Nuevo producto

Los autónomos podrán desgravarse 5.750 euros con un plan de pensiones, pero hay inconvenientes

autónomos, plan de pensiones
Un trabajador autónomo en su estudio.
Eduardo Segovia
  • Eduardo Segovia
  • Corresponsal de banca y empresas. Doctor y Master en Información Económica. Pasó por El Confidencial y dirigió Bolsamanía. Autor de ‘De los Borbones a los Botines’.

Los trabajadores autónomos cuentan ahora con un nuevo  tipo de plan de pensiones específico para ellos que les permite elevar la desgravación fiscal desde los 1.500 euros anuales generales hasta 5.750. Una ventaja muy atractiva pero que hay que evaluar junto a otros inconvenientes: básicamente, el gasto adicional que supone, la iliquidez, la baja rentabilidad de estos productos en España y el castigo fiscal a su reembolso.

Estos nuevos productos, denominados planes de pensiones de empleo simplificados (PPES) para autónomos, conceden a estos trabajadores el acceso a estos productos, que hasta ahora estaban limitados a las empresas, que realizaban aportaciones para sus empleados. Lógicamente, como los autónomos tienen su propia empresa, serán ellos mismos los que deban hacer esas aportaciones para estos productos.

ATA, la Asociación de Trabajadores Autónomos, destaca como ventajas de estos planes las siguientes:

  • Las comisiones de estos planes son sensiblemente inferiores a los de un plan de pensiones individual.
  • No le afecta el límite de 1.500 € anuales legalmente establecido para planes individuales, sino que se puede alcanzar la desgravación de 5.750 euros.
  • El dinero siempre es del partícipe, por lo que, si la entidad que promueve el plan o la gestora quiebran, el dinero podrá ser gestionado por otra entidad.
  • Protege el capital acumulado de ser destinado a usos distintos a la jubilación.
  • La gestión de las inversiones está pensada específicamente para la jubilación.
  • Le aplica una fiscalidad específica al tratarse de un cobro como complemento de la pensión.

Ahora bien, algunas de estas ventajas son muy matizables y pueden quedar anuladas por inconvenientes más importantes. A continuación se detallan los principales.

Otro gasto más

El primer y principal inconveniente para la mayoría de los autónomos es que ya tienen suficientes gastos como para añadir uno más. De hecho, ésa es la razón por la que más del 80% de estos trabajadores cotizan a la Seguridad Social por la base mínima, aunque eso conlleve que recibirán una pensión más baja cuando se jubilen.

Precisamente, el Gobierno de Pedro Sánchez se ha ensañado con este colectivo, con una notable subida de sus cotizaciones sociales que ha entrado en vigor este 1 de enero. Por tanto, si a los gastos necesarios para desarrollar su actividad se suma este alza de sus cotizaciones, queda menos dinero disponible para hacerse un plan de pensiones. Eso, por no hablar de la morosidad o el retraso en los pagos de los clientes, incluyendo la Administración.

Iliquidez

Aunque ATA lo disfrace diciendo que el capital está protegido de usos distintos a la jubilación, la realidad es que el dinero que se aporte a este producto no se puede sacar hasta el momento de dejar de trabajar; si surge algún imprevisto o si el negocio va mal, no se puede tirar de ese ahorro. La ley sólo permite el reembolso anticipado en unos supuestos muy tasados:

  • Incapacidad: permanente total, absoluta y gran invalidez.
  • Fallecimiento.
  • Dependencia: severa o gran dependencia.
  • Enfermedad grave.
  • Desempleo de larga duración: sólo a partir del momento en el que no se perciba ninguna prestación contributiva.
  • A los 10 años de la primera aportación: este supuesto excepcional lo introdujo el PP en 2018 y no entrará en vigor hasta 2025.

Por tanto, se trata de aportar un dinero que no se va a poder recuperar en 10, 20 ó 30 años. Así que los autónomos deben pensarse muy detenidamente si pueden prescindir de ese ahorro del plan de pensiones durante tanto tiempo y si tienen otros recursos para hacer frente a imprevistos.

Baja rentabilidad

Esta iliquidez debería ser compensada con un plus de rentabilidad para los inversores, según la lógica de los mercados. Sin embargo, en España no es así en absoluto. Según datos de Inverco, la patronal de las gestoras de fondos de inversión, la rentabilidad media anual de los planes de pensiones a 15 años es de sólo un 2,2%, y baja hasta el 1,9% si tomamos los últimos 20 años.

Se trata de unos rendimientos muy bajos y que se sitúan muy por debajo de la inflación acumulada en esos períodos; es decir, los partícipes han perdido poder adquisitivo. Por supuesto, se trata de una media, por lo que sí hay productos concretos que han logrado rentabilidades atractivas. El problema es que los planes de pensiones de empleo para autónomos son nuevos y aún no tienen historia. Pero, si usted se decide a hacerse uno, deberá seleccionar una gestora que tenga una buena rentabilidad histórica en los planes individuales o de empleo (de empresa).

Castigo fiscal al rescate

Por último, hay que tener presente que la desgravación de las aportaciones a los planes de pensiones tiene su correspondencia en el castigo fiscal que sufren sus reembolsos. A diferencia del resto de inversiones, no se tributa por la rentabilidad obtenida sino por todo el dinero rescatado, incluyendo el que se ha ido aportando a lo largo de los años; es decir, el dinero del propio autónomo también paga impuestos.

Además, no se considera rendimiento del capital, sino rendimiento del trabajo, con lo que tributa al tipo de cada contribuyente sin ningún tipo de reducción. Peor aún: si se rescata de golpe todo el plan de pensiones (en forma de capital), todo ese dinero se suma al resto de los ingresos del año -la pensión de la Seguridad Social y cualquier otro que se pueda tener- y hace saltar al contribuyente a un tramo superior en el IRPF.

Por ejemplo, un jubilado con una pensión de 25.000 euros anuales pagaría en 2023 un tipo máximo del 30%. Sin embargo, si a esto le sumamos otros 40.000 euros que tenía ahorrados en el plan de pensiones que ha rescatado, el tipo máximo subiría hasta el 45%.

Por eso, lo habitual es recuperar el plan en forma de renta, es decir, una pequeña cantidad cada mes para complementar la pensión. La tributación es la misma, como rendimiento del trabajo, pero el impacto fiscal es más progresivo y, normalmente, no se sube de tramo en el IRPF.

En conclusión, una desgravación anual de 5.750 euros es muy apetitosa a corto plazo para los autónomos, pero hay que contemplar todos estos aspectos antes de tomar la decisión de hacerse un plan de pensiones.

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