El fiscal declara nulas por «ilegales» 14 escuchas telefónicas hechas por Martín Blas a Villarejo
Muchas de las intervenciones de las comunicaciones efectuadas durante la investigación del caso del ‘pequeño Nicolás’ por el comisario Marcelino Martín Blas fueron «injustificadas» y «no motivadas».
OKDIARIO ha tenido acceso al escrito remitido por el fiscal Alfonso San Román a mediados de diciembre al titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Madrid, Arturo Zamarriego, que autorizó las escuchas telefónicas en la causa, tras solicitarlas Martín Blas.
Concretamente, el representante del Ministerio Público declara «nulas» 14 intervenciones telefónicas practicadas al comisario José Villarejo, investigado en el caso y su entorno familiar y empresarial. La nulidad afecta a líneas telefónicas pertenecientes al propio Villarejo, su esposa, su hijo, así como a diferentes sociedades vinculadas con el comisario.
Estas escuchas solicitadas por Martín Blas y autorizadas por el juez Zamarriego se realizaron en el marco de la pieza II, donde se investiga la grabación y difusión en los medios de comunicación de una reunión secreta mantenida en la sede de Asuntos Internos de la policía el 20 de octubre de 2014.
En dicho encuentro, el propio Martín Blas, dos agentes del CNI y otros dos agentes de la policía nacional habrían hablado del «lavado de pruebas», presuntamente falsas, para incriminar a Francisco Nicolás.
El fiscal denuncia en su escrito que «se investigaron las comunicaciones de más de 30 líneas telefónicas, en el marco de una pieza secreta, sin recabar el informe del Ministerio Público» y que «las peticiones policiales del comisario Martín Blas y el inspector Rubén López», que integran la Comisión Judicial de la Policía, «fueron admitidas en su totalidad a un ritmo acelerado» por el juez Zamarriego.
San Román destaca que «ninguno de los autos de intervención de comunicaciones tiene una motivación individualizada» y que la Comisión Judicial que encabeza Martín Blas «no menciona, ni justifica las razones» y por tanto, la autorización judicial «es nula por falta total de motivación».
«No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos fundamentales», aclara el representante de la Fiscalía.
Alfonso San Román también hace referencia a los «defectos» de forma en la intervención de comunicaciones a otros altos mandos policiales, así como a los periodistas Eduardo Inda y Esteban Urreiztieta. No obstante, estos defectos no son suficientes, según el fiscal, para declara nulas sus intervenciones telefónicas.
El escrito también pone de manifiesto que la Fiscalía considera que la investigación llevada a cabo ha tenido «carácter prospectivo». «La investigación es rechazable desde el punto de vista de la injerencia en los derechos fundamentales. Pretende analizar y traer a la causa cuestiones de naturaleza global y desconectadas del propósito de la investigación», concluye.
Martín Blas «carece de imparcialidad»
El fiscal del caso del ‘pequeño Nicolás’ vuelve a referirse a la necesidad de apartar de la investigación al comisario Marcelino Martín Blas y el inspector Rubén López: «Ambos carecen objetivamente de la necesaria y deseable imparcialidad, pues investigan un delito las mismas personas que resultan ser las víctimas del propio delito investigado».
Por último, Alfonso San Román hace referencia a la teoría de Martín Blas sobre la grabación remota del encuentro con el CNI a través de su teléfono móvil. Sobre este hecho, aclara que «la pericia informática realizada sobre el contenido del teléfono móvil del citado comisario ha descartado la existencia de rastros de aplicaciones dañinas, lo que sólo puede obedecer a la alternativa de que la grabación se hiciera a través del teléfono del comisario, con el borrado posterior de todo vestigio, o de que se hiciera de otra forma».