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El cementerio de aviones de Aena: 100 aeronaves abandonadas y un agujero de 7,5 millones

La deuda se ha incrementado en cerca de 700.000 euros en apenas 8 meses

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Sede de Aena.
Benjamín Santamaría
  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

El cementerio de aviones de Aena continúa ampliando su flota y cuenta ya con 99 aeroplanos inutilizados, cuatro más que a principios de año. Es más, los propietarios de dichas aeronaves mantienen una deuda con la compañía pública que asciende a alrededor de 7,5 millones de euros. Este endeudamiento se debe a la falta de pagos de las tarifas aeroportuarias.

Así, la deuda se ha incrementado en cerca de 700.000 euros en apenas 8 meses, por lo que la situación empeora paulatinamente sin que se estén tomando medidas para atajar el problema.

Los 99 aviones se reparten en 46 aeropuertos y algunos de ellos llevan 14 años abandonados. Sin embargo, la Administración está siguiendo un procedimiento para deshacerse de ellos.

En concreto, el Estado sigue un proceso para gestionar los aviones considerados abandonados, es decir, aquellos que no han sido reclamados por sus propietarios durante un período determinado.

Un caso llamativo es el de un avión abandonado en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas desde noviembre de 2010. Esta aeronave, cuyo último operador fue Saicus Air, una empresa que entró en concurso de acreedores y fue liquidada judicialmente, pertenece a Promerca Cargo Internacional. Por esta razón, el aeroplano no puede ser vendido ni cedido.

El cementerio de aviones de Aena

Este tipo de procedimiento sigue un marco legal específico y suele incluir los siguientes pasos:

  1. Publicación de edictos: El Estado publica tres edictos en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE). Estos edictos se emiten en tres fechas distintas, durante tres meses consecutivos, para notificar y dar publicidad a la situación del bien y ofrecer a los propietarios la oportunidad de reclamarlo.
  2. Periodo de espera de un año: Transcurrido un año desde el inicio del expediente (es decir, desde la primera publicación del edicto), si no se ha presentado ninguna reclamación por parte de los propietarios del bien, se considera que el bien ha sido abandonado.
  3. Presunción de abandono: Después de este año sin reclamaciones, se estima la presunción de abandono del bien. Esto significa que se asume que los propietarios han renunciado a su derecho sobre el bien, lo que permite a la administración pública iniciar procedimientos adicionales para su disposición.
  4. Venta en subasta pública: Una vez establecida la presunción de abandono, la Administración puede iniciar los trámites para la venta del bien en una subasta pública. Los ingresos obtenidos de la subasta generalmente se destinan a las arcas públicas.

Sin embargo, pese a la posibilidad de subastar los aviones, el cementerio continúa ampliando la cantidad de aeronaves inservibles. Por ello, Coalición Canaria ha registrado una enmienda, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, en la que pide solucionar este problema donando los aeroplanos a museos o a universidades para que sean analizados por los estudiantes.

Air France, KLM
Aviones de Air France-KLM. (Europa Press).

Así, el partido nacionalista ha propuesto una enmienda a la ley que está en tramitación parlamentaria con el objetivo de incluir un nuevo apartado. Este nuevo apartado busca que, en caso de que una aeronave o partes de la misma no puedan conservarse, estas sean cedidas a instituciones educativas, culturales, o sin ánimo de lucro que lo soliciten.

Esta cesión se realizaría antes de proceder a su venta en subasta pública, donde el importe obtenido quedaría en beneficio del Estado, una vez deducidos los gastos y el premio correspondiente, si aplicara.

Coalición Canaria justifica en la enmienda que en lugar de vender las aeronaves o sus piezas como chatarra, sería más beneficioso cederlas a museos aeronáuticos, como el de Lanzarote, o donar las piezas a universidades para su uso educativo.

En situaciones similares, y salvo que el avión esté sujeto a un procedimiento legal como un concurso de acreedores, Aena trata primero de localizar al propietario para que retire el avión. Si no se logra, se inician los trámites para promover la declaración legal de abandono, en cumplimiento con la Ley 48/1960 de Navegación Aérea.

Sin embargo, el Gobierno ha señalado que Aena no ha recibido ninguna solicitud formal de fundaciones, escuelas aeronáuticas o museos interesados en adquirir alguna de estas aeronaves.

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