CATALUÑA

Conde-Pumpido permitirá que el Parlament viole la ley sobre el voto de los fugados

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional establece que se puede actuar de oficio ante el incumplimiento de una sentencia

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El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, se niega a actuar de oficio ante la desobediencia de los independentistas fugados que votaron la composición del Parlament, pese a prohibirlo la Corte de Garantías. Según la reforma de 2015 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho, Conde-Pumpido puede actuar de oficio contra el voto de los fugados que se dio por válido avalando al condenado Josep Rull como presidente del Parlamento catalán. Fuentes consultadas señalan que Conde-Pumpido no hará cumplir la ley de oficio y espera a que recurran los partidos.

El independentismo vuelve a desobedecer las leyes y tras un acuerdo de la Mesa de Edad del Parlament, con un diputado de Junts, una de ERC y una de Vox -la única que se ha opuesto-, ha permitido votar a los diputados fugados pese a que el Tribunal Constitucional lo prohibió. Así, Carles Puigdemont y Lluís Puig, ambos de Junts, han podido delegar su voto en el presidente del grupo parlamentario, Albert Batet. El diputado de ERC Rubén Wagensberg, también fugado, lo delegó, ya que se encuentra de baja médica.

Previamente, el Tribunal Constitucional había anulado el voto telemático a raíz de un recurso presentado por el PSC contra la decisión de la Cámara de permitir ese sistema de votación al fugado Lluis Puig en la pasada legislatura. En concreto, la Corte de Garantías invalidó el acuerdo de la Mesa del 18 de abril de 2023, que aprobaba la regulación transitoria del voto telemático hasta la reforma del reglamento del Parlament. Además, anuló el acuerdo que autorizaba el voto telemático para Puig hasta el final de la legislatura y otro que rechazaba reconsiderar estas decisiones.

Esta decisión del Tribunal de Conde-Pumpido imposibilitaba a Puigdemont y al resto de los fugados el poder votar. Pero no fue así. Según establece la ley, el Constitucional puede actuar ante esta desobediencia y hacer cumplir la sentencia. «En caso de advertirse que una resolución dictada en el ejercicio de su jurisdicción pudiera estar siendo incumplida, el Tribunal, de oficio o a instancia de alguna de las partes del proceso en que hubiera recaído, requerirá a las instituciones, autoridades, empleados públicos o particulares a quienes corresponda llevar a cabo su cumplimiento para que en el plazo que se les fije informen al respecto», señala la ley que rige el funcionamiento del Tribunal Constitucional.

Sanciones a los fugados

Si el Tribunal Constitucional apreciase el incumplimiento total o parcial de su resolución tras recibir el informe o transcurrido el plazo fijado, podrá adoptar diferentes medidas recogidas el artículo 92 de la ley de la Corte de Garantías. La primera de las sanciones se trata de una multa coercitiva de 3.000 a 30.000 euros a las autoridades, empleados públicos o particulares que incumplieron las resoluciones, llegando incluso a reiterar la multa hasta el cumplimiento íntegro de lo mandado. La segunda consiste en acordar la suspensión en sus funciones de las autoridades o empleados públicos de la Administración responsable del incumplimiento.

El Constitucional de Conde-Pumpido también podrá dictar la ejecución sustitutoria de las resoluciones recaídas en los procesos constitucionales. En este caso, el Tribunal podrá requerir la colaboración del Gobierno de la Nación a fin de que adopte las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de las resoluciones. Si aplicará esta medida, Conde-Pumpido tendría que recurrir al Ejecutivo de Pedro Sánchez para hacer cumplir la ley a los fugados que han emitido su voto, que han sido los socios gracias a los cuales ha logrado su investidura como presidente. La ley también establece que podría pedirse el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder. 

Recursos de los partidos

Fuentes consultadas señalan que al margen de actuar de oficio para hacer cumplir la ley, el Constitucional también puede actuar de parte ante un recurso interpuesto por los partidos políticos. El presidente del Partido Popular en Cataluña, Alejandro Fernández, ha anunciado que presentará un recurso de amparo ante la Corte de Garantías para que decida si la votación se ha hecho acorde a la normativa o no.

Si el Tribunal Constitucional diera la razón al PP, podría obligar a repetir la votación de la Mesa de la Cámara catalana. No obstante, la admisión a trámite y posterior deliberación en el Pleno tardará meses. Por el momento, Conde-Pumpido descarta actuar de oficio contra el incumplimiento de los independentistas fugados que han ejercido su voto de forma telemática.

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