Dos verdades para desmontar la Ley de Nietos

Dos verdades para desmontar la Ley de Nietos
  • Pedro Corral
  • Escritor, investigador de la Guerra Civil y periodista. Ex asesor de asuntos culturales en el gabinete de presidencia durante la última legislatura de José María Aznar. Actual diputado en la Asamblea de Madrid. Escribo sobre política y cultura.

El meollo jurídico que se dirime en el Tribunal Supremo sobre la llamada Ley de Nietos es si una mera instrucción de una directora general puede modificar el sentido y la extensión de una ley aprobada por las Cortes.

En este caso se trata de la instrucción dictada por la directora general de Seguridad Jurídica (sic) y Fe Pública, Sofía Puente, hermana del actual ministro de Transportes, para extender el derecho de opción a la nacionalidad española a los hijos y nietos de los que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, para todos los cuales se presume la condición de exiliado político.

Pero más allá del debate jurídico, está también la debatible conexión de la Ley de Nietos con la verdad histórica porque Pedro Sánchez está decidido desde hace tiempo a sacar tajada política del pasado mediante la falsedad y la manipulación.

La llamada Ley de Nietos es el paroxismo de este gran circo de oportunistas que es el antifranquismo postmortem, con la intención de meter en el mismo puchero electoral como descendientes de exiliados a los hijos y nietos de quienes sufrieron realmente el exilio y de quienes emigraron por motivos económicos.

La cifra de exiliados por la Guerra Civil se elevaba al terminar la contienda a 450.000 personas, el 95% de ellas en Francia, según señala el diplomático e historiador Javier Rubio García-Mina en su detallado estudio de tres volúmenes La emigración de la Guerra Civil 1936-1939 (Editorial San Martín, 1977), que sigue siendo hoy una referencia de rigor y fiabilidad.
A finales de 1939 se había producido el retorno de 360.000 de estos refugiados, según este autor, que estima en 182.000 el número de exiliados permanentes a consecuencia de la Guerra Civil, de quienes descuenta otros 20.000 que regresaron a España entre 1940 y 1944.

La distribución de estos exiliados permanentes en la posguerra sería 140.000 en Francia, 19.000 en el norte de África, 9.000 en la URSS y otros países europeos, 8.000 en México y 6.000 en otras naciones iberoamericanos, especialmente Chile y República Dominicana, pero también Argentina, Venezuela y Cuba.

Estos números chocan escalofriantemente con los 2,6 millones de solicitudes para optar a la nacionalidad española en virtud de la Ley de Nietos, la mayoría de ellas presentadas en países del otro lado del Atlántico. Así, entre Argentina y Cuba, que apenas acogieron unos centenares de exiliados, las solicitudes suman más de 1,3 millones.

La extensión de la «presunción de exilio», según el término utilizado por Sofía Puente, a todos los que salieron de España entre 1936 y 1955 olvida dos importantes cuestiones históricas que desmontan la voluntad de manipulación de este repintado de brocha gorda sobre lo estipulado en la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

Aunque la norma establece claramente el derecho de opción como «medida reparadora de las personas que sufrieron el exilio», según rezaba el proyecto de ley enviado por el Gobierno a las Cortes y los informes de las ponencias emitidos por el Congreso y el Senado para su aprobación, Sánchez lo ha tergiversado con fines inquietantes. Pero la trampa choca de bruces con la realidad histórica, además de con la seguridad jurídica.

La primera cuestión es que, desde abril de 1945, el régimen de Franco fue posibilitando el retorno de los exiliados que «no hayan cometido crímenes». El triunfo de los aliados en la Segunda Guerra Mundial cambiará también en esto la política de la dictadura. Para ello ofrecía la posibilidad de que los expatriados pudieran consultar a través de los consulados si pesaba sobre ellos una acusación grave. Para favorecer el retorno de los exiliados sin delitos de sangre, ese mismo año 1945, el 9 de octubre, se decretó un indulto total de los supuestos delitos cometidos hasta el 1 de abril de 1939, final de la contienda.

El argumento de la dictadura era que 10 años después de comenzada la guerra ya habían sido excarcelados, por las disposiciones de libertad condicional y redención de penas por el trabajo, el 90% de los que habían sido condenados durante y después de la contienda, mientras que en el extranjero se encontraban «fugitivos muchos españoles incursos tal vez en menores responsabilidades que los presos ya liberados».

