370.000 votos de ‘nietos’ en juego: los cónsules alegan que ya no tienen tiempo para verificar su origen antes del 29-N
El adelanto electoral pone en el punto de mira el voto de los nacionalizados por la Ley de Nietos
Carrera contrarreloj en el voto exterior: piden al Supremo aclarar qué ‘nietos’ de exiliados votarán el 29-N

El adelanto electoral anunciado por Pedro Sánchez pone el foco en los nacionalizados por la polémica Ley de Nietos. El pasado 9 de septiembre, el Tribunal Supremo estimó las medidas solicitadas por Vox y el partido Iustitia Europa y resolvió suspender de manera cautelar el voto para las personas ya inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) que consiguieron la nacionalidad a través de esta ley, así como las nuevas altas en el mismo, salvo que acreditasen que sus familiares sufrieron exilio.
El Gobierno ha advertido de la complejidad de este procedimiento, aún en ciernes. Los cónsules, según fuentes diplomáticas consultadas por OKDIARIO, han requerido «instrucciones complementarias» para cumplir con el auto del Tribunal Supremo y poder verificar si los nacionalizados son descendientes del exilio, pero no las reciben. Según el último dato actualizado, hasta el 31 de agosto se habían aprobado casi 600.700 solicitudes de nacionalidad por la Ley de Nietos y cerca de 370.000 beneficiarios, más de la mitad, ya habían sido inscritos como españoles en el registro consular que nutre el CERA.
El origen de la polémica está en la instrucción de Sofía Puente —que en 2022 era directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia— en la que se presumía la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Este colectivo está ahora en el punto de mira, en tanto que los consulados deberán acreditar qué nacionalizados son efectivamente descendientes de exiliados y cuáles se acogieron a esa presunción, librándose de demostrar el exilio de sus antepasados.
Un telegrama
Desde el Ministerio de Exteriores afirman a OKDIARIO que «la red de oficinas consulares cumple escrupulosamente con la normativa vigente en materia de nacionalidad, con las medidas cautelares y con las diferentes instrucciones recibidas de la Oficina del Censo Electoral».
La Dirección General de Asuntos Consulares, del Ministerio de Exteriores, afirma que el pasado 17 de septiembre se envió un telegrama a la red de embajadas con el modelo de certificado para acreditar el origen de las nacionalizaciones.

Sin embargo, en el mismo escrito se advierte de las grandes dificultades: «Se están explorando vías para que dichos certificados puedan ser canalizados a través de las herramientas informáticas tanto del Ministerio de Asuntos Exteriores como de la Oficina del Censo Electoral (…) se están estudiando los ajustes que pueden ser necesarios en los recursos humanos e informáticos para dar cumplimiento al requerimiento».
Exteriores asumía hace sólo tres semanas que era preciso acometer un cambio profundo en los consulados para poder atender al requerimiento del Supremo, valorando la contratación de asistencias técnicas o reorganizando las citas en las oficinas consulares más grandes. También se planteaban modificaciones en las aplicaciones informáticas para identificar las nacionalidades obtenidas por la Ley de Nietos en el Registro de Matrícula Consular, «así como un fácil volcado de datos y su transmisión a la Junta Electoral Central».
«En el Registro de Matrícula Consular, que es a través del que se da de alta a los residentes en el CERA, no existe referencia a la vía por la que se ha adquirido la nacionalidad española. Tampoco la hay en el CERA, del que se forma parte por ostentar la nacionalidad española y por estar residiendo en el exterior.
En consecuencia, para conocer la vía concreta por la que se adquirió la nacionalidad española se debe analizar individualmente cada uno de los expedientes», se avisó desde Exteriores. Esa evaluación va encaminada a distinguir entre «aquellos casos en los que queda acreditado documentalmente el exilio del ascendiente y aquellos casos en los que el exilio del ascendiente se presume, como dictaba la interpretación de Puente.
La Dirección de Asuntos Consulares asumía ya que no sería factible analizar los expedientes de nacionalización al menos antes del 1 de enero de 2027, cuando se cerrará el censo electoral para las elecciones autonómicas.
«Transparencia del proceso electoral»
El Supremo advirtió que la suspensión del voto a los nacionalizados por la Ley de Nietos era necesaria para preservar «la transparencia del proceso electoral y la confianza de la ciudadanía en sus resultados», ante la «magnitud» del aumento del censo, e instó a los consulados a analizar los expedientes. «El incremento extraordinario en el número de electores inscritos en el CERA», que además está «en constante aumento», puede «afectar a la transparencia del proceso electoral y a la confianza de la ciudadanía en sus resultados», avisaron los magistrados.
Según la ley electoral, el censo para las elecciones del 29 de noviembre será el que se cerró el pasado 1 de agosto. De acuerdo al Supremo, de ese censo deberían eliminarse las personas nacionalizadas por la Ley de Nietos que no hayan probado el exilio de sus ascendientes.
El partido Iustitia Europa ha pedido este lunes de urgencia al Tribunal Supremo que «acuerde las actuaciones de ejecución y concreción que resulten necesarias» para «garantizar» que la suspensión cautelar del voto de los nacionalizados se aplique a las elecciones del 29 de noviembre.
Avisan que «entre las inscripciones incorporadas al censo electoral vigente pueden encontrarse personas comprendidas en el ámbito subjetivo respecto del cual la Sala acordó cautelarmente la suspensión de efectos electorales».
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