El Govern alterará la agenda de plenos para ‘colar’ la ley del 1-O si el TC para la reforma del Parlament
El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, ya tiene plan b por si el Tribunal Constitucional suspende la reforma del Parlament. Los independentistas recurrirán de nuevo al artículo 81.3 del reglamento de la Cámara catalana con el objetivo de alterar el orden del día de los plenos y aprobar así las leyes de desconexión para celebrar el referéndum ilegal.
Los independentistas se amparan precisamente en el tercer punto de este artículo que defiende la alteración del orden del día del pleno «si éste lo acuerda, a propuesta del presidente o a petición de dos grupos parlamentarios o de una quinta parte de los miembros del parlamento, y también puede ser alterado cuando obliga el cumplimiento de una ley. Si se ha de incluir un asunto, éste debe haber cumplido los trámites reglamentarios que le permiten ser a él incluido, salvo acuerdo explícito en sentido contrario, por mayoría absoluta».
Desde Junts pel Sí insisten en que cumplen con estos requisitos ya que «el orden puede ser alterado a petición de dos grupos y la reforma cumple con los trámites exigidos. Esto no es nuevo, ya lo hicimos con el ‘caso Palau’ y lo volveremos a hacer con una reforma que es importante para Cataluña», señalan a este medio desde la formación independentista.
Lo cierto es que en mayo, Cataluña Sí ques Pot y la CUP exigieron modificar el orden del pleno para votar la acusación de CDC por el caso sobre las comisiones por obra pública en el ‘caso Palau’ y salirse con la suya. También solicitaron acortar el período para la presentación de enmiendas de siete días a hora y media y omitir la publicación en el diario oficial de la cámara. La portavoz de Junts pel Sí, Marta Rovira, dijo que el artículo 81.3 no habla de la unanimidad de los grupos, sino de «mayoría absoluta».
El resto de grupos en el Parlament protestaron en su día y lo vuelven a hacer al enterarse de las intenciones para sacar adelante las leyes de desconexión. Desde Ciudadanos sostienen que «en este caso, se estarían vulnerando los derechos de los diputados porque no hay un acuerdo unánime de todos los grupos».
Vulnera la igualdad de participación
El Consejo de Estado avaló este jueves el recurso ante el Tribunal Constitucional por la reforma del Reglamento del Parlament de Cataluña al considerar que esa modificación vulnera el derecho de participación política en condiciones de igualdad reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución.
El dictamen ha dado pie para que el Partido Popular y Ciudadanos presenten un recurso conjunto pidiendo al PSC que se sume a la iniciativa. El presidente de los populares catalanes Xavier García Albiol explicó que el recurso se presenta por entender que la modificación representa «una clara vulneración de los derechos de la oposición».
«Se intenta limitar la capacidad política de los diputados de la oposición por parte de la mayoría independentista del Parlament de Cataluña», señaló. «Desde el PP no nos quedaremos con los brazos cruzados viendo esta situación de comportamiento poco democrático por parte del independentismo», concluyó el popular.
Ambas formaciones reclaman al PSC que «reconsidere su decisión de no presentar un recurso ante el TC, ya que es una muy mala noticia que sus votantes no entenderán, y que implica darle una bombona de oxígeno al independentismo».
El texto del dictamen del Consejo de Estado concluye: «Existen fundamentos jurídicos para interponer recurso de inconstitucionalidad contra la reforma del apartado 2 del artículo 135 del Reglamento del Parlamento de Cataluña aprobada en sesión del Pleno de esa Cámara celebrada el 26 de julio de 2017, por vulnerar el derecho de participación política en condiciones de igualdad reconocido en el artículo 23.2 de la Constitución».
El documento insiste en que, con la reforma, se da la combinación de no reconocer a la minoría parlamentaria el derecho a presentar enmiendas en la tramitación exprés de una ley y de que se le haya privado de toda participación en la decisión de iniciar el trámite de lectura única.
Esa coincidencia considera que «priva a la minoría de la garantía de algún instrumento de participación en el procedimiento de lectura única distinto de su mera intervención en el debate de totalidad». «Tal circunstancia puede suponer una vulneración del derecho de participación política de la minoría parlamentaria en condiciones de igualdad ex artículo 23.2 de la Constitución y 29 del Estatuto de Autonomía de Cataluña», sostiene el dictamen.