MOVILIDAD URBANA

José Manuel Berzal (UNAUTO) a OKDIARIO: «La aplicación de la limitación de VTCs por Colau es ilegal»

VTC Barcelona
VTC en Barcelona
Pedro Pérez

Día de celebración entre los conductores de vehículos de transporte con conductor (VTC) y las plataformas que proveen estos servicios de movilidad como Uber, Cabify y Bolt. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado este jueves ilegal la limitación del número de licencias de estos vehículos en el Área Metropolitana de Barcelona (AMB). José Manuel Berzal, presidente ejecutivo de UNAUTO VTC, una de las dos grandes patronales que engloban a los conductores de VTC que operan para estas plataformas ha recibido con alborozo la sentencia y apunta: «La legislación de la Generalidad de Cataluña y la aplicación de la misma por Colau es ilegal, al igual que eran ilegales algunas exigencias del decreto de Ábalos».

Colau, además, señala este directivo, aplicó criterios muy restrictivos que impedían realizar la actividad, como exigir determinadas medidas en los vehículos que no se podían cumplir: «Buscó la ruina de autónomos y pequeños y grandes empresarios». Uber abandonó Barcelona en febrero de 2019.

Uno por cada 30

Según explica Berzal, esta legislación contravenía también el artículo 49 de los Tratados de la Unión Europea, que, literalmente, prohíbe las restricciones a “la libertad de establecimiento de los nacionales de un Estado miembro en el territorio de otro Estado miembro”. Berzal insiste: «Limitaba, y de qué manera, el acceso al mercado a todo recién llegado y ahora se ha tumbado de forma explícita esta intención». Esta limitación impedía que hubiese más de un VTC por cada 30 permisos para los taxis. El TJUE ha concluido que supone una restricción «desproporcionada» a la libertad de establecimiento .

Para el presidente ejecutivo de UNAUTO VTC, los gobiernos regionales y locales que habían legislado de esta forma se corresponden con aquellos de carácter más liberticida: «Bajo ningún concepto se puede hacer privar a los ciudadanos de libertad para elegir libremente el modelo de transporte que quieren».

Estas legislaciones, realizadas a capricho de los políticos por razones ideológicas, contrastan con regulaciones como las de Andalucía o Madrid, que no perjudican al taxi pero sí benefician a los ciudadanos, afirma Berzal, quien también sostiene que ampliar la oferta de movilidad redundará en una mejor imagen de la ciudad que la tenga, lo que beneficiará el turismo.

Los VTC, regulados desde 2018

Los VTC están regulados en España desde 2018, cuando el Gobierno de Pedro Sánchez, con José Luis Ábalos como ministro de Transportes, aprobó un decreto que abrió la puerta a que las comunidades autónomas establecieran las condiciones para la concesión o denegación de nuevas licencias. Desde entonces, regiones como CataluñaComunidad de Madrid o Andalucía tienen su propia normativa para controlar el número de licencias.

Miles de licencias pueden ser aprobadas

El ratio establecido por esta normativa cuenta con el aval del Tribunal Supremo desde ese mismo año. Sin embargo, esta sentencia del TJUE supone ahora un varapalo al taxi, ya que la anulación del ratio 1/30 abre la puerta a que miles de licencias VTC acaben aprobadas por el Tribunal Supremo. Se estima que puede haber más de 20.000 licencias VTC recurridas ante el Alto Tribunal, que esperaba al TJUE para pronunciarse.

La sentencia de la Justicia europea admite, en cambio, la posibilidad de exigir la obtención de “una licencia adicional a la prevista a nivel nacional” si se considera “necesaria para la buena gestión del transporte, del tráfico, del espacio público y la protección del medio ambiente”.

«Criterios objetivos»

Respecto a la exigencia de una segunda licencia urbana en el AMB, el tribunal también la considera contraria al derecho comunitario, aunque matiza que “puede considerarse necesaria para alcanzar los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente”. Pero añade: “esta autorización específica debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que respondan a necesidades particulares del AMB”.

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