Ley de Vivienda

La Ley de Vivienda obliga a las comunidades a ofrecer a los okupas una casa «digna» y barata

Ley de Vivienda
Intervención policial en un desalojo.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La nueva Ley de Vivienda -que previsiblemente será aprobada este jueves en el Congreso- obligará a las comunidades autónomas a ofrecer una «vivienda digna» y en alquiler accesible a los okupas inmersos en un proceso de desalojo. La medida se articula a través de una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que ofrece más garantías a los ocupantes de las viviendas en caso de que el propietario quiera recuperar el inmueble. La medida afectará tanto a los inquilinos que no paguen el alquiler como a los conocidos como okupas, cuando se demuestre una «situación de vulnerabilidad».

Así, el texto determina que en los casos en que el dueño inicie un proceso para recuperar su propiedad y cuando ésta «constituya la vivienda habitual de la parte demandada» se informará a ésta de «la posibilidad de acudir a las administraciones públicas autonómicas y locales competentes en materia de vivienda, asistencia social, evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social». La ley obliga a facilitar a los okupas los «datos exactos» de identificación de estas administraciones, con el fin de que pueda dirigirse a ellas para que aprecien su «posible situación de vulnerabilidad».

 

De forma paralela, el juzgado informará a las administraciones para que puedan ofrecer sus soluciones. Si existe una «situación de vulnerabilidad» en el ocupante, la ley insta a presentar una «propuesta de alternativa de vivienda digna en alquiler social», así como otras «medidas de atención inmediata» y las ayudas públicas o subvenciones a las que puedan acceder. El juez resolverá entonces si suspende el proceso de desalojo hasta cuatro meses, para que puedan aplicarse las medidas.

«Sorprende mucho la ampliación que efectúan en todos los procedimientos judiciales que pueden interponerse por una ocupación, estableciendo la obligación de comunicar a la Administración la posible existencia de personas vulnerables para que les presenten una propuesta de alternativa de vivienda», explica Arantxa Goenaga, socia de Círculo Legal Barcelona y abogada experta en derecho inmobiliario. Es decir, prosigue esta experta, «amplían estas medidas a los okupas y pueden llegar a suspender las vistas o los lanzamientos hasta que no se obtenga la respuesta por parte de la Administración».

La consecuencia es «más retraso en los procedimientos judiciales, sean o no de grandes tenedores los propietarios perjudicados por la okupación, y que se saturen los servicios sociales, de forma que familias que están sufriendo una grave situación económica se puedan ver relegadas por unos okupas».

Obligaciones de la Ley de Vivienda

La Ley de Vivienda pactada por Pedro Sánchez con sus habituales socios parlamentarios, como ERC y Bildu, ofrece una protección excepcional a los ocupantes de las viviendas frente a los propietarios.

Sobre los dueños recae la obligación de demostrar un sinfín de requisitos para que su demanda sea admitida.

Para empezar, el propietario tendrá que especificar si el inmueble «constituye vivienda habitual de la persona ocupante». También tendrá que informar de si él es un «gran tenedor», es decir, si tiene más de cinco viviendas, según la nueva definición de PSOE y Podemos. Si dice que no, tendrá que acreditarlo con un registro de sus propiedades. Si dice que sí, tendrá que molestarse en aclarar si el ocupante «se encuentra o no en situación de vulnerabilidad económica». Para ello, presentará un documento acreditativo «previo consentimiento» del okupa. Si no tiene esa autorización, tendrá que acudir a los servicios sociales para que indiquen que éste «no consiente expresamente el estudio de su situación económica». Además, el demandado tendrá derecho a saber el día y la hora exacta del desalojo, lo que activará la movilización social para impedirlo. En definitiva, el proceso para que el dueño recupere la vivienda puede eternizarse durante meses.

Aunque el Gobierno ha justificado que con esta ley se intenta ofrecer una mayor protección a los inquilinos que no puedan hacer frente al alquiler, lo cierto es que también ofrece esas garantías a los okupas, aquellos que han vulnerado la propiedad.

Ante la polémica, los socios de la coalición han defendido estos días que la okupación «no es un problema real» de los españoles. Desde el PSOE, por ejemplo, atribuyen el «99,5%» de los casos a mafias que ocupan viviendas deshabitadas propiedad de bancos, fondos buitre o grandes propietarios. Desde Podemos afirman que la okupación se reduce a «casos puntuales». Lo cierto es que las cifras ofrecidas por el Ministerio del Interior no dejan lugar a dudas: las okupaciones se han disparado en los últimos años, con Pedro Sánchez al frente del Gobierno, pasando de 12.214 en 2018 a 16.726 el año pasado.

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