Ningún ascensor del Ayuntamiento de Palma pasa la revisión obligatoria desde hace dos años
El plazo para la inspección finalizaba en diciembre de 2020 y uno sigue en funcionamiento pese a estar prohibido su uso
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Ningún ascensor del Ayuntamiento de Palma pasa la revisión obligatoria desde hace dos años, pese a que los tres elevadores del edificio principal del Consistorio palmesano tenían que haberla pasado a finales de 2020. Sin embargo, continúan en funcionamiento ante la pasividad de la Conselleria de Industria del Govern balear que dirige Juan Pedro Yllanes (Podemos), cuyo departamento es el encargado de certificar el cumplimiento del plazo obligatorio.
Un periodo que la legislación vigente en materia de mantenimiento y seguridad deja claro para ascensores instalados en edificios de uso industrial y lugares de pública concurrencia, como es el caso del edificio central municipal de la plaza de Cort: cada dos años.
Este céntrico inmueble, además de albergar la sede de los diferentes grupos políticos municipales, el salón de plenos y el despacho del propio alcalde socialista José Hila, es visitado a diario por miles de palmesanos que utilizan estos ascensores para dirigirse a realizar toda clase de gestiones administrativas, dado que allí está la denominada Oficina de Atención Ciudadana.
Estos elevadores, de una capacidad de hasta ocho personas, están en constante uso a lo largo de toda la jornada matinal, por lo que al no haber pasado desde hace dos años la inspección reglamentaria, la posibilidad de una avería o accidente es máxima, dado que la falta de mantenimiento y revisión periódica como exige la normativa es evidente para todos aquellos que hacen uso de los mismos.
Se da, además, el caso es que uno de ellos, situado en el patio interior del edificio Consistorio, exhibe un cartel con la prohibición de uso, pero continúa a fecha de hoy en funcionamiento por parte del público que visitas las diferentes oficinas ubicadas en las tres plantas del Ayuntamiento.
Reglamentariamente es responsabilidad del titular solicitar a su debido tiempo la realización de la inspección periódica del ascensor para que no se supere el tiempo máximo que puede transcurrir entre dos inspecciones periódicas consecutivas.
La empresa conservadora de la instalación debe notificar con una antelación mínima de dos meses, la fecha en que corresponde realizarla.
Para ello, deberá solicitar la realización de la inspección periódica a cualquier organismo de control habilitado para actuar en el campo del Reglamento de aparatos de elevación y manutención (AE) y tener a su disposición el certificado de la última inspección.
A este panorama hay que sumar la dejadez de la Conselleria de Industria del Ejecutivo, que es el organismo de control que tiene la obligación de realizar auditorías periódicamente, para cerciorarse de que la empresa mantiene y aplica el sistema de gestión de calidad.
Además, por ley el organismo de control podrá efectuar visitas de inspección de improviso para comprobar, si es necesario, que el sistema de gestión de calidad funciona correctamente.
En el caso de los ascensores municipales de la plaza de Cort, la dejadez de la Conselleria de Industria es evidente, algo que no ocurre con los elevadores de fincas particulares, obligadas a cumplir escrupulosamente los plazos que marca la legislación vigente.