Ley 'Sólo Sí es Sí'

Dos años de la Ley Montero y continúan las rebajas: 5 años menos para un padrastro violador

Un padre valenciano de 55 años forzó a realizar una felación a la hija de su nueva novia

ley montero

La Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como Ley Montero o Ley del Sólo Sí es Sí, cumple 2 años este 6 de septiembre. Tras 24 meses de aplicación por ser más favorable a los condenados, se acumulan más de 1.250 violadores y agresores beneficiados. Los jueces hoy por hoy continúan su trabajo por esa reforma legal y en las últimas semanas se ha visto beneficiado un padrastro que agredió sexualmente a la hija de su pareja. Tal como ha podido saber OKDIARIO, el Tribunal Supremo ha dictado una nueva condena de 9 años y medio de prisión a un hombre que en Valencia había sido penado inicialmente a 14 años y medio.

La Audiencia Provincial de Valencia en enero de 2023 desestimó la revisión de una condena por delitos de continuado de abuso sexual y de agresión sexual con prevalimiento. La sentencia original es del 30 de diciembre de 2015. Por el primer delito se le impuso 2 años y 6 meses de cárcel –pena que se mantiene por no ser objeto de recurso– y por el segundo otros 12 años. El Supremo rebaja esa segunda pena de 12 años a 7. Se trata de una victoria judicial del despacho Trebolle Abogados.

El condenado solicitó la revisión de la condena pidiendo 7 años de prisión. Recuerda que la regulación anterior se fijaba un arco punitivo de 12 a 15 años de prisión. Ahora la horquilla es de 7 a 15 años de prisión. Para justificar esa decisión, el Supremo recuerda la sentencia inicial, en la que se estableció: «En cuanto a la penalidad se imponen las penas mínimas dentro de los tipos penales aplicados». Ahora la pena mínima ya no son 12 años y sí 7.

«Hemos dicho con reiteración que cuando el Tribunal sentenciador se refiere a un mínimo, no puede procederse a fijar otra pena, pues en ese caso se quiebra la decisión de aquel Tribunal de imponer la pena en su umbral mínimo. Por ello, impondremos siete años de prisión, juntamente con la pena de inhabilitación especial para el contacto profesional con menores a que hace referencia el Código Penal [tras la reforma de la Ley Montero]», zanja el Supremo.

En su habitación

Acudiendo a la sentencia original los hechos probados dibujan un escenario atroz. Se trata de un hombre de 55 años que convivía con Silvia [nombre ficticio], nacida en 1992, hija de su pareja sentimental. «Aprovechándose de dicha circunstancia, y de la relación cuasiparental existente, abordó a Silvia con intención libidinosa en varias ocasiones», expone.

En 2010, cuando Silvia tenía 18 años, el acusado «comenzó a vivir en el domicilio, estando en su habitación, entró y se sentó a su lado y sin que la joven lo esperara ni lo autorizara, le acarició las piernas por encima de la ropa hasta llegar a sus pechos». Realizó comentarios ofensivos y le besó en el cuello y en la boca sin consentimiento. Silvia le dijo inmediatamente que parara su comportamiento «y el acusado no llegó a más». No obstante, ese mismo día, estando la hijastra en el sofá, el hoy condenado se sentó a su lado y de nuevo, sin autorización le acarició la pierna hasta llegar a la vagina, por encima de la ropa, la joven le quitó la mano enseguida y abandonó el salón.

Estos episodios se repitieron. Una semana después, estando Silvia durmiendo en su habitación, se le presentó el padrastro, completamente desnudo, la despertó y le ordenó que tocara sus partes íntimas «para acabar con esta tensión», a lo que ella se negó y él se fue. Después de los hechos, la víctima no denunció ni se lo dijo a su madre, confiando en que los hechos no se repitieran. Así fue durante unos dos años, en los que sí se sucedían con frecuencia comentarios soeces.

En el sofá

No obstante, el 24 de junio de 2013, a las diez de la mañana, se produjo otro ataque. El condenado llegó a casa y vio a Silvia en camisón. Le dijo que fuera al salón, «que le iba a cantar las cuarenta». «Hoy no sales de aquí, si no me enseñas todo», en referencia a sus partes íntimas. «Si no lo haces a las buenas te voy a pegar, si fueras un tío ya te habría dado», espetó. Tras ello la empujó hacia el sofá y le dio un bofetón, diciéndole «ahora te vas a arrodillar, te vas a bajar todo y me vas a enseñar lo tuyo, ya que tú me has visto lo mío, así estaremos en paz».

Ante el temor de que le continuara pegando, Silvia se bajó la ropa interior. El condenado lamentó que se había quitado la ropa «demasiado rápido» y que se la volviera a poner, que él le «enseñaría». Lo que así sucedió. Silvia no paraba de llorar, al mismo tiempo que le suplicaba que parase ya y la dejara tranquila. Finalmente, el condenado la obligó a realizarle una felación cogiendo a su hijastra por la cabeza, al tiempo que decía: «No pasa nada, tu madre también me vomitó una vez encima, a mí me gusta que hagas ruido», obligándola a seguir hasta que eyaculó. Tras ello la joven abandonó el domicilio, contactó con su madre y denunció inmediatamente ante la Policía. Sufrió lesiones que precisaron de tratamiento médico psiquiátrico, con 60 días impedida para realizar su rutina diaria. Ahora ha tenido que ver cómo la Ley Montero ahorra 5 años de cárcel a su violador.

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