AYUNTAMIENTO DE MADRID

Aprobado el nuevo ‘Madrid Central’: éstos son los plazos para cerrar Madrid a los coches contaminantes

Mapa de restricciones a los coches sin etiqueta en Madrid. (Elaboración: OKDIARIO)
Mapa de restricciones a los coches sin etiqueta en Madrid. (Elaboración: OKDIARIO)

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado este lunes la Ordenanza de Movilidad Sostenible de Madrid (OMS) que sustituye, amplía y mejora el anulado Madrid Central de la ex alcaldesa de la capital, Manuela Carmena.

Tal y como prometió en campaña y después de que el Tribunal Supremo anulara la que fue la medida estrella de la antigua regidora madrileña, el alcalde José Luis Martínez Almeida ha terminado con Madrid Central y ha puesto en marcha una nueva ordenanza para la que, curiosamente, ha contado con el apoyo del recién estrenado Grupo Mixto, formado por los cuatro concejales escindidos de Más Madrid y que formaron parte del núcleo duro del Gobierno de Carmena.

Así, con los votos a favor del Grupo Municipal del Partido Popular, de Ciudadanos y del Grupo Mixto (Recupera Madrid) la nueva Ordenanza de Movilidad ha salido adelante en un Pleno Extraordinario celebrado este lunes.

Se trata de un documento de cerca de 250 puntos que, según Almeida, sitúan a Madrid «a la vanguardia de la sostenibilidad y la lucha contra el cambio climático».

Plazos para los contaminantes

Entre las principales novedades que incluye la ordenanza se encuentra el calendario de restricciones a los automóviles más contaminantes. De esta forma, a partir del 1 de enero de 2022 queda prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30, a los vehículos de no residentes, es decir, aquellos que no estén dados de alta en el padrón del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento.

A partir del 1 de enero de 2023 queda prohibido para los coches no residentes su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30. Por último, desde el 2024 ya no podrán acceder y circular por todas las vías interiores a la M-40. Así, la capital pasará a tener la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) más grande de Europa con los 604 kilómetros cuadrados.

Un año después, es decir, a partir del primero de enero de 2025, todos los vehículos ‘A’ de Madrid, es decir, los que no tienen derecho a etiqueta de emisiones (vehículos gasolina matriculados antes del 2000 y diésel antes del 2006), incluyendo los de residentes, no podrán circular en todo el término municipal.

Zonas especiales

Además, Centro (lo que antes era Madrid Central) y Plaza Elíptica, serán Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección con medidas adicionales. Se trata de restricciones especiales de circulación, velocidad, creación de zonas peatonales, etc. Las necesidades de mejora medioambiental en estos puntos son más acentuadas, señala el Consistorio.

Otra de las novedades de la ordenanza es la incorporación de un artículo que prevé que nuevos barrios de la capital, si existe demanda vecinal, pasen a tener Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), es decir, zona azul y zona verde de aparcamiento. En concreto, se contempla esta ampliación a veinte nuevos barrios de manera parcial o total, por lo que los barrios con SER podrían pasar de los 49 actuales a 69 si así lo exige la demanda vecinal.

Las zonas que se incorporarían de manera parcial serían: Peñagrande (Fuencarral-El Pardo); Valdezarza (Moncloa-Aravaca); Los Cármenes y Puerta del Ángel (Latina); Puerta del Ángel (Latina); Opañel, San Isidro (Carabanchel); Zofío y Pradolongo (Usera); Ventas, Pueblo Nuevo, Quintana, Concepción, San Pascual, San Juan Bautista, Colina, Atalaya y Costillares (Ciudad Lineal). El SER se implantaría por completo en los barrios de Comillas (Carabanchel); Almendrales y Moscardó (Usera).

Por otra parte, en el nuevo ‘Madrid Central’ se crean las reservas de carga y descarga de mercancías para reducir las emisiones debidas a la logística de recogida y entrega y fomentar el uso de las tecnologías menos contaminantes en el ámbito de la distribución urbana de mercancías.

Además, la ordenanza se suma a los nuevos límites de velocidad aprobados por la DGT para zonas urbanas. En las calles de un carril por sentido o solo un carril, la velocidad máxima permitida será de 30 kilómetros por hora. En las calles de plataforma única o de coexistencia (aquellas con aceras y calzada al mismo nivel) no se podrá superar la velocidad máxima de 20 kilómetros por hora.

Respecto a bicicletas, patinetes y otros VMP, Almeida obligará a menores de 18 años a llevar casco homologado o certificado. Asimismo, los riders que desarrollan actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personas al uso del casco homologado, indistintamente de su edad.

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