Jubilación anticipada

Es oficial y está confirmado: la lista de las nuevas enfermedades con las que podrás acceder a la jubilación anticipada

Pacientes de espina bífida, enfermedad de Parkinson o enfermedad de Huntington podrán acogerse a la jubilación anticipada

La lista de enfermedades con las que tienes derecho a pedir la pensión por incapacidad permanente

El BOE lo confirma: esta es la lista de enfermedades para jubilarse a los 52 años en España

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Blanca Espada

Para muchas personas con enfermedades crónicas o discapacidades reconocidas, el final de la vida laboral parece llegar en la mayoría de los casos, con cansancio acumulado. No es sólo una cuestión de edad. Es el desgaste de años trabajando con limitaciones que, en muchos casos, van a más. A los 50 y tantos, el cuerpo ya no responde igual, pero la obligación de seguir en activo sigue ahí. En ese contexto se encuadra la última decisión conocida esta semana, con la lista de las nuevas enfermedades con las que podrás acceder a la jubilación anticipada.

La Comisión Técnica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha dado luz verde, a nivel técnico, a la incorporación de siete nuevas enfermedades al sistema de jubilación anticipada. El proceso aún no está cerrado, pero el paso es relevante. Para quienes conviven con estas patologías, abre la puerta a algo muy concreto ya que van a poder dejar de trabajar antes sin que la salud sea un obstáculo añadido. Las asociaciones de pacientes y las entidades del ámbito de la discapacidad han acogido el anuncio con alivio. Llevaban tiempo pidiendo que el sistema reconociera una realidad evidente si bien hay enfermedades cuyo impacto se acumula año tras año y hace inviable mantener una carrera laboral larga en condiciones normales.

Las nuevas enfermedades con las que podrás acceder a la jubilación anticipada

El informe reconoce siete patologías que, por su evolución y el impacto que tienen en la vida diaria, podrían permitir adelantar la jubilación a quienes las padecen, siempre que cumplan los requisitos legales establecidos.

Las enfermedades incluidas son la espina bífida, la enfermedad de Parkinson, la distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), la enfermedad de Huntington, la esclerosis sistémica, la amiloidosis por transtiretina variante y la enfermedad renal crónica en estadio G5. En la práctica, esta ampliación afecta a personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 45 %, dentro del marco que ya contempla el Real Decreto 1851/2009. No se trata de crear un sistema nuevo, sino de ampliar uno existente para adaptarlo a realidades que hasta ahora quedaban fuera.

Qué significa este avance para los pacientes

Para quienes conviven con estas patologías, el problema no es sólo médico. Es laboral. Muchas personas continúan trabajando porque no tienen otra opción, aunque cada año les cueste más mantener el mismo ritmo. Desde la Federación Española de Asociaciones de Espina Bífida e Hidrocefalia lo explican con claridad: con el paso del tiempo, las secuelas se agravan, pero seguir trabajando se convierte en la única manera de conservar una vida autónoma. En ese contexto, la jubilación anticipada no es un privilegio, sino una herramienta para proteger la salud.

Poder retirarse antes significa, en muchos casos, reducir el deterioro físico, evitar bajas médicas continuas y tener margen para cuidarse. También supone aliviar una presión constante que afecta tanto a la salud como al entorno familiar.

Qué falta para que sea efectivo

A pesar de que se ha dado a conocer esta lista de nuevas enfermedades que pueden solicitar la jubilación anticipada, en realidad, se trata de un paso previo, imprescindible, pero no el último. Ahora, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social debe emitir una resolución administrativa. Si esa resolución es favorable, será necesario modificar el anexo del Real Decreto 1851/2009 y publicarlo en el Boletín Oficial del Estado. Solo a partir de ese momento se podrá solicitar la jubilación anticipada de forma efectiva. Es decir, hasta que ese trámite no se complete, las personas afectadas no podrán iniciar el proceso, aunque el reconocimiento técnico ya esté sobre la mesa.

El papel clave del movimiento asociativo

Podrán incluir a las siete mencionadas, en la lista de enfermedades que pueden solicitar la jubilación anticipada, no es algo que haya llegado por casualidad. Detrás hay años de trabajo del movimiento asociativo, especialmente de la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica, que el pasado mes de julio remitió al Gobierno informes técnicos para ampliar el listado hasta 14 patologías.

No todas han sido incluidas en esta fase, pero desde las entidades lo consideran un primer resultado tangible. Un paso adelante que demuestra que el trabajo coordinado, con respaldo científico y argumentos sólidos, puede traducirse en cambios reales. Su presidente, Anxo Queiruga, lo ha definido como un hito intermedio. La intención es seguir trabajando para que otras enfermedades con evidencia suficiente puedan incorporarse en el futuro.

Además,  las asociaciones han pedido al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la máxima celeridad para cerrar los trámites pendientes. Porque mientras el procedimiento avanza en los despachos, hay personas que siguen trabajando con limitaciones, dolores y un desgaste cada vez mayor. El informe ya está emitido así que ahora, el siguiente paso será decisivo para que este reconocimiento se traduzca, por fin, en un derecho efectivo y no se quede sólo en un anuncio administrativo.

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