LOS MEJORES CONSEJOS

Si te van a embargar la cuenta esto te interesa: descubre como evitarlo

Los mejores consejos si te van a embargar la cuenta del banco

Cuenta embargar
Una persona atiende el teléfono delante de un ordenador. (EP)
Pedro Antolinos

Sufrir un embargo de la cuenta del banco es algo que le ocurre a muchos españoles ya sea por una multa no pagada, por un recibo del ayuntamiento o cualquier deuda con la Seguridad Social. Esto ocurre cuando un órgano administrativo o judicial da al banco la orden de retener una determinada cantidad del dinero de la cuenta corriente. Esto puede ocasionar en ocasiones situaciones de descubierto que llevará al pago de una determinada comisión que nunca se quiere pagar. Si temes que te puedan embargar la cuenta del banco a continuación relatamos todo lo que debes saber con el objetivo de evitarlo.

En muchas ocasiones la Administración suele cobrarse las deudas a través de un procedimiento que consiste en mandar una orden al banco para retener el dinero de la cuenta bancaria de sus deudores, ya sea una persona o jurídica. Los embargos de la cuenta bancaria se suelen producir por deudas tributarias, multas o tasas que no se han pagado o deudas con la Seguridad Social.

Hay que recordar que, a punto de finalizar la campaña de la declaración de la renta, muchas personas tendrán que pagar un dinero a Hacienda en los periodos establecidos. En caso de no abonar esta cantidad, desde la Administración podrán proceder a embargar la cuenta de la persona física o jurídica con el objetivo de retener su dinero. Así que mejor cumplir con lo establecido.

Renta dinero
Ciudadanos realizan la declaración de la renta de forma presencial. (EFE)

Cómo saber si te van a embargar la cuenta

Según informa el Banco de España, los órganos administrativos y judiciales tienen que tener una serie de buenas prácticas para que el embargo de la cuenta no suela tener consecuencias negativas en lo que respecta a la salud financiera de la persona embargada. Por ello, lo primero de todo es que debe de haber una comunicación previa a las personas antes de efectuar un cobro en la cuenta bancaria.

De esta forma, uno de los criterios dentro de las buenas prácticas debe ser una comunicación previa a la persona. Primero tendrá que haber una notificación de la administración o juez que haya ordenado el embargo y posteriormente el banco lo tiene que comunicar de forma inminente. La persona física o jurídica que será víctima del embargo tiene que ser consciente de la situación para poderse oponer amparándose en la ley.

Otro de los criterios de buenas prácticas que indica el Banco de España es que no se puede dejar la cuenta en descubierto. A la hora de hace un embargo está prohibido dejar la cuenta en números rojos y en caso que pueda darse esta situación no se podrá retener la cantidad total. En este caso, la cuenta debe seguir funcionando con normalidad para que la persona pueda disponer de saldo no embargado para seguir realizando actividades de la vida cotidiana.

El Banco de España también estable límites con respecto a la cantidad a embargar. Por ello, están obligado a respetarse las limitaciones establecidas en la Ley de Enjuiciamiento Civil y el embargo sólo podrá recaer sobre la parte que exceda del salario mínimo interprofesional.

Los mejores consejos con el embargo de una cuenta

Una de las principales cosas que las personas físicas o jurídicas deben saber es que un embargo de la cuenta sólo lo puede realizar un órgano administrativo o judicial. En ningún caso podrán retener un dinero depositado en tu banco sí le debes dinero a una persona o empresa. Éstos tendrán que interponer una demanda judicial y, en caso de sentencia en contra, de esta manera sí podrán recuperar una deuda si la existiera.

Otra cosa a tener en cuenta es que el dinero está un tiempo retenido en la cuenta corriente antes de que la Administración se cobre el saldo. Tras recibir la primera notificación, la persona en cuestión dispondrá de este tiempo para poder recurrir la decisión o presentando alegaciones en caso de que no tengan constancia de tener una deuda pendiente. Hay que tener en cuenta que en ocasiones todo puede venir por un error administrativo ya que estos ocurren y mucho.

Por ejemplo, en caso de que el embargo se produzca por una demanda judicial el tiempo que el dinero será retenido durante dos días antes de ser cobrado. Más tiempo se da de margen en caso de los embargos administrativos. Es el caso de la Agencia Tributaria, las Diputaciones o Ayuntamientos, que da un plazo de hasta 20 días antes de hacer el embargo.

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