Los secretarios e interventores se plantan ante el referéndum ilegal
El Consejo de Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local de Cataluña (Csital) reitera su fidelidad a la Constitución ante el referéndum ilegal, previsto para el próximo 1 de octubre.
La Junta General del Consejo se ha reunido en las últimas horas para reafirmar el compromiso ya expresado el pasado julio, cuando, en un comunicado, subrayaron que la actuación de los secretarios, interventores y tesoreros municipales se rige por la «defensa de los valores democráticos, de legalidad, de lealtad y de neutralidad e imparcialidad política».
Los secretarios e interventores se reafirman así «en el contenido íntegro del comunicado aprobado por unanimidad por la Junta General el 10 de julio sobre la celebración de un referéndum el próximo 1 de octubre, y, en cumplimiento de esos compromisos, respeta las recientes providencias del Tribunal Constitucional».
En el texto, suscrito en julio, se apela a un apartado de su Código ético en el que se indica que el funcionariado de la administración local con habilitación de carácter estatal debe actuar «de acuerdo con las leyes, los reglamentos y las normas e instrucciones que sean aplicables al cumplimiento de sus deberes».
«En cualquier caso, -el funcionariado- debe permanecer siempre fiel al espíritu y al texto de la Constitución española, a la normativa autonómica y europea, y a los principios de conducta» establecidos en el Código ético de la organización, se destaca.
Entonces, los secretarios e interventores mostraron también su malestar por el «protagonismo» que se les está dando de cara al referéndum y recordaron que los empleados tienen un fuerte compromiso con el correcto funcionamiento de los gobiernos locales, al margen de ideologías.
Estos empleados públicos se encuentran entre los colectivos más vulnerables de cara al 1 de octubre, y son objeto de presión por parte del Gobierno independentista.
A la carta que la pasada semana remitió el propio presidente catalán, Carles Puigdemont, a los ayuntamientos en la que se les informaba de que «la administración contará con los locales que se utilizan habitualmente en su municipio como centros de votación y que fueron utilizados en las elecciones del Parlamento de Cataluña de 2015», se añaden las charlas que asociaciones independentistas, como la Asamblea Nacional Catalana (ANC), están llevando a cabo entre el colectivo de funcionarios para convencerlos de que colaborar en la organización del referéndum no implicará sanciones.
Entre los informes que manejan los independentistas figura precisamente uno encargado por la Asociación de Municipios por la Independencia (AMI), en el que se descarta la «posible comisión de delito» por parte de las autoridades locales si «posibilitan la celebración del referéndum», vulnerando la suspensión del Tribunal Constitucional.
En el informe se afirma que se trata de una cuestión compleja «que parte de una situación extraordinaria», una vez aprobada la Ley del Referéndum y que ese hecho requiere «de un análisis profundo de las fuentes en las que se inspira la ley, de sus consecuencias, de los argumentos a favor y en contra de su vigencia, que debe ser hecha con amplitud de miras».
Sin argumentos jurídicos, los autores del informe se limitan a asegurar, en una serie de conjeturas, que «analizados los elementos básicos del delito de prevaricación, se hace muy difícil pensar que las autoridades o el personal de ninguna administración pública catalana relacionados directamente o indirectamente con la celebración del referéndum de autodeterminación pueda entenderse incluido en el tipo penal». Los autores del informe creen que el personal de la administración actuará en función de una ley dictada por el Parlamento catalán y la responsabilidad, por tanto, recaerá sobre los altos cargos del Gobierno catalán y de la Cámara.
A su juicio, esto significa que «el personal de las administraciones públicas de Cataluña no puede actuar al margen de sus instituciones ni de sus unidades orgánicas, ni tampoco puede decidir por voluntad unilateral no aplicar la normativa del Estado español (puesto que en este caso se entraría en los elementos propios del tipo de prevaricación)», y en consecuencia, deducen, eso les exime de responsabilidad.
El análisis es, en cambio, tergiversado en función de los intereses de los independentistas ya que, de acuerdo a las propias sentencias del Tribunal Constitucional en la condena a la cúpula de Artur Mas por el 9-N se destaca que el «delito de desobediencia» implica a «autoridad o funcionario público, precedentemente definido».
Además, el artículo 410 del Código Penal establece que «las autoridades o funcionarios públicos que se negaren abiertamente a dar el debido cumplimiento a resoluciones judiciales, decisiones u órdenes de la autoridad superior dictadas dentro del ámbito de su respectiva competencia y revestidas de las formalidades legales, incurrirán en la pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años».
A diferencia de lo que ocurrió en el 9-N, Moncloa ha advertido de que, esta vez, las posibles sanciones no se reducirán a altos cargos implicados, sino que pueden ampliarse a todos aquellos que colaboren con la organización, y ello implica también a los trabajadores públicos.