Es oficial: la tabla de las pensiones máximas y mínimas de incapacidad permanente en 2026
El Real Decreto-ley 3/2026 ha confirmado las pensiones máximas y mínimas de incapacidad permanente para 2026

El Real Decreto-ley 3/2026 ha confirmado la subida de las pensiones para 2026. De esta manera, las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social suben un 2,7% desde el 1 de enero. Además, las pensiones mínimas suben a partir de un 7%, mientras que el Ingreso Mínimo Vital y las pensiones no contributivas también se incrementan un 11,4%. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las pensiones mínimas y máximas de incapacidad permanente.
El pasado 3 de febrero, desde el Gobierno confirmaron la entrada en vigor del Real Decreto-ley que oficializaba la subida de las pensiones un 2,7% en 2026. Todo ello tras días de incertidumbre después de que el Congreso no accediera a los chantajes de Sánchez y votara en contra el paquete de medidas que, además de la subida de las pensiones, incluyera nuevas protecciones para los inquiokupas. Finalmente, como suele ser habitual con este Gobierno, accedieron y partieron el decreto ómnibus para garantizar la subida de las prestaciones a 9,4 millones de personas.
Así, con la nueva subida de las pensiones, la Seguridad Social anunció a finales de enero un gasto récord de 14.250.714 millones de euros en 10,4 millones de pensiones contributivas en el primer trimestre del año, un 6% más que en el mismo periodo del año anterior. De este montante, 1.320,6 millones fueron a parar a las pensiones de incapacidad permanente que a fecha de enero recibieron 1.049.580 personas en España. Con el aumento del 2,7%, la pensión media de incapacidad permanente ha quedado en 1.253,18 euros mensuales.
Pensiones máximas y mínimas de incapacidad permanente
La Seguridad Social también ha confirmado las pensiones máximas y mínimas de incapacidad permanente para este 2026. La pensión máxima es la fijada para cualquier pensión contributiva del sistema de la Seguridad Social, que desde el 1 de enero es de 47.034,40 euros brutos anuales, que son 3.359,60 brutos en 14 pagas. Este se debe al último incremento del 2,7%, además de los 0,115 puntos porcentuales que se añaden al año por ley. Esta es la cantidad máxima que puede cobrar un pensionista en España sin contar con el complemento por la brecha de género.
El Gobierno también ha fijado las pensiones mínimas establecidas para la pensión por incapacidad permanente en 2026. En los casos de la pensión por incapacidad permanente absoluta o total con 65 años de edad, está fijada en 17.592,40 euros anuales, que son 1.256,30 euros mensuales, para los beneficiarios con cónyuge a cargo. Los pensionistas sin cónyuge tendrán garantizado un mínimo de 13.106,80 euros mensuales.

La pensión mínima de incapacidad permanente total para los beneficiarios de una edad de entre 60 y 64 años también será de 17.592,40 euros anuales en casos con cónyuge a cargo. Sin cónyuge bajará hasta los 12.262,60 euros y con cónyuge no a cargo será de 11.590,60 euros.

En caso de que la incapacidad total sea derivada de enfermedad común y el beneficiario sea menor de 60 años, la pensión mínima de incapacidad permanente será de 9.662,80 euros, que equivale a 690,20 euros al mes.

Las pensiones mínimas aumentan en caso de que el beneficiario tenga una gran incapacidad, que ocurre cuando necesita de otra persona para desarrollarse en su día a día. En este caso, la pensión con cónyuge a cargo asciende hasta los 26.385,80 euros, que equivale a 1.884,70 euros al mes. La pensión mínima sin cónyuge será de 1.404,30 euros mensuales y la de los que tengan cónyuge no a cargo será de 1.333,00 euros.

Los beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente que cumplan con los requisitos para acceder a una pensión contributiva, pero no lleguen a la pensión mínima, podrán solicitar el complemento a mínimos siempre que residan en territorio español y sus límites ajenos a la pensión no superen los límites establecidos por la Seguridad Social. Estos serán de 9.442 en los casos sin cónyuge a cargo y de 11.013 con cónyuge a cargo.