PENSIONES

Si eres viuda y tu pareja se ha casado varias veces esto te interesa: conoce a quién le corresponde la pensión

Pensión de viudedad para divorciados

Pensión de viudedad con personas divorciadas y casadas de nuevo
Pensión viudedad divorcio

El tema de la pensión de viudedad en casos de personas fallecidas que han contraído matrimonio en varias ocasiones es complejo y sujeto a una serie de regulaciones establecidas por la ley en nuestro país. Esta prestación, destinada a proporcionar apoyo económico a los viudos o viudas tras el fallecimiento de su cónyuge, presenta particularidades cuando el difunto ha estado casado más de una vez.

De acuerdo con la normativa vigente en España, los beneficiarios de la pensión de viudedad son aquellos que no hayan contraído matrimonio nuevamente después de la pérdida de su cónyuge y que hayan recibido una pensión compensatoria previa. Esta disposición busca asegurar que la pensión se destine a quienes realmente la necesitan y que hayan mantenido una relación económica estable con el difunto.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) correspondientes al primer trimestre de 2023, el número total de viudos en nuestro país asciende a 2.865.500 personas, mayoritariamente mujeres. Estas estadísticas confirman la correlación entre la viudedad y la edad, siendo más probable ser viudo o viuda a medida que se avanzan en años.

Divorcio y pensión de viudedad

La regulación española establece que, al contraer matrimonio, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, el viudo o viuda tiene derecho a recibir una pensión de viudedad de carácter vitalicio. Sin embargo, si la persona fallecida se hubiera casado en más de una ocasión, la situación se complica.

En estos casos, la pensión de viudedad puede ser reclamada tanto por el último cónyuge como por los cónyuges anteriores, siempre y cuando estos últimos hayan sido beneficiarios de una pensión compensatoria hasta la fecha de la defunción de la expareja. Además, existe un límite legal en el caso de haber contraído un nuevo matrimonio o una nueva pareja de hecho, lo que podría afectar la elegibilidad para recibir la pensión.

En el caso específico de la última pareja, los requisitos son menos rigurosos. La ley establece una única excepción, que es cuando la muerte resulta de una enfermedad contraída antes del matrimonio. En este escenario, se debe demostrar que el enlace se celebró al menos un año antes del fallecimiento o que hay hijos en común para acceder a la pensión.

Una sola pensión de viudedad

Es importante destacar que no existen múltiples pensiones de viudedad, sino una única pensión que se divide y se distribuye entre todos los beneficiarios. La Seguridad Social establece las normas de reparto en estos casos, considerando la situación de los viudos, divorciados, y aquellos cuyos matrimonios han sido declarados nulos.

Cuando hay varios excónyuges en juego, la normativa establece que la proporcionalidad de la pensión dependerá del tiempo vivido con el fallecido. Si hay un único beneficiario, este recibirá la pensión completa. Sin embargo, si hay varios beneficiarios, la cuantía se repartirá según el tiempo compartido y vivido con el difunto.

La división se calcula considerando el periodo desde el primer matrimonio hasta el fallecimiento, excluyendo el tiempo de convivencia del cónyuge o pareja en el momento de la defunción. Este periodo se asigna íntegramente a la última pareja. También se tiene en cuenta el tiempo transcurrido desde la separación, beneficiando a la última pareja o cónyuge. Además, se garantiza un mínimo del 40% de la pensión a la última persona que haya mantenido una relación o matrimonio, dividiendo el resto entre los otros beneficiarios según sus respectivos tiempos de convivencia.

En el caso de fallecimiento de alguno de los otros excónyuges, la pareja principal recibirá su parte correspondiente. Esto se debe a que la normativa establece que la compensación es del beneficiario y solo puede ser menor si también corresponde a otros beneficiarios.

En adición a la complejidad de la distribución de la pensión de viudedad en casos de múltiples matrimonios, es esencial considerar el impacto emocional y social que puede surgir entre los beneficiarios. La pérdida de un ser querido ya conlleva un proceso de duelo complicado, y la introducción de aspectos legales y económicos puede generar tensiones adicionales. La sensibilidad en la aplicación de estas normativas se torna crucial para mitigar posibles conflictos familiares. Por ende, es recomendable buscar asesoramiento legal y apoyo emocional para los beneficiarios, con el objetivo de facilitar un proceso más justo y armonioso en un momento tan delicado.

En última instancia, la adecuada interpretación y aplicación de las leyes relacionadas con la pensión de viudedad en situaciones complejas se convierte en un factor determinante para brindar justicia y equidad a los beneficiarios, al tiempo que se reconoce la necesidad de un enfoque compasivo en el marco de las complejidades emocionales asociadas a la pérdida de un ser querido.

Por tanto, cuando una persona fallecida ha contraído matrimonio en más de una ocasión, la pensión de viudedad se distribuye en función del tiempo vivido con cada cónyuge. Se asegura que al menos el 40% se entregue al cónyuge superviviente en el momento de la defunción, sumándole la parte de pensión que exceda la asignada al excónyuge, hasta alcanzar el máximo de la pensión. Este sistema busca equilibrar las necesidades económicas de los beneficiarios y garantizar un reparto justo de la pensión de viudedad en casos de múltiples matrimonios o parejas.

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