¿Cómo tributan las criptomonedas?

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Bitcoin (Foto: ISTOCK).

Las criptomonedas llevan ya tiempo avisando de que han venido para quedarse. Bitcoin es la más conocida, pero ya hay otras como Ethereum que cada vez cuentan con mayor popularidad. ¿Cómo tributan estas divisas digitales y qué obligaciones hay que cumplir con Hacienda?

Tanto Bitcoin como el resto de criptomonedas nacieron como respuesta a la manipulación monetaria que llevan a cabo los bancos centrales de todo el planeta (como el Banco Central Europeo o la Reserva Federal) con la ayuda de las grandes entidades bancarias.

Por ese motivo, Hacienda tiene muy complicado, por no decir imposible, tener constancia de que alguien posee criptomonedas. Gracias a la tecnología blockchain, el anonimato está garantizado. Sin embargo, en cuanto se haga alguna compra con bitcoins de cierta entidad o se venda monedas y el dinero pase a una cuenta bancaria ese patrimonio quedará a disposición de la Agencia Tributaria.

Es por ello que Easyoffer, plataforma online de abogados, ha decidido elaborar una guía sobre cómo actuar en estos casos. Si hay ganancia patrimonial a través de una venta de bitcoins hay que reflejarlo en la declaración de la renta.

Para la campaña del año pasado, los tipos impositivos fueron del 19% para una plusvalía hasta 6.000 euros, del 21% hasta 50.000 euros, y el 23% a partir de esa cantidad. Si hay pérdida patrimonial es conveniente reflejarlo en la declaración, puesto que puede ser beneficioso para el declarante.

Easyoffer recuerda que el bitcoin se puede utilizar para comprar bienes y servicios y está autorizado como medio de pago en España. De hecho, el mes pasado salió a la venta en Tarragona el primer piso de España sólo disponible en bitcoins.

«Ante cualquier compra hecha en bitcoins hay que pagar el IVA como si se hiciese en euros. Sólo hay un caso exento, cuando entregas euros y recibes bitcoins», explican desde la plataforma de abogados.

La pelota pasa al tejado del vendedor, que será quien tenga que hacer los trámites para traducir esa venta en criptomonedas, a un apunte en euros para saldar con Hacienda los pagos trimestrales para liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Hacienda no acepta pagos de impuestos en criptomonedas.

Además, si una empresa recibe bitcoins debe reflejarlo en la contabilidad y declararlo a través del Impuesto de Sociedades. “La Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) pide desde 2015 información sobre los libros contables donde apuntan sus movimientos a todas las empresas que saben o intuyen que pueden mover criptomonedas”, explica Pablo Fernández Burgueño, abogado y fundador de Nevtrace, empresa especializada en blockchain.

No sólo eso, sino que si en un intercambio entre diferentes criptodivisas se obtiene una ganancia patrimonial también hay que declararlo. Para Fernández, quien además forma parte del grupo de expertos de criptomonedas de Europol, «cuando una persona hace estos cambios lo hace sin tener conciencia de que lo tiene que declarar en la renta. Ese intercambio supone un cambio en el patrimonio, y como tal hay que declararlo. Cada vez que se hace un cambio se tiene que valorar cuánto se ha ganado o perdido, y se tiene que detraer el 19, 21 o 23% en función de la ganancia».

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