Un juez ordena a la Policía que deje volar a los inmigrantes ilegales a la Península
En diciembre una orden de Interior obligó a los policías a prohibir la salida de inmigrantes ilegales en avión desde Canarias.
Ahora un juez desmonta una decisión ilegal usando una respuesta de Interior a la consulta de un senador de Coalición Canaria.
El auto judicial al que ha tenido acceso OKDIARIO no deja dudas y marca un precedente en el trato policial a los inmigrantes ilegales: “Ordeno a la Jefatura Superior de Policía de Canarias el cese cautelar consistente en impedir el traslado a la Península del demandante cuando este acredite su identidad con pasaporte o con documento que acredite que ha solicitado protección internacional”.
La decisión tomada por el titular del juzgado de lo contencioso número 5 de Las Palmas tiene un calado mucho más profundo del que parece. Por primera vez un juez ordena a un cuerpo policial a que permita el tránsito de inmigrantes que han entrado de forma ilegal en territorio español siempre que porten la documentación necesaria.
Pero, además, en el auto que obra en poder de este periódico, el juez en cuestión propina un bofetón legal al Ministerio del Interior que deja en muy mal lugar al ministro y ex magistrado de la Audiencia Nacional, Fernando Grande-Marlaska.
Para comprender la historia al completo hay que remontarse a diciembre de 2020. En aquellas fechas éramos muchos los medios, OKDIARIO lo hizo de forma recurrente, que dábamos curso a las denuncias que decenas de agentes de policía de todo el país nos hacían llegar desde sus respectivos destinos: se había disparado la llegada de inmigrantes ilegales con documentación y billetes de avión procedentes de Canarias a varias ciudades de todo el país.
Sin embargo, precisamente en diciembre dejaron de llegar esas denuncias porque una orden interna “de la Superioridad”, según fuentes policiales, exigía a los policías de Canarias que no permitieran ni un embarque más a inmigrantes llegados de manera ilegal que pretendieran volar hacia la Península Ibérica u otras islas del territorio español. La orden de “la Superioridad”, según fuentes consultadas por este diario, llegó directamente desde Interior.
“Se trataba de una manifiesta ilegalidad y nosotros lo sabíamos. No podemos impedir sí o sí el viaje de una persona documentada y con billete a no ser que tenga un proceso de expulsión del país abierto y eso no siempre s sencillo de averiguar”, explica uno de los agentes que recibió esas instrucciones en diciembre.
Y ese argumento es precisamente el esgrimido por los abogados de un inmigrante ilegal que llegó a Canarias fuera de la Ley y que desde el 11 de diciembre del año pasado ha intentado abandonar Las Palmas de Gran Canaria. Lo intentó por avión hacia Barcelona ese día y fue detenido junto con 20 personas más en el aeropuerto.
En marzo del 2021 lo intentó de nuevo, pero en barco y hacia Fuerteventura. Tampoco pudo ser. Así que se decidió, seguramente asesorado por sus abogados, a pedir protección internacional al Estado español. Pasaporte, petición de asilo y libertad. El cóctel perfecto para dejarle viajar.
Y ese último argumento, el de la libertad, curiosamente el juez lo recoge del propio Ministerio del Interior, lo que convierte una historia rocambolesca en un sainete: el mismo ministro que ordena impedir salidas de inmigrantes ilegales argumentó en sede parlamentaria que no podía hacerlo. Tal cual.
La contradicción de Interior
En la sentencia se recoge la pregunta que el senador por Coalición Canaria, Fernando Clavijo Batlle, realizó en el Senado el pasado 21 de enero. Atención: “¿Qué instrucciones ha dado el Ministerio del Interior a la Policía Nacional para impedir que los migrantes que se encuentran en Canarias puedan volar a la Península?”
La respuesta del ministerio de Marlaska llegó en marzo, hace poco más de un mes, y el propio juez dice de ella que “no puede ser más elocuente”. Interior respondió al senador que cuando se detecta la entrada ilegal de un ciudadano a España se le detiene por un plazo máximo de 72 horas para decretar su devolución al país de origen.
Pero ojo que lo bueno llega en la segunda parte de la respuesta. Tanto es así que el juez en su auto lo subraya y lo pone en negrita: “Transcurrido este plazo (las 72 horas), si no es posible habilitar la devolución, el extranjero queda en libertad”. Según Interior, en tal caso, las únicas limitaciones existentes para viajar en vuelos interiores están relacionadas con las normas de las compañías aéreas y las restricciones autonómicas.
Interior remató su respuesta al senador canario diciéndole que no les competía a ellos dar instrucciones sobre los traslados de esos inmigrantes ilegales. Entonces, si Interior asegura no haber dado ni una sola orden que impidiera los vuelos de inmigrantes ilegales a la Península, ¿cómo puede ser que ahora un juez ordene ni más ni menos que a la Jefatura de Superior de Policía de Canarias que permita viajar a este inmigrante?, ¿cómo se puede ordenar algo a quien asegura no estar impidiendo un acto?
El juez deja un recado en su auto que sirve para reflexionar sobre la calidad de la gestión de la ola de inmigración ilegal que sufre Canarias. Según el juez, las detenciones practicadas en los aeropuertos canarios ordenadas por Interior “tienen como objeto frustrar la movilidad de personas como el demandante, que, de facto, quedan confinadas en Gran Canaria sin que exista amparo jurídico para ello. No hay más que remitirse a la respuesta del propio Ministerio del Interior”. Y punto.