Tras las presiones de varios artistas cercanos al PSOE

Sánchez cambiará la ley para que delincuentes como Hasél no vayan la cárcel por enaltecer a ETA

El Gobierno quiere que los "excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales" permanezcan al margen del código penal

Pablo Hasél
El rapero Pablo Hasél en una imagen de archivo.
Joan Guirado

El Gobierno despenalizará el enaltecimiento del terrorismo y los delitos de odio si, quien los comete, son artistas. Es la respuesta del Ejecutivo de Pedro Sánchez a las múltiples presiones recibidas en las últimas semanas, con manifestaciones incluidas en Barcelona y Madrid, desde que el 28 de enero un juez diera diez días al rapero Pablo Hasel para entrar en prisión. El cambio en el código penal, a propuesta del ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, llega precisamente pocas horas después de que varios artistas, cercanos al PSOE, pidieran abiertamente al Ejecutivo que evitase su entrada el cumplimiento del auto.

El leridano, que debe cumplir una pena de nueve meses de cárcel, está condenado por enaltecimiento del terrorismo, e injurias y calumnias a la monarquía y a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, por difundir mensajes atentatorios en redes sociales. El Tribunal Supremo, que confirmó la condena aunque la rebajó, entendió que sus manifestaciones no podían ampararse dentro de la libertad de expresión. Su entrada en el centro penitenciario se debería hacer en cuestión de días, según el auto que dictó el magistrado. Cabe recordar que el último artista en una situación similar, Josep Miquel Arenas, alias Valtonyc, se fugó a Bélgica en 2018, horas antes de que expirase el plazo de entrada en el correctivo.

La reforma que ahora propone el Ministerio de Justicia y que está avalada por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, respecto a estos delitos, mientras paralelamente estudia la modificación también de los delitos de sedición y rebelión para contentar a los independentistas, incluirá que estos «excesos» en «el ejercicio de la libertad de expresión» no sean penados con cárcel y «sólo se castiguen conductas que supongan claramente la creación de un riesgo para el orden público o la provocación de algún tipo de conducta violenta, con penas disuasorias, pero no privativas de libertad».

En concreto, según informan a OKDIARIO fuentes del Ejecutivo,
en la propuesta del departamento que dirige Campo y que deberá ser convalidada por el Consejo de Ministros, se contemplará que «aquellos excesos verbales que se cometieran en el contexto de manifestaciones artísticas, culturales o intelectuales» permanezcan «al margen del castigo penal». Un cambio que venían reclamando también desde Podemos, socio de la coalición de Gobierno, con varios de sus dirigentes condenados por delitos similares.

Con la mirada puesta en los posibles recursos a instancias superiores, el Ministerio de Justicia, señala que «el derecho penal ni es la herramienta más útil, ni es necesaria, ni es desde luego proporcionada para responder a comportamientos que, aun pudiendo rozar la ilicitud, su castigo penal supondría un desaliento para la libertad de expresión, tal y como han declarado el Tribunal Constitucional, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la Unión europea y la mayor parte de la doctrina española».

La reforma que plantea Moncloa afecta no solo a los cantantes que últimamente han sido condenados como Pablo Hasel o Valtonyc, también a aquellos que mantienen en sus canciones un discurso de odio contra, por ejemplo, los inmigrantes o gente de una ideología diferente. Fuentes del Ministerio Fiscal, consultadas por OKDIARIO, apuntan que los “excesos en el ejercicio de la libertad de expresión” no es un delito dentro del Código Penal, por lo que habría que modificar el resto de delitos.

Desde el Ministerio Público dicen que habría que modificar delitos como el enaltecimiento del terrorismo, los delitos de odio, los delitos contra la Corona, las amenazas o las injurias y las calumnias. Dicho esto, las mismas fuentes, también aseveran que “podría existir una contradicción entre la agravación específica de algunos de estos delitos por su difusión pública, y el hecho de que sea una canción, una obra de teatro o un video de un youtuber”.

Apostillan además, desde el organismo que dirige Dolores Delgado, que “la libertad de expresión, como cualquier otro derecho, tiene sus límites y está en los derechos de los demás. Ha de protegerse, pero no es una patente de corso para cualquier cosa”, y recuerdan la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre la quema de la bandera.

Delito de Odio

Pero esta reforma no solo afecta a los cantantes cercanos al Gobierno de Sánchez y por los que este lunes han recibido presiones. Sentencias como la de la Audiencia Provincial de Barcelona a dos grupos de Rock neonazi, ‘Batallón de castigo’ y ‘Más que palabras’, quedarían en nada con la nueva reforma que plantea el ministro de Justicia. Los cantantes de ambos grupos, así como dos personas relacionadas con los sellos discográficos que vendían los discos, fueron condenados por un delito de provocación a la discriminación, al odio y a la violencia.

Las canciones de este grupo contenían frases como: “es difícil llegar a fin de mes porque por cuatro duros lo hace un camerunés” o “sangre y fuego os merecéis, putos demócratas de mierda, no nos vamos a detener, os declararemos la guerra, vuestros cuerpos penderán de árboles, vuestros hijos morirán antes de que puedan nacer, en los campos os pudriréis, hijos de puta, mientras España empieza a amanecer. Mierda, democracia, mierda, mierda”. Expresiones, todas ellas, que con la nueva ley de Pedro Sánchez en la mano quedarían fuera de las penas de prisión y tan solo acarrearían una multa para quien las profiere.

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