'Caso Gabriel'

El futuro de Ana Julia pendiente de la jurisprudencia que fijará el Supremo con el asesino de Pioz

La defensa de Patrick Nogueira busca la eximente completa, por enfermedad mental, y solicita al Alto Tribunal que se revise la condena impuesta al asesino para revocar la pena perpetua.

prisión permanente revisable
Prisión Permanente Revisable

El crimen de Pioz, en el que el brasileño Patrick Nogueira fue condenado por matar a cuatro miembros de su familia -dos de ellos niños- en septiembre de 2016, servirá al Supremo para unificar doctrina sobre la Prisión Permanente Revisable. El futuro carcelario de Ana Julia Quezada, la asesina del pequeño Gabriel, dependerá de la decisión que tome el Alto Tribunal.

Si éste confirma la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que revocó dos de las condenas máximas impuestas al asesino Patrick Nogueira, en primera instancia, por la Audiencia Provincial de Guadalajara, Ana Julia podría utilizar la jurisprudencia previa del Supremo para intentar en última instancia -previo recurso de casación- una rebaja de su condena.

La asesina del pequeño Gabriel podría ver revisada su condena, en función de la decisión que tome el Pleno de la Sala de lo Penal del Supremo que, con toda probabilidad, se reunirá para fijar su postura sobre la Prisión Permanente Revisable (PPR), antes de que el tribunal designado decida sobre el recurso planteado por la defensa del asesino de Pioz, Patrick Nogueira.

Dos tesis

Hasta la fecha, en el Alto Tribunal conviven dos tesis diferentes sobre la materia. Por una parte, la descrita en una resolución dictada el pasado mes de enero, ponencia del magistrado Andrés Palomo, en la que se retiró la PPR al asesino de un discapacitado al entender que la situación de la víctima -«adulta y cuyo desvalimiento se predica de sus condiciones físicas de reacción- no quedaba incluida en el requisito de «especial vulnerabilidad» que exige el Código Penal para aplicar este tipo de condena.

Por otra, la recogida en la sentencia 367/2019, de 18 de junio -fallo de los jueces Miguel Colmenero, Francisco Monterde, Pablo Llarena y Vicente Magro- redactada por el magistrado Julián Sánchez Melgar. En la misma se considera que «al recaer la acción homicida sobre una niña de 17 meses de edad», era merecedora de una sanción agravada y, por tanto, procedía mantener la Prisión Permanente Revisable impuesta al asesino.

En ambos casos, la discusión jurídica se centra en la aplicación del ‘non bis in idem’ que afecta directamente al principio de legalidad y a la imposibilidad de que una misma persona pueda ser juzgada, dos veces, por los mismos hechos.

Luego, el Supremo tendrá que determinar en su resolución definitiva del crimen de Pioz si al imponer la PPR -artículo 140.1.1 del Código Penal- se castiga doblemente unos mismos hechos, teniendo en cuenta que la alevosía y la especial indefensión de la víctima son elementos de la agravante del delito de asesinato, que ya se contempla en las penas previstas por el artículo 139. De su decisión dependerá una eventual y futura revisión de la condena permanente impuesta a la asesina Ana Julia Quezada

Enfermedad mental 

El joven de 22 años esperó durante más de cuatro horas en la vivienda familiar -con los cadáveres de su tía y sus dos hijos, de 10 meses y 2 años- la llegada de su tío para acabar, también, con su vida, no sin que antes éste fuese consciente de la macabra escena.

El recurso planteado ante el Tribunal Supremo por la defensa de Nogueira persigue la eximente completa del condenado. Durante las sesiones del primer juicio penal celebrado, ante un jurado popular, la abogada de Nogueira aseguró apoyada en novedosos informes médico forenses que el cerebro de su defendido era «como un queso gruyere». Esto es, que existían causas físicas por las que su mente no se encontraba en plenas facultades y, por tanto, en el momento de cometer los asesinatos no era plenamente consciente de sus actos.

La abogada penalista Bárbara Royo logró que el TSJCM modificase el fallo de la Audiencia Provincial y que Nogueira fuese condenado a una sola prisión permanente revisable y 25 años por cada una de las muertes de la madre, Janaina y los dos pequeños -frente a las tres que tenía inicialmente- al acreditar que se infringió el Código Penal vigente.

En su nueva petición ante el Supremo Royo vuelve a insistir en que las muertes de sus tíos, los dos adultos, son homicidios y no asesinatos, ya que no existió alevosía. Y, además, quiere que se aplique como atenuante la colaboración de Nogueira con la policía. El asesino se entregó de manera voluntaria tras regresar a España procedente de Brasil, su país natal, donde huyó después de cometer los crímenes.

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