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Absueltos cuatro agentes de la Policía Local de Palma implicados en el amaño de unas oposiciones

El único condenado ha sido el exdirector general Enrique Calvo: nueve meses de inhabilitación

Una magistrada considera que todos los acusados deberían ser absueltos por falta de pruebas

Policía Local caso exámenes
Los acusados por el presunto amaño de exámenes en la Policía Local de Palma.
Indalecio Ribelles
  • Indalecio Ribelles
  • Redactor OKDIARIO en Baleares, información local de Palma, social y política en general. Antes, redactor en EL MUNDO/ Baleares durante 20 años.

Absueltos cuatro agentes de la Policía Local de Palma implicados en el amaño de unas oposiciones en el denominado caso Exámenes, en el que la Audiencia Provincial de Baleares ha condenado al ex director general de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Palma, Enrique Calvo, al pago de una multa y nueve meses de inhabilitación.

El caso, en el origen de la macro causa sobre la Policía Local, juzgaba un supuesto amaño de unas oposiciones de ascenso a oficial en 2012.
Según el fallo, quedan absueltos el ex intendente Antoni Vera; el ex comisario Rafael Estarellas y los agentes Tomás Mas y Sebastià Adrover, aspirantes a las oposiciones y señalados por la Fiscalía como supuestos beneficiarios de una filtración de preguntas.

Los dos mandos policiales han sido exculpados por falta de pruebas, y los agentes, por falta de encaje jurídico. En cambio, el Tribunal entiende que hay prueba suficiente para condenar a Enrique Calvo por un delito de revelación de secretos. Se le impone una multa de 13.500 euros y una inhabilitación de nueve meses para empleo o cargo público.

La sentencia considera acreditado que Calvo «envió las preguntas y respuestas del examen de las oposiciones», «aunque no pueda constatarse una implicación directa de éste en la obtención» de las mismas. Para el Tribunal, basta entender que las tenía por «razón de su función o cargo, lo que necesariamente concurre atendiendo a que era el director general de Seguridad, había participado en los trámites previos y no concurre explicación alternativa respecto a que hubiera podido acceder a ellas de manera independiente a la posición que ostentaba».

La tesis mayoritaria, considera que «se ha practicado prueba de contenido incriminatorio suficiente para considerar acreditado que las preguntas y respuestas del examen a que se refieren las acusaciones se filtraron por el acusado Calvo».

Las preguntas se enviaron desde un correo con dominio Gmail de Enrique Calvo al de un policía interino, Daniel Montesinos, que después las remitió a los dos aspirantes a las oposiciones. El agente interino levantó acta notarial haciendo constar ese envío y el documento acabó en poder de la Guardia Civil.

Hay que recordar que el pasado mes de febrero el fiscal Anticorrupción Juan Carrau retiró su acusación contra Daniel Montesinos, que quedó como testigo en la causa, porque se habrían vulnerado los derechos del agente durante la investigación, como había planteado una de las defensas.

El policía quedó así exculpado, puesto que no se ha mantenido ninguna acusación contra él. Las acusaciones particulares personadas no habían formalizado su propio escrito de conclusiones, con lo cual sólo podían adherirse a la acusación del fiscal. De este modo, tras iniciarse el juicio el policía abandonó la Sala junto a su abogado.

El agente, policía interino en aquel momento, se sitúa en el origen del caso que posteriormente desembocaría en la macro causa de corrupción de la Policía Local de Palma.

Uno de los principales argumentos de la defensa fue una vulnerabilidad informática en el Ayuntamiento de Palma que, según expusieron varios expertos, permitía suplantar correos electrónicos con facilidad. Con todo, el Tribunal constata que aquel error afectaba sólo al dominio @palma.es y no se ha demostrado que pueda trasladarse a un dominio externo, en este caso un correo entre dominios Gmail.

La sentencia también descarta la tesis de que otra persona accediera a su despacho y escribiera el correo desde su propia bandeja de Gmail, otra de las posibilidades planteadas por la defensa.

«Se ha dicho por algunos acusados y testigos que era posible acceder al despacho por su ubicación, sin embargo, otros han aludido a que siempre había un ordenanza en la antesala, y que el despacho de Calvo se encontraba contiguo a otros despachos, lo que hace difícil pensar que cualquiera accediera y encontrara la bandeja de correo abierta y escribiera un correo», razonan los magistrados.

El fallo contiene un voto particular, ya que una magistrada considera que todos los acusados deberían ser absueltos por falta de pruebas.

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