El regreso hasta entonces no eximía de la detención en la frontera, el procesamiento y la condena si había cargos contra el exiliado. A partir del decreto del 9 de octubre de 1945, y en caso de que se les instruyera proceso al llegar a España, quedarían en libertad provisional durante su tramitación, aplicándoseles el indulto total si recayera condena. Estas medidas fueron reiteradas y prorrogadas en 1947 y 1949, visto que los exiliados recelaron de ellas, incluso por su carácter humillante en muchos aspectos. Además, las consideraron un síntoma de debilidad del régimen de Franco, que creían a punto de caer por la presión de los vencedores de sus antiguos aliados Hitler y Mussolini.

Con todo, según Javier Rubio, el fracaso de las expectativas de un regreso triunfal con una República restaurada, sobre todo con la entrada de España en la ONU en 1955, y la evolución de la política franquista de repatriaciones haría que muchos exiliados reconsideraran su decisión respecto al retorno a su patria.

Otro cambio decisivo fue la circular del 23 de noviembre de 1954 del Ministerio de Asuntos Exteriores, que permitía a los “emigrados políticos”, como así los llamaba reconociendo su nacionalidad española, viajar temporalmente a España con un pasaporte expedido en el consulado para regresar después a su país de residencia. Finalmente, el decreto de 1969 que dictó la prescripción de responsabilidades por la Guerra Civil «liquida definitivamente el exilio desde un punto de vista jurídico», como señala Javier Rubio.

De ahí la tramposa pretensión de la instrucción del Gobierno de Sánchez de extender el exilio político para todos los que dejaron España hasta incluso 1978, después de la aprobación de la Constitución, cuando el propio régimen de Franco había empezado a posibilitar desde 1945 el retorno de los exiliados que habían salido del país en años anteriores a causa de la Guerra Civil.
La segunda cuestión histórica que desmonta el brochazo de Sofía Puente sobre la Ley de Memoria Democrática es que desde 1946 la dictadura franquista inició un giro para liberar de trabas la salida del país de la emigración económica. Este elemento posibilitó el reinicio de la emigración transoceánica, como apunta Salustiano del Campo en el primero de los tres volúmenes de La España de los años 70 (Editorial Moneda y Crédito, 1972), coordinado por él mismo junto con Manuel Fraga y Juan Velarde.

Según el estudio de este pionero de la sociología científica, la emigración económica a América se cifró en 315.091 personas entre 1946 y 1955, de acuerdo con los datos del Ministerio de Trabajo y el INE. En 1958, América empezará a ceder a Europa la condición de destino principal de la emigración española.

El origen mayoritario de la emigración a América entre 1946 y 1962 fue, como había sido siempre, de provincias periféricas como Galicia, con un 44,32%, y Canarias, con un 13,35%. También de las de máxima densidad demográfica, como Barcelona, Madrid, Bilbao o Valencia.

Es una gruesa manipulación del Gobierno de Pedro Sánchez identificar como exilio una emigración económica favorecida por el propio régimen de Franco desde 1946. Como también lo es hacer creer que el deseo de salir de la España de Franco por motivos políticos se concentrara con tal magnitud en gallegos y canarios, ocultando que eran los que históricamente nutrían la emigración a Ultramar. La mentira del Gobierno para considerar exiliados a todos los que se fueron de España bajo la dictadura esconde también la realidad de los retornos: entre 1946 y 1970 emigraron hacia América 877.125 personas, pero regresaron 399.550, según el estudio mencionado.

La instrucción de Sofía Puente que está examinando jurídicamente el Tribunal Supremo ha provocado, hay que insistir en ello, cerca de 2,6 millones de solicitudes de nacionalización, cuando los ascendientes afectados, españoles auténticamente exiliados por motivos políticos o ideológicos, no superarían los 160.000, sin descontar los que volvieron a España entre 1944 y 1955.
En definitiva, la Ley de Nietos es el paradigma de la «memoria democrática» porque pretende hacer «tabula rasa» de la verdad y complejidad del pasado para sacar provecho oportunista de esa «guerra interminable» de la que Sánchez, nieto de un legionario que combatió voluntario en las filas de Franco después de desertar de las republicanas, quiere hacernos responsables permanentes a todos los españoles que no la vivimos.

De esa responsabilidad ya nos descargaron los que habían vivido la Guerra Civil, tanto desde lo más íntimo y familiar como desde lo más institucional y político con el abrazo de la España de todos encarnado en la Constitución de 1978. Lo que nunca imaginaron nuestros predecesores es que alguien fuera a meter sus manazas en el antiguo dolor de todas las familias españolas para tratar de sacar tajada de él tan miserable como falazmente.

Lo último en Opinión

Últimas noticias