Consumo

Estas son las medidas para los comercios, empleados y mercadillos en la ‘nueva normalidad’

Los locales comerciales deben asegurar que se cumple el distanciamiento social de 1,5 metros

El coronavirus causa una caída de un 34% de las ventas del comercio al por menor y de un 2’5% del empleo en Andalucía
El coronavirus causa una caída de un 34% de las ventas del comercio al por menor y de un 2’5% del empleo en Andalucía

El comercio ya están preparados para afrontar la denominada como ‘nueva normalidad’. El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este martes las pautas y recomendaciones sanitarias para garantizar la seguridad de los locales comerciales, empleados, mercadillos y clientes tras el fin del estado de alarma decretado, que decretó el Gobierno de Pedro Sánchez el pasado 14 de marzo.

La Conferencia Sectorial de Comercio Interior adoptó el pasado 10 de junio un acuerdo de medidas, como recomendaciones o pautas, a tener en cuenta por las comunidades y ciudades autónomas, en relación a las condiciones sanitarias impuestas por el Ministerio de Sanidad para ejercer la actividad comercial en sus regiones con seguridad. Una serie de medidas que que se han puesto en práctica durante toda la crisis del coronavirus con el objetivo de garantizar la higiene y la seguridad en la actividad comercial, al igual que el proceso de compra del consumidor.

Locales comerciales 

Los locales comerciales deben asegurar que se cumple el distanciamiento social de 1,5 metros, lo que podrá implicar para garantizar la aplicación efectiva de la limitación del aforo. Además, los propietarios estarán obligados a poner a disposición del cliente gel hidroalcohólico, al igual que mantener medidas de higiene en el local como mínimo dos veces al día y facilitar formas de pago sin contacto.

Por su parte, deberán recomendar, siempre y cuando sea posible, sentidos de circulación de clientes en las zonas de mayor confluencia, diferenciando ambos sentidos mediante balizas o cintas adhesivas. En lo referente a los probadores, los propietarios deberán limpiarlos tras cada uso y podrá prohibirse el uso de productos de prueba por parte del consumidor.

Trabajadores

Asimismo, los trabajadores deberán contar con EPIS adecuados al nivel de riesgo, pudiendo establecerse adicionalmente otras medidas de protección física como pueden ser el uso de mamparas cuando no sea posible garantizar una distancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros, de acuerdo con las recomendaciones de los servicios de prevención de riesgos laborales.

Además, se recomienda mantener la gestión de los turnos laborales del personal trabajador para escalar la entrada de trabajadores, incorporando, de ser posible, flexibilización en los horarios de trabajo. Por su parte, los empleados deberán mantener las exigencia de higienización del puesto y elementos de uso tras cada cambio de turno.

Mercadillos

Por último, los espacios no cubiertos habilitados para la celebración de mercadillos, podrán estar totalmente delimitados con cinta de obra, vallas, o con cualquier otro medio que permita marcar, de forma clara, los límites del espacio, poner a disposición del cliente gel hidroalcohólico en cada puesto y así, evitar una aglomeración de clientes.

Además se recomienda ampliar la distancia entre puestos, ampliando el espacio del mercadillo, pudiendo habilitar nuevos días de celebración, crear nuevos espacios de venta ambulante, ampliar horarios u otras medidas de efecto similar, y no manipular dinero por la misma persona que manipula el producto o exigir higiene de manos en cada transacción.

Sin embargo, los encargados de los puestos deberán recomendar muy especialmente, que en la venta no sedentaria se sustituyan el autoservicio y el contacto directo por el consumidor con los productos expuestos a la venta por el servicio por parte de un empleado.

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