El Constitucional revisará al Supremo por negar la condición de diputados a Puigdemont y Comin
El Tribunal de Garantías resolverá más allá del "caso concreto" y fijará el criterio general sobre la necesidad de acatar personalmente la Constitución para adquirir la plena condición de diputado.
El Pleno del Constitucional revisará la decisión del Supremo que negó la condición de diputados electos al Parlamento Europeo a los separatistas Toni Comín y Carles Puigdemont. El Tribunal de Garantías ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por los abogados de ambos políticos catalanes contra los autos de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal por su «especial trascendencia constitucional».
El Supremo entendió que como ninguno de ambos, ni Puigdemont ni Comín, acudió personalmente a cumplir con el trámite de jura o promesa de la Constitución que se exige a los diputados -por encontrarse fugados de la Justicia española- no podía concedérseles la condición plena del cargo para el que resultaron elegidos en la convocatoria electoral europea del pasado 26 de mayo.
El Constitucional considera ahora que es necesario resolver la petición de Comín y Puigdemont porque se refiere a un asunto que «trasciende del caso concreto» porque «pudiera tener unas consecuencias políticas generales». Es decir, el Tribunal de Garantías busca fijar un criterio válido sobre el trámite de aceptación constitucional que la ley exige a los diputados para el pleno acceso a las funciones e inmunidades vinculadas a su cargo.
Los magistrados González Rivas, Roca Trías, Ollero Tassara, Valdés Dal-Ré, Martínez-Vares García, Xiol Ríos, González-Trevijano Sánchez, Narváez Rodríguez, Montoya Melgar, Enríquez Sancho, Conde-Pumpido Tourón y Balaguer Callejón serán los encargados de decidir si el Tribunal Supremo vulneró los derechos fundamentales de Comín y Puigdemont al negarles la condición de eurodiputados por no haber cumplido con todos los requisitos previstos en la ley para adquirir, plenamente, la misma.
Plazo de alegaciones
Pare ello, el Constitucional ya ha pedido a la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso del Supremo que remita una copia oficial de sus actuaciones y de la resolución recurrida por Comín y Puigdemont. También ha habilitado un plazo de alegaciones de 3 días para que la Fiscalía y los abogados de los separatistas catalanes presenten sus alegaciones.
Sin embargo, ha rechazado suspender provisionalmente las decisiones del Supremo sobre las que tiene que pronunciarse. El Tribunal de Garantías «no aprecia la urgencia excepcional» prevista en la ley para estos casos.