El Colegio de Abogados de Madrid decide despedir a Merlos tras sus escándalos sentimentales y fiscales
La Junta de Gobierno del Colegio de Abogados de Madrid ha despedido a Alfonso Merlos como director de Comunicación, después de que le solicitaran depositar las cuentas de la empresa con la que facturaba los servicios ofrecidos al ICAM.
Fuentes internas aseguran a OKDIARIO que se trata de una “salida pactada” decidida el pasado lunes. Según ha podido saber este periódico, la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid se reunió el 4 mayo, en un encuentro telemático que duró más de cinco horas, donde se decidió solicitar todas las cuentas de su empresa. La tesorera manifestó que llevaba “más de dos semanas solicitándoselas” pero que el periodista no las entregaba. Uno de los miembros de la Junto dio un golpe en la mesa y dijo: “Como presente alguna irregularidad será despedido de inmediato, el Colegio de Abogados no puede soportar algo así”.
En el mejor de los escenarios, que no presentara ninguna irregularidad en las cuentas, se decidió revisar las condiciones económicas al periodista, contratado como Jefe de Prensa desde enero de 2018 y congelar sus apariciones en televisión al considerarlas incompatibles con el puesto.
No tributa IRPF
Alfonso Merlos fue contratado por el Colegio de Abogados de Madrid (ICAM) para dirigir su departamento de Comunicación en 2018, después de que el periodista asesorara al decano José María Alonso para ganar las últimas elecciones a la Junta de Gobierno de la institución, celebradas hace tres años.
El convenio se firmó con su empresa Trocadero Comunicación SL por un importe de 181.500 euros con IVA. Sin embargo, tras detectarse posibles «irregularidades» en su contrato, la Junta de Gobierno del ICAM se reunirá de nuevo este lunes por la tarde para debatir la continuidad de Merlos como director de Comunicación, según manifiestan a OKDIARIO fuentes internas del Colegio.
Fuentes internas consultadas por este periódico explican que entre los miembros del Colegio se cuestiona por qué Alfonso Merlos está contratado a través de una sociedad, y no como persona física en el régimen de autónomo. Aseguran que «él es la única persona contratada a través de su empresa, por lo que no había necesidad de realizar un concierto con una sociedad sino con un autónomo». La explicación que hasta el momento manejan miembros del Colegio es que «Merlos realice la operación a través de una sociedad para pagar menos impuestos».
Los autónomos tributan a través del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) que es mucho más elevado que el Impuesto sobre Sociedades a partir de un determinado baremo de ingresos. Las sociedades tributan a un tipo fijo (un 25%), mientras que el Impuesto sobre las Personas Físicas varía según el beneficio obtenido: para aquellos que ingresen más de 60.001 euros las retenciones son de un 45%. Por tanto, Merlos debería haberse aplicado una retención de un 45% si hubiese facturado como autónomo, y no de un 25% –como lo hizo– a través de una sociedad.
El sueldo que cobraba Merlos del Colegio de Abogados de Madrid (ICAM), por dirigir el departamento de Comunicación, ascendía a 181.500 euros con el IVA incluido. En el contrato firmado por Merlos con el ICAM aparece desglosada la retribución percibida por el periodista. Ésta es 150.000 euros sin IVA que corresponde a una retribución fija (120.000 €) y otra variable (30.000 €).