Los funcionarios montan en cólera tras rebajar Sánchez la protección laboral a los sanitarios en pleno rebrote

Sanitarios andaluces
Carlos Cuesta

El principal sindicato de la función pública, CSIF, ha montado en cólera por el desprecio del Gobierno a los sanitarios. Con prácticamente mil contagios por coronavirus al día, los trabajadores que caigan enfermos por el virus, ya no contarán con la protección de accidente laboral. El plazo inicialmente previsto se ha ejecutado, pese a las peticiones para que el Gobierno ampliara las fechas. Y, por lo tanto, desde el 22 de julio el contagio por COVID-19 ha dejado de ser considerado accidente laboral al haberse cumplido un mes desde el levantamiento del estado de alarma. CSIF ha remitido una carta al presidente del Gobierno exigiendo la protección laboral plena.
Todo ello ocurre en plena crisis por los rebrotes.

El Gobierno no ha sido sensible a las peticiones y ha ejecutado el plazo para rebajar la cobertura por accidente laboral al personal de riesgo: por ejemplo, a los profesionales sanitarios y sociosanitarios contagiados.

Por lo tanto, todos ellos, desde ahora, si enferman en el desarrollo de su función laboral y en su puesto de trabajo solo tendrá la cobertura estándar de las prestaciones a efectos de incapacidad temporal.

CSIF ha sido uno de los grandes sindicatos que ha puesto el grito en el cielo y ha remitido una carta al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para trasladar su queja y exigir de forma urgente el blindaje de la protección laboral a los sanitarios. Este sindicato señala que el contagio por Covid debe considerarse enfermedad profesional “y mientras tanto, al menos, mantenerse como accidente de trabajo”.

Los profesionales sanitarios y sociosanitarios son los principales afectados. Y es que sus contagios por COVID ya no serán considerado accidente de trabajo a todos los efectos por parte de los servicios de prevención de las empresas.

El efecto se produce al cumplirse los plazos marcados en el Real Decreto-ley 19/2020 de Estado de Alarma. Esa norma regulaba los periodos de aplicación y el Gobierno no ha querido ampliarlos, pese a los rebrotes y contagios actuales.

Desde CSIF señalan que “pese a la situación crítica que se vive en la actualidad por los rebrotes, volvemos a la situación anterior en la que el contagio por Covid-19 o el fallecimiento por su causa se consideraban contingencias de carácter común asimiladas de accidente de trabajo exclusivamente para la prestación económica de incapacidad temporal. De esta manera se pierde la cobertura para los casos en que el coronavirus cause secuelas o el fallecimiento para estos trabajadores. En estos casos, la persona trabajadora deberá demostrar que su contagio se deriva de su puesto de trabajo”. 
Por este motivo, la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF), sindicato más representativo en las administraciones públicas y con presencia en el sector privado, ha dirigido una carta al Gobierno para que amplíe esta protección, teniendo en cuenta la situación de los rebrotes y reiterando la petición de que el contagio por SARS-CoV-2 sea considerado enfermedad profesional. 
El pasado 3 de junio de 2020, de hecho, se publicó la Directiva (UE) 2020/739 de la Comisión por la que se modifica el anexo III de la Directiva 2000/54/CE y se contempla la inclusión del SARS-CoV-2 como patógeno humano del grupo de riesgo 3. La citada directiva establece que los Estados miembros deberán poner en vigor, a más tardar el 20 de noviembre de 2020, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la misma. Pese a ello, el Gobierno se ha negado a incorporar de inmediato este cambio.

CSIF ha solicitado ya su trasposición de manera inmediata. 
“Desde CSIF siempre hemos defendido que el contagio por SARS-CoV-2 debe considerarse enfermedad profesional, al tener una mayor cobertura de prestaciones para las personas trabajadoras que hayan contraído el virus. Dentro de las acciones que hemos llevado a cabo para lograr dicho reconocimiento, entre otras, hemos remitido propuestas de enmiendas a los distintos Grupos Parlamentarios para que se establezca en el proyecto de ley actualmente en trámite y se elimine la limitación temporal determinada en el Real Decreto-ley 19/2020”, añade el sindicato

No es el único golpe

No se trata del único golpe a la cobertura de los trabajadores contagiados por coronavirus que ha protagonizado este Gobierno. El Ejecutivo socialcomunista dejó ya previamente fuera de la cobertura de indemnizaciones por accidente laboral al personal sanitario y sociosanitario que había vivido en los centros asistenciales lo peor de la pandemia del Covid: un cambio normativo del Ministerio de Sanidad introducido el lunes 8 de junio estableció que la cobertura plena por accidente laboral, más allá del pago retributivo puro en el periodo de baja, quedaba limitado al periodo de contagios comprendidos entre el 28 de mayo y el 21 de julio.

Este cambio introducido el 8 de junio limitaba igualmente la cobertura legal e indemnizatoria por accidente laboral a médicos, enfermeros, celadores y el resto de personal que pelea día a día contra el virus en los hospitales: sólo se les reconocería esa condición de accidente laboral hasta un mes después del fin del estado de alarma. Ese plazo ya ha cumplido y, fruto del cambio, y pese al rebrote, ahora pierden la cobertura de accidente laboral por completo.

Pero, es más, la definición legal inicial de la cobertura por accidente laboral dejó fuera todos los contagios previos al 28 de mayo a efectos de indemnizaciones por fallecimiento u otras cuestiones que no fueran las estrictamente retributivas durante la baja temporal por la enfermedad.
Con lo que el periodo de cobertura plena por accidente laboral, más allá del pago retributivo puro en el periodo de baja, quedó limitado al periodo de contagios comprendido entre el 28 de mayo y el 21 de julio.

Lo último en España

Últimas noticias