Buenas noticias para los mutualistas: Hacienda confirma cuándo va a devolver el dinero del IRPF
Los plazos en los que Hacienda devolverá el dinero a los mutualistas
Cambio oficial en la declaración de la Renta: el aviso de Hacienda que afecta a estas personas
Confirmación oficial: el tiempo que va a tardar Hacienda en devolverte el dinero de la declaración de la Renta 2025


En los últimos meses, los mutualistas han estado pendientes de las decisiones de la Agencia Tributaria respecto a la devolución del IRPF. Recordemos la problemática que se generó con respecto a este grupo de cotizantes, dado que contribuyó a regímenes de previsión social antes de la integración plena en la Seguridad Social, de modo que tras una sentencia del Tribunal Supremo, se reconoció su derecho a reclamar lo que habían pagado de más. Y aunque Hacienda comenzó a hacer devoluciones, lo cierto es que antes de acabar 2024 todo se frenó, provocando cierta incertidumbre entre los mutualistas, que no saben en qué momento Hacienda les hará su devolución del dinero del IRPF.
Como decimos, el revuelo comenzó a finales del año pasado, cuando la Agencia Tributaria dejó sin efecto el anterior sistema de devoluciones, lo que generó confusión y preocupación entre los afectados. Muchos mutualistas esperaban recuperar parte del dinero pagado en exceso en años anteriores, pero el nuevo criterio de Hacienda supuso un cambio en los plazos y la forma de reclamación. Ahora, con la campaña de la Renta 2024 a punto de comenzar, por fin hay un calendario definido. La gran novedad es que las devoluciones ya no podrán solicitarse de forma acumulada, sino que se deberán reclamar ejercicio por ejercicio. Esto implica que, a partir de abril, los mutualistas podrán solicitar la devolución del IRPF correspondiente al ejercicio 2019, pero tendrán que esperar a los próximos años para reclamar los ejercicios sucesivos. Este cambio de sistema implica una demora en los cobros, pero al menos ya se conoce con certeza el procedimiento a seguir.
¿Qué mutualistas pueden solicitar la devolución de IRPF?
El colectivo afectado por esta medida está compuesto por aquellos mutualistas que realizaron aportaciones entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Durante ese periodo, las cotizaciones se realizaban en un régimen especial y, tras la integración en la Seguridad Social, se generó un derecho a la devolución de ciertos importes tributados en exceso.
Este derecho ha sido reconocido en los últimos años, permitiendo a muchos mutualistas recuperar cantidades significativas. Sin embargo, el cambio normativo introducido en diciembre pasado ha modificado el proceso, estableciendo nuevas reglas que obligan a una solicitud anual en lugar de una reclamación conjunta.
El calendario de devoluciones: año a año
Con la campaña de la declaración de la Renta 2024 dando inicio el 2 de abril, se abre la posibilidad para los mutualistas de solicitar la devolución del IRPF correspondiente a 2019. La Agencia Tributaria ha establecido que estas devoluciones deberán realizarse año a año, según el siguiente calendario:
- Ejercicio 2019: se podrá reclamar entre el 2 de abril y el 30 de junio de 2025.
- Ejercicio 2020: se habilitará en 2026
- Ejercicio 2021: la solicitud se podrá presentar en 2027.
- Ejercicio 2022: se podrá pedir en 2028.
Esto significa que el proceso de recuperación será más lento, ya que cada año solo podrá reclamarse un ejercicio fiscal y no varios a la vez, como ocurría anteriormente. No obstante, los mutualistas seguirán teniendo la oportunidad de recuperar lo que les corresponde, aunque con una espera más prolongada.
¿Cómo solicitar la devolución del IRPF?
Hacienda ha establecido que el procedimiento se realizará exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Los mutualistas deberán presentar un formulario específico dentro del periodo de declaración de la Renta de cada año. Para ello, será necesario contar con un certificado digital o Cl@ve PIN, lo que facilitará la gestión telemática del trámite.
Además, es fundamental que los solicitantes tengan toda la documentación que acredite su derecho a la devolución. Esto incluye certificados de cotización y otros documentos que puedan ser requeridos por la Agencia Tributaria para comprobar la procedencia del reembolso.
¿Qué pasa con las devoluciones del IRPF 2023 y 2024?
Para los mutualistas que esperaban recibir la devolución correspondiente al ejercicio 2023, la Agencia Tributaria ha aclarado que no habrá cambios. Las devoluciones seguirán tramitándose como hasta ahora, y la mayoría de los importes ya han sido abonados o están en proceso de serlo.
Asimismo, para el IRPF de 2024, que se declarará el próximo año, se mantendrá el procedimiento automático en los casos en los que Hacienda ya disponga de toda la información necesaria. De esta forma, los mutualistas no tendrán que realizar ninguna gestión adicional si cumplen con los requisitos para la devolución automática.
¿Qué implica este cambio para los mutualistas?
Si bien la eliminación de la posibilidad de reclamar varios ejercicios a la vez ha supuesto un revés para muchos mutualistas, la confirmación de un calendario oficial aporta certidumbre. Ahora, los afectados saben cuándo y cómo deben proceder para recuperar su dinero, aunque el proceso se alargue en el tiempo.
Este cambio normativo también refleja la intención de Hacienda de organizar mejor el sistema de devoluciones y evitar una acumulación de solicitudes en un solo ejercicio. Sin embargo, para los mutualistas, significa una espera prolongada y una planificación a largo plazo para recuperar lo que les corresponde.
En definitiva, aunque el proceso de devolución será más lento de lo que muchos esperaban, la buena noticia es que sigue en marcha y con un procedimiento claro. Los mutualistas ya tienen las fechas clave y saben que, año a año, podrán reclamar el dinero del IRPF que les corresponde. Ahora, el siguiente paso será preparar la documentación y estar atentos a la apertura de la campaña de la Renta para iniciar el trámite de solicitud.