Llarena sopesa cambiar la rebelión de Puigdemont por sedición y añadirle 3 nuevos delitos

Carles Puigdemont
Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat de Cataluña. (Foto: Getty)
Carlos Cuesta

El juez Pablo Llarena buscará la entrega de Carles Puigdemont por sedición, prevaricación, organización criminal y desobediencia. Llarena cambiará para ello el delito de rebelión por el de sedición y le añadirá organización criminal y otros dos delitos en la petición de envío a España.

El rechazo al delito de rebelión por parte de la Justicia alemana no frenará al juez Llarena. El magistrado ampliará a más delitos la petición de entrega. Y lo hará para ligar nuevas figuras que estaban englobadas realmente en la exposición del tipo de rebelión. La medida permitirá que todas esas figuras delictivas sumen penas y argumentos por los que poder juzgar sin limitación a Puigdemont en España.

Los delitos a los que se ampliará esa petición de entrega son los de sedición, prevaricación, organización criminal y desobediencia. Delitos todos ellos, especialmente prevaricación y organización criminal, que tienen más encaje en la naturaleza de la euroorden, un mecanismo que confiere más facilidad de envío de los detenidos por delitos relacionados con la corrupción.

La sustitución del delito de rebelión por el de sedición, por su parte, rebajará el condicionante de la violencia -que sí pide el delito de rebelión- y que ha sido el principal impedimento de la Justicia alemana para entregar a Puigdemont a España.

El magistrado del Tribunal Supremo, Pablo Llarena, además, quiere que sea el Tribunal de Justicia de la Unión Europea TJUE el que resuelva sobre la Orden Europea de Detención y Entrega OEDE y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros. Es decir, que la UE se pronuncie sobre la aplicación de la OEDE por Alemania en el caso de Puigdemont.

La cuestión prejudicial, mecanismo técnico elegico, es un medio de defensa técnico, mediante el cual se busca suspender el desarrollo de un proceso penal, en donde se ha presentado un supuesto de prejudicialidad, que por razón de su materia, no puede ser resuelto por el juez penal.

El magistrado ha tomado estas decisiones después de que la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein (norte de Alemania) descartara este jueves pasado el delito de rebelión en la petición de extradición a España de Puigdemont y decidía dejarlo en libertad bajo fianza de 75.000 euros mientras se estudia la entrega. La policía alemana detuvo el pasado 25 de marzo al expresidente catalán cuando cruzaba la frontera en coche desde Dinamarca rumbo a Bélgica, país en el que tiene fijada su residencia, en aplicación de la euroorden cursada por la justicia española.

Tal y como publicaba OKDIARIO, el Tribunal Supremo ya ha dejado claro su desconcierto por la forma de tratar la justicia germana la petición de envío de Puigdemont. “Han desbordado y desenfocado el marco de la euroorden” ya que se tendría que haber limitado a efectuar “un juicio de contraste entre las dos legislaciones, la penal alemana y la española”, señalan fuentes del Tribunal Supremo. La justicia alemana desoyó los argumentos de la Fiscalía de su país y desde el Alto Tribunal se considera que “no tenía que examinar la fundabilidad de la acusación en modo alguno” y por tanto, “se ha extralimitado”.

El delito de rebelión no forma parte de la lista de 32 que están exentos del principio de la doble incriminación y para que se pueda entregar a Puigdemont por este delito es imprescindible que Alemania lo considere punible. Sin embargo, para determinar esta doble incriminación en ambos países, sólo se tienen que evaluar los hechos presentados por el juez Llarena sin tratar de demostrar los presuntos hechos delictivos, ya que esta parte del proceso se reserva para el juicio oral.

Según el criterio del Supremo, la justicia alemana no tendría que haber profundizado a la hora de determinar si existió o no violencia como ha hecho.

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