Andalucía: mascarilla obligatoria en deportes al aire libre y en hostelería mientas no se consume

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Un hombre sale a correr.

A partir de este viernes 13 de octubre será obligatorio el uso de mascarilla en la práctica deportiva al aire libre si no se puede garantizar la distancia de seguridad y en bares y restaurantes antes y después de consumir.

En el caso de la práctica físico-deportiva no federada, se determina que «el uso de mascarilla será obligatorio si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal».

Asimismo, se establece que «el uso de mascarilla será obligatorio para todas las personas en los establecimientos de hostelería y restauración en los que se sirvan a clientes productos para su consumo en el mismo, salvo en el momento de la ingestión».

Así lo dicta la Junta de Andalucía en una orden de la Consejería de Salud y Familias que modifica la orden de 14 de julio que regula el uso de mascarillas en Andalucía, que fue aprobada este jueves por el Consejo de Gobierno de la Junta para frenar el avance de los contagios de coronavirus Covid-19 en la comunidad tras la reunión del Consejo Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto y del Comité Director de Alertas presididas por el jefe del Ejecutivo andaluz, Juanma Moreno.

Competiciones oficiales y federadas

Por su parte, en las competiciones oficiales bajo tutela de federaciones deportivas española y que se desarrollen en la comunidad autónoma andaluza se aplicará el protocolo de actuación elaborado por el Consejo Superior de Deportes (CSD).

Para los organizadores de actividades y eventos deportivos de ocio y de competición que no sean oficiales federados de ámbito andaluz, nacional o internacional, estos últimos bajo la tutela organizativa de las federaciones deportivas españolas, la orden establece que «deberán utilizar los protocolos aprobados a las federaciones deportivas andaluzas, teniendo en consideración que será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal».

En el caso de que se trate de prácticas físico-deportivas no reconocidas como modalidades deportivas en Andalucía, la Junta dicta que «será obligatorio el uso de mascarilla si no se puede garantizar en todo momento la distancia de seguridad interpersonal, debiendo los organizadores contar con un protocolo específico de prevención del Covid-19, que podrá ser requerido en cualquier momento por la autoridad competente».

Régimen sancionador

La orden de la Consejería de Salud recuerda igualmente que «el incumplimiento de las medidas de prevención quedará sujeto al procedimiento de la actividad inspectora y al régimen sancionador establecidos en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en Andalucía ante el Covid-19».

En Andalucía es obligatorio el uso de la mascarilla desde el pasado 15 de julio, tanto en espacios abiertos como en espacios cerrados e independientemente de la distancia de seguridad interpersonal, con el fin de evitar una posible transmisión comunitaria no controlada. Al uso de la mascarilla como medida de prevención se suma el resto de medidas higiénico sanitarias: lavado continuado de manos y distancia interpersonal.

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