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Los taxistas de Mallorca confían en que el Constitucional avale los 30 minutos para contratar un Uber

Denuncian que las compañías de VTC incumplen de forma habitual este requisito

Las acusan de "no tener intención de respetar nada desde el minuto cero"

Taxistas Uber
Vehículos de Uber estacionados.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Los taxistas de Mallorca confían en que el Tribunal Constitucional (TC) avale los 30 minutos para contratar un Uber tras conocerse este jueves la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula esta obligación en relación al País Vasco, pero que también se aplica en varias comunidades autónomas como Baleares.

El presidente de la patronal del taxi en Pimem, Biel Moragues, ha recordado que el pronunciamiento del Supremo se ciñe, exclusivamente, a una normativa de rango reglamentario del País Vasco y en el caso de Baleares se elevó una consulta al Constitucional, ya que en las Islas este requisito está regulado legislativamente.

«Mientras no se pronuncie el Tribunal Constitucional aquí no cambia nada», ha declarado Moragues, que ha apuntado que por este mismo motivo el Parlament decidió por unanimidad no alterar los 30 minutos de precontratación exigidos en Baleares.

Moragues ha asegurado que, más allá de las consideraciones formales, cabe la posibilidad de que el Tribunal Constitucional tenga un criterio distinto al del Supremo. Por ello, ha defendido que no tendría sentido cambiar la normativa preventivamente en Baleares arriesgándose a que después el TC avalase el requisito.

Frente a las consideraciones del TS sobre una vulneración de la libertad de empresa por la exigencia de 30 minutos de precontratación a plataformas como Uber, Moragues ha sostenido que hay otros argumentos relativos a «la unidad de mercado».

Además, el presidente de los taxistas de Pimem ha subrayado que anteriormente el Supremo sí consideró que el servicio de VTC debe ser previamente contratado, a diferencia del taxi, pero sin entrar en el tiempo mínimo de antelación. «Si no se fija un plazo mínimo, ¿cómo se determina?», ha preguntado Moragues.

Igualmente, ha afirmado que «basta abrir la aplicación y pedir un Uber para ver que en dos minutos están ahí», asegurando que la plataforma incumple de forma habitual el requisito. Para la patronal del taxi, la operativa de «contrato anual» aplicando los 30 minutos sólo al primer servicio de cada usuario supone «un fraude». «Su intención desde el minuto cero ha sido no respetar nada», ha lamentado Moragues en declaraciones a Europa Press.

El Govern balear, por su parte, y en la misma línea que esta patronal del taxi entiende que la citada sentencia no supone «ninguna novedad» para Baleares, tal y como ha indicado la directora general de Movilidad, Lorena del Valle.

Desde el Ejecutivo han recordado que en el caso vasco se trataba de una norma de rango reglamentario y, en cambio, en Baleares tiene rango legal. Por ello el Supremo elevó al Constitucional la normativa balear, cuestión aún a la espera de resolución por lo que se mantendrán los 30 minutos mínimos de precontratación.

En este sentido, del Valle ha recordado asimismo que la nueva ley del taxi en Baleares, aprobada por el Parlament el pasado febrero, no introdujo cambios al respecto, manteniendo inalterado el requisito de la media hora.

Con todo, fuentes de la Conselleria han recalcado que el Govern ha ido advirtiendo, esta legislatura, de que sería necesario adaptar la normativa a la jurisprudencia de los tribunales.

El Tribunal Supremo considera que obligar a plataformas como Uber a precontratar con 30 minutos de antelación «constituye una limitación muy notable para el ejercicio de esta actividad empresarial, ya que el cliente busca la prestación este tipo de servicios en el plazo más breve y por el precio más ventajoso posible».

En este contexto, antes de la aprobación de la ley en el Parlament, el Govern se había llegado a plantear la posibilidad de suprimir este requisito, pero posteriormente se decantó por mantenerlo, mientras no haya una sentencia que expresamente le obligue a retirar este apartado, a la espera de la respuesta del Constitucional.

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