cuenta del Partido Popular los 1.000 euros que el Tribunal Supremo le ordenó pagar al principal partido de la oposición en su batalla por el uso electoral de La Moncloa. Fuentes ‘populares’ confirman que el presidente del Gobierno ha abonado en las últimas semanas esta cantidad, que será donada. La ministra de Educación, Isabel Celaá, también por orden del Supremo, ya había hecho efectivo el pago.

En octubre, el Tribunal Supremo impuso a Sánchez y Celaá el pago de 1.000 euros cada uno en costas al PP al desestimar sus recursos contra la personación del partido de Pablo Casado en el proceso sobre la vulneración del principio de neutralidad en periodo electoral.

El caso se remonta al 25 de octubre de 2019, cuando Pedro Sánchez utilizó La Moncloa para una entrevista en La Sexta. Cinco días después, la titular de Educación realizó unas declaraciones en el Consejo de Ministros que también fueron sancionadas por la Junta Electoral (JEC).

La JEC concluyó que hubo «connotaciones electoralistas» que vulneraron el principio de neutralidad, por lo que sancionó al presidente con 500 euros y a la ministra con 2.200 euros.

Aunque pagaron la multa, recurrieron ante el Supremo, alegando que la ley es inconstitucional.

En julio de 2020, el procurador Manuel Sánchez-Puelles, en representación del Partido Popular, solicitó personarse como demandado al ser emplazado a ello por al JEC. En septiembre, se admitió su personación y tanto Sánchez como Celaá presentaron un recurso de reposición que se resolvió para ambos ratificando la personación, a lo que contestaron en octubre con sendos recursos de revisión.

El presidente y la ministra socialistas cuestionaron en sus escritos la legitimidad del PP para personarse en el procedimiento sancionador. Sin embargo, el Supremo determinó que el partido «compareció correctamente» por emplazamiento de la Junta Electoral. El tribunal recordó, asimismo, que «existe un repertorio de sentencias reconociendo la legitimación pasiva de distintos partidos políticos en multas impuestas por la Junta Electoral Central por actuaciones reputadas infracción durante los procesos electorales (municipales, autonómicos, generales, Parlamento Europeo) en la jurisprudencia» del alto tribunal. Por ello, el Supremo desestimó los recursos de Sánchez y Celaá y les condenó a pagar las costas: 1.000 euros en favor de cada una de las partes recurridas. 

Pedro Sánchez se convirtió en el primer presidente sancionado por la Junta Electoral Central.

La JEC determinó que la entrevista concedida a La Sexta tuvo «connotaciones electoralistas», ya que el dirigente socialista habló como candidato a las elecciones, valiéndose de medios públicos. El espacio se grabó en La Moncloa y, por tanto, con una «escenografía» institucional. Además, la transcripción de la entrevista se publicó en la web oficial del Ejecutivo.

El PP denuncia a Iglesias

Precisamente este martes el Partido Popular ha denunciado ante la Junta Electoral Provincial de Madrid al líder de Podemos, Pablo Iglesias, por el vídeo que lanzó en redes sociales desde su despacho para comunicar que se presentaba como candidato a la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Los ‘populares’ esgrimen que se vulneran «los principios de neutralidad, imparcialidad e igualdad» y que el vídeo tiene «una única finalidad electoralista» utilizando además «un cargo y un despacho institucional para la realización de un acto encubierto de campaña».

En el documento, el PP denuncia que Iglesias «está utilizando» su cargo de vicepresidente segundo del Gobierno «para realizar un acto partidista, en el que pone en valor aspectos de su programa electoral con recursos públicos», al enumerar en su intervención diversos «logros» conseguidos por su formación.

Asimismo, hacen hincapié en que a este vídeo, en el que el despacho es «absolutamente identificable», le siguió otro «con la misma escenografía» pero publicado por la cuenta institucional de Twitter de la Vicepresidencia segunda.

«El examen del vídeo pone de relieve que la escenografía en la que se desarrolla, con utilización de símbolos y elementos públicos, conlleva poner al alcance de uno de los contendientes en las elecciones la posibilidad de utilizar medios institucionales que no están disponibles para los restantes candidatos, con el consiguiente quebrantamiento del principio de igualdad de armas», señalan en la denuncia.

Desde el PP madrileño inciden en que la multa, según el artículo 153 de la LOREG, «será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios».

